Coalición Guerrero Nos Une violó la ley
02/03/2011 2 comentarios
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, determinó que la Coalición Guerrero Nos Une, si realizó actos anticipados de campaña, al colocar 2 espectaculares, para posicionar a la coalición integrada por el PRD, PT, Convergencia y a su candidato a gobernador Ángel Heladio Aguirre Rivero,
En ellos se leía, en Guerrero La Coalición Nos Une, lo que se consideró ilegal, motivo por el cual se ordenó a la autoridad electoral de la entidad imponer la sanción correspondiente, en un plazo de 3 días.
“En donde precisamente se está posicionando a la Coalición Guerrero Nos Une, en el proceso electoral para renovar al gobernador de esa entidad federativa”, María del Carmen Alanis Figueroa, Mgda, Presidenta Sala Superior TEPJF.
“El mensaje central de la propaganda es una coalición, y por definición, las coaliciones tienen fines electorales, entonces no es realmente un acto de propaganda de una campaña de afiliación, porque finalmente se afilia uno a un partido no a una coalición”, Manuel González Oropeza, Mgdo, Sala Superior TEPJF.
En 2 denuncias más, confirmaron el fallo de la autoridad electoral local, que consideró improcedente sancionar a la misma coalición por aparentes actos anticipados de campaña; además, confirmaron la decisión de dicha autoridad de no realizar un nuevo recuento parcial de votos de la elección de gobernador en guerrero.
En Guerrero el nuevo gobernador debe asumir el cargo el próximo primero de abril.
Por otro lado, la Sala Superior, confirmó que la autoridad electoral del estado de México designó con estricto apegó a la ley a los 135 vocales de las juntas distritales que se encargarán de organizar y supervisar las elecciones para gobernador del próximo 3 de julio, proceso que fue impugnado por diversos ciudadanos y el Partido del Trabajo.
“De las fichas técnicas de los vocales designados, fundamentalmente de esos 35 que se impugnan se desprende o se advierte, que los ciudadanos desempeñaron algún cargo vinculado con el ejercicio de la función electoral, tanto en el instituto electoral de aquella entidad federativa como en el Instituto Federal Electoral”, Pedro Esteban Penagos López, Mgdo, Sala Superior TEPJF.
En contraste, le ordenaron a dicha autoridad, dar respuesta en un plazo de 3 días a la petición del PAN, sobre los monitorios de los contenidos de los noticieros en medios electrónicos y editoriales en medios impresos previo al inicio de las precampañas y campañas en esa entidad.
En esta sesión el Tribunal Electoral resolvió 21 medios de impugnación, destacando los recursos en los que se confirmó las amonestaciones que impuso el IFE a quienes fueran aspirantes a gobernador de Oaxaca, Gabino Cue y Eviel Pérez Magaña, así como a diversas televisoras por difundir propaganda electoral, distinta a la autorizada por el IFE.
José Luis Guerra García