El TEPJF confirmó los acuerdos del IFE
27/04/2011 Deja un comentario
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, confirmó los acuerdos del IFE, mediante los cuales se aprobaron: El catálogo de medios y las pautas para la difusión de los mensajes de los partidos políticos, en el proceso para renovar gobernador en el Estado de México, cuyas campañas iniciarán el 16 de mayo.
El catálogo incluye 24 medios electrónicos, cuya señal se origina en el Distrito Federal, pero tienen cobertura en 59 municipios conurbados, en los que se concentran el 75.22 por ciento de los ciudadanos inscritos en el listado nominal; medios que a partir del inicio de las campañas, también tendrán que suspender la difusión de la propaganda gubernamental estatal y federal.
Los acuerdos fueron impugnados por los canales 40 y 28, radio fórmula, radio centro, imagen y televisa radio, entre otros, pero sus argumentos fueron declarados infundados.
“Se confirma el acuerdo emitido por el comité de radio y televisión del IFE por el que se aprueba el catálogo de estaciones de radio y canales de televisión para el proceso estatal ordinario 2011 en acatamiento a la sentencia dictada por esta Sala Superior en el recurso de apelación 37 de este año y sus acumulados”, María del Carmen Alanis Figueroa, Mgda Presidenta Sala Superior TEPJF.
Sin embargo, si revocaron el acuerdo relativo a las pautas para difundir los mensajes de las autoridades electorales, pues no fue aprobado por la comisión de prerrogativas y la junta general ejecutiva del IFE, sino por el comité de radio y televisión, misma que carece de facultades para ello.
“Y en términos de esta sentencia emita los acuerdos relativos a las pautas específicas para la transmisión de los mensajes de las autoridades electorales para las estaciones de radio y canales de televisión que deberán cubrir el procedimiento electoral ordinario que se lleva a cabo en el estado de México cuya señal se origina en una entidad federativa distinta a ese estado”, María del Carmen Alanis Figueroa, Mgda Presidenta Sala Superior TEPJF.
La Sala Superior también declaró inconstitucional el artículo 78 de la Ley Orgánica del Congreso de Querétaro y revocó el nombramiento de Alfredo Flores Ríos como consejero electoral en esa entidad.
“Las abstenciones se suman a la mayoría, este precepto legal se aplicó pues al caso concreto, para designar a Alfredo Flores Ríos, como consejero electoral propietario, considero que le asiste la razón al actor en tanto que dicho precepto evidentemente contraviene los artículos 16, 4i y 116, fracción cuarta inciso B de nuestra carta magna que establecen los principios de certeza y legalidad”, Pedro Esteban Penagos López, Mgdo Sala Superior TEPJF.
En esta sesión el Tribunal Electoral resolvió 21 medios de impugnación.
José Luis Guerra García