Acuerda el Pleno de la SCJN analizar en conjunto interconexión y tarifas de telecomunicaciones

Los ministros determinaran si procede la suspensión en contra de las tarifas que establece la Comisión Federal de Telecomunicaciones cuando los concesionarios no se ponen de acuerdo.

Antes de iniciar el análisis de este asunto, dos ministros consultaron al Pleno sobre la posibilidad de estar impedidos legalmente para participar en la resolución de esta Contradicción de Tesis.

La Ministra Margarita Luna Ramos se refirió a las versiones periodísticas sobre su compadrazgo con un abogado de TELMEX.

“En primer lugar, porque efectivamente, el licenciado Javier Mondragón  Alarcón es mi compadre, lo reconozco públicamente”.

Por unanimidad el Pleno determinó que no existe impedimento legal para que la Ministra conozca de este asunto.

El Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea también planteo un impedimento.

“Fui abogado en uno de los juicios de amparo que derivaron precisamente esta Contradicción de Tesis”.

En este caso hubo distintas opiniones en el Pleno.

“Los criterios que establecen las Contradicciones de Tesis no se aplicables para los asuntos en que se generó el diferendo, sino son criterios generales orientadores de próximas decisiones”, Ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia.

No es que se está poniendo en duda su imparcialidad, sino que está salvaguardando la honorabilidad de este Tribunal”, Ministro Fernando Franco González Salas.

Al final por mayoría de ocho votos a favor y dos en contra, el Pleno consideró que el Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea está impedido legalmente.

Sin uno de los once ministros, inició el análisis de un tema que  tiene tres resoluciones con distintos antecedentes.

Una se dio en sede administrativa, otra la emitió la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y una más un juez de distrito.

En estos casos los concesionarios no se pusieron de acuerdo sobre la tarifa que por la interconexión de redes de telecomunicaciones, y fue la COFETEL quien fijo los precios.

En su Proyecto de Dictamen, el Ministro Fernando Franco González Salas, señaló que la contradicción de criterios  en los tribunales colegiados que revisaron estos juicios, toca dos temas:

La interconexión y las tarifas.

Sin embargo, algunos ministros objetaron este argumento.

“No existe un punto de contradicción en relación con interconexión sino solamente con  el punto del establecimiento de las tarifas y su posible suspensión en cualquier procedimiento”, Ministro Luis María Aguilar Morales.

“Con todo respeto consideró que no se puede hacer distinción entre interconexión y tarifas para analizar los efectos de la suspensión”, Ministro Sergio Valls Hernández.

“Tema de la contradicción de tesis se centre exclusivamente en el aspecto de las tarifas, porque finalmente en el aspecto de la interconexión no hay este diferendo en los criterios de los tribunales Colegiados”, Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.

“A mí me parece que me va a costar mucho trabajo diferenciar interconexión de tarifas como si fueran dos mundos separados”, Ministro José Ramón Cossío Díaz.

“Es importante que la Corte se pronuncie sobre ambos temas para dar certeza jurídica”, Ministra Olga Sánchez Cordero.

“Lo que la COFETEL determina es, sí se conectan y se conectan con esta tarifa y entonces dicen, si no estoy de acuerdo  te pido la suspensión, precisamente porque me estas obligando a pagar una tarifa con la que no estoy de acuerdo y no me puedes obligar a conectarme, por esa razón se pide también la suspensión contra la interconexión”, Ministra Margarita Luna Ramos.

“Estoy de acuerdo con lo que dice el señor Ministro Aguilar Morales a este respecto, para mí sólo existe un punto en contradicción”, Ministro Sergio Aguirre Anguiano.

Al final por mayoría de seis votos a favor y cuatro en contra, el Pleno decidió que analizará en conjunto los temas de interconexión y de tarifas y emitirá una sola tesis jurisprudencial.

“Es un tema de contradicción, con dos problemas, en dos resoluciones de la misma decisión pero conectados con el tema de la procedencia o no de la suspensión”, Ministro Presidente Juan Silva Meza.

Superado este punto, el Pleno entró al tema de fondo.

El Ministro Franco González Salas propuso declarar procedente la suspensión solo cuando se trate de determinar las tarifas.

“Porque no se está privando directamente a la colectividad de un beneficio que le de la Ley, ni le causa un perjuicio, dado que la interconexión se mantiene y en última instancia la tarifa que paga el usuario la fija el prestador de servicio”.

Algunos ministros se pronunciaron en contra de este argumento.

“Se estaría impidiendo al Estado ejercer sus facultades rectoras en la materia teniendo en mira velar por el interés colectivo”, Ministro Luis María Aguilar Morales.

El análisis de esta contradicción de tesis entre tribunales colegiados continuará en la sesión de este martes.

Verónica González

Acerca de canaljudicial
Canal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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