Los parques nacionales están bajo la jurisdicción del Gobierno Federal

Tras anular el acuerdo que incorporaba el Parque Nacional de Tulum y la Zona Arqueológica al programa de desarrollo urbano municipal, la Suprema Corte fijó los alcances de su sentencia.

“Será la Federación la que deba determinar qué sucederá con tales construcciones y asentamientos pudiendo coordinarse con los Estados y Municipios”, Ministro Sergio Valls Hernández.

Y es que los municipios de solidaridad y Tulum, ambos de Quintana Roo, autorizaron la construcción de hoteles en esta zona, sin tener atribuciones para ello.

Por unanimidad la Corte determinó que invadieron competencias del Gobierno Federal y por lo tanto anuló este acto.

Algunos ministros consideraron que los tres niveles de gobierno se deben coordinar para resolver la situación de los 180 registros catastrales que ya existen en esta zona.

“Lo que subyace a esta decisión es precisamente la preservación de la riqueza del patrimonio cultural, no solo de México sino del Mundo, entonces si viene a cuento establecer por parte de la Corte que el ejercicio de estas atribuciones se tiene que dar con vistas a la conservación de este patrimonio”, Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

Sin embargo uno de los ministros señaló que no sólo se trata de coordinarse, sino que la federación debe ejercer sus atribuciones con el fin de regularizar la situación jurídica de los propietarios de los hoteles.

En el Pleno hubo diversas opiniones.

“Eso para mí no es el tema central de la Controversia”, Ministra Olga Sánchez Cordero.

“Yo creo que la Corte no tiene que dar instrucciones, ni ordenar absolutamente nada que no esté relacionado con la litis que se planteo”, Ministra Margarita Luna Ramos.

“Si nos quedamos con la litis con la simple expulsión estaremos dejando todo preparado para una nueva controversia”, Ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia.

“Hay que expresar que existe una obligación en este caso de ejercer rígidamente las facultades para establecer las limitaciones que protejan esta zona”, Ministro Fernando Franco González Salas.

“Nos estamos metiendo en algo que no le corresponde a esta resolución, lo que corresponde a estas resolución es que la inclusión del Parque Nacional es indebida y por lo tanto inconstitucional”, Ministro Luis María Aguilar Morales.

“Yo creo que se deben contener estas precisiones de alcances y efectos y en ese sentido yo votaré en contra”, Ministro Sergio Aguirre Anguiano.

“No hay mayor efecto que el connatural que es la exclusión del programa que fue la litis de la Controversia Constitucional”, Ministro Presidente Juan Silva Meza.

Al final por mayoría de nueve votos a favor y dos en contra, el Pleno llegó a la siguiente conclusión.

“Lo que estamos diciendo es  vinieron por un problema de competencia, te estoy contestando que competencialmente a ti te toca… Un liderazgo jurídico para que tu hagas y no simplemente se sienten a ver cuando se les ocurre coordinarse”, Ministro José Ramón Cossío Díaz.

“Y desde luego tendrá la prioridad y el mando de las acciones que daban tomarse para regularizar toda esa zona”, Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.

Así, luego de tres sesiones de análisis y debate se resolvió esta controversia constitucional promovida por el Presidente de la República en contra de dos municipios de Quintana Roo.

 Verónica González

Acerca de canaljudicial
Canal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Imagen de Twitter

Estás comentando usando tu cuenta de Twitter. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s

A %d blogueros les gusta esto: