En el Pleno de la Suprema Corte continúan a debate los alcances de la sentencia del caso Radilla.
En el 2009 la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al estado mexicano por la desaparición del activista, durante la llamada guerra sucia.
El Pleno de Ministros ya determinó que las sentencias del tribunal internacional son obligatorias para el estado mexicano, y su contenido no puede ser revisado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
La sentencia del caso Radilla señala que todos los jueces mexicanos deben privilegiar la aplicación de tratados internacionales.
Algunos ministros consideran que esto no es posible porque los jueces locales no tienen facultades para anular normas que violen derechos fundamentales.
“Mi pregunta es un juez ordinario va a decir: Dejo de cumplir esta sentencia porque mi opinión es contraria a la Constitución, nada más piensen como desquiciaríamos el sistema jurídico, en el momento en que un juez nos diga eso”, Ministra Margarita Luna Ramos.
Desde otra óptica se dijo que abrir el control sobre la aplicación de tratados internacionales a jueces locales sería positivo.
“Acercamos a los jueces de toda la República a la interpretación directa de la Constitución en sus propias resoluciones”, Ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia.
“Otra manera, seguiremos obligando a los jueces a aplicar normas generales en ocasiones abierta y groseramente inconstitucionales con la esperanza de que al fin y al cabo ya llegarán al Poder Judicial”, Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
A través de este asunto, el Pleno de Ministros también determinará cuáles son las obligaciones para Poder Judicial Federal en el caso Rosendo Radilla.
La Corte Interamericana ordenó que los jueces reciban capacitación en materia de tratados internacionales y desaparición forzada de personas.
Algunos ministros consideran que de esta sentencia se derivan otras obligaciones relacionadas con los juicios a militares que comenten delitos contra civiles.
En el Pleno hay diversas opiniones.
“Garantizar que la averiguación previa que se encuentra abierta, se mantenga bajo conocimiento de la jurisdicción ordinaria y bajo ninguna circunstancia en el fuero de guerra”, Ministro José Ramón Cossío Díaz.
“Yo por el contrario creo –y perdón por el coloquialismo, lo hago con todo respeto– que no debemos de ser más papistas que el Papa”, Ministro Sergio Aguirre Anguiano.
“No debe limitarse la obligatoriedad de los criterios interpretativos emitidos por la Corte Interamericana a los casos contenciosos en los que el Estado Mexicano sea parte sino que debe extenderse a todos aquéllos de que conozca, independiente de que nuestro país sea parte o no”, Ministro Sergio Valls Hernández.
“Toda obligación que no esté dirigida a la legal y justa reparación de las violaciones a los derechos de don Rosendo Radilla es contraria, por excesiva a lo dispuesto por el propio Pacto de San José”, Ministro Luis María Aguilar Morales.
En la sesión del Próximo lunes continuará el análisis de este asunto, también estará a debate una posible restricción al fuero militar.
Verónica González