La SCJN resolvió juicios en los que se impugnó la Ley Antitabaco
20/07/2011 Deja un comentario
La salud de los no fumadores y la libertad de comercio de los dueños de restaurantes y hoteles de la Ciudad de México estuvieron a debate en la Suprema Corte.
En el 2008 la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó la llamada Ley Antitabaco que prohíbe fumar en lugares cerrados de acceso público.
En marzo de 2011 la Corte negó seis amparos promovidos por cadenas de restaurantes y hoteles.
“El Distrito Federal con fundamento en ciertas fracciones del 122 está en la posibilidad de llevar a cabo estas acciones de carácter legislativo”, Ministro José Ramón Cossío Díaz.
La sentencia señala que no se invaden competencias federales como argumentaron los empresarios.
La restricción a la libertad de comercio, está justificada.
“El tabaco aspirado o fumado es altamente nocivo para la salud, si lo sabré yo que fue 44 años… Y la libertad de comercio no es una garantía absoluta puede ser objeto de restricciones”, Ministro Sergio Aguirre Anguiano.
Los ministros desestimaron los argumentos de discriminación y desigualdad que plantearon los restauranteros.
“El combate al tabaquismo, este problema de salud pública tan grave permite que el Estado pueda establecer ciertas condiciones para el consumo a este producto en lugares públicos”, Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
La empresa Costco impugnó la norma que prohíbe a los centros comerciales colocar los cigarros al alcance directo de los consumidores.
En su opinión la medida es discriminatoria, ya que esta restricción no se aplica a los puros y otros productos relacionados con el tabaco.
Esta fue la respuesta de la Corte.
“La discriminación puede operar entre personas en razón de los elementos que señala el párrafo 3º del artículo 1º de la constitución, pero difícilmente puede operar en razón de los productos”, Ministro José Ramón Cossío Díaz.
Al resolver estos juicios el Tribunal Constitucional estableció un criterio sin precedentes, que amplía el acceso a la justicia.
El Pleno reconoció el interés jurídico de un ciudadano para hacer valer su derecho a la salud a través de un juicio de amparo.
Jorge Francisco Balderas impugnó las normas que regulan la publicidad y promoción de los productos del tabaco, porque en su opinión violan su derecho a la salud.
Aunque al final el amparo fue desechado porque no se podría concretar la reparación del daño, este caso sentó un precedente.
“Nos parece un avance muy importante, importante porque abre la discusión sobre el amparo… Y en el tema de interés jurídico nos parece que hay una ampliación del acceso a la justicia”, José Antonio Caballero, Investigador CIDE.
Verónica González