Seminario Ciencia, Tecnología y Derecho

El debate que se dio en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en torno al caso Tulum, evidenció la necesidad de fortalecer el marco jurídico para proteger al medio ambiente.

Así lo señaló la bióloga Julia Carabias, al participar en el tercer módulo del Seminario sobre Ciencia, Tecnología y Derecho, organizado por la Suprema Corte y el Colegio Nacional.

 “Se queda de manifiesto la necesidad de fortalecer el marco jurídico en áreas protegidas y en ordenamiento ecológico, pero lo más importante que me parece es que se fortalecieron las áreas naturales protegidas, se revirtió con ello una tendencia de desprecio y de desprestigio”.

Aseguró que la decisión del Tribunal Constitucional de México, que frenó el plan para la construcción de inmuebles y desarrollos turísticos dentro de la reserva ecológica de Tulum, es muestra de que puede haber consensos en temas tan importantes como el medio ambiente.

El doctor José Sarukhán, se refirió a la información científica que requerirán cada vez más los impartidores de justicia para tomar este tipo de decisiones.

 “Tenemos instituciones, capital humano y experiencia adecuados ahora para poder generar información útil para tomar decisiones cuando hay litigios o cuando hay problemas o cuando hay que calificar una acción o generar normas y regulaciones al respecto”.

El magistrado Jean Claude Tron Petit aseguró que los jueces deberán ponerse al día en temas ambientales, para solucionar los conflictos que se presenten en el futuro.

“Para eso la colaboración, el apoyo y la ayuda de los científicos va a ser fundamental para que nosotros podamos lograr entender este tipo de problemáticas a las que nos enfrentamos”.

Los especialistas coincidieron en que uno de los principales desafíos de México y del mundo es aliviar la pobreza y reducir las desigualdades sociales sin seguir dañando los ecosistemas naturales y para ello es necesario un marco jurídico adecuado.

Juan Carlos González

 

 

Juicios que cambiaron la historia

El juicio de Jesús de Nazareth ha sido el más controvertido y famoso de la historia, se afirmó durante el seminario: juicios que cambiaron la historia que se realiza en el INACIPE.

Proceso acusatorio breve, con enormes tintes políticos, en el que Jesús, fue condenado a morir en la cruz; en principio, acusado del delito de blasfemia, al auto nombrarse rey de los judíos; mismo que se transformo en un ilícito que afectaba los intereses del imperio romano.

“Tiene que ver con la idea de un mesías sí, en un ámbito espiritual y religioso, pero cuando ellos bajan de nivel y no hablan de mesías sino que hablan de rey, están diciéndole a Poncio Pilatos un crimen de lesa majestad y alta traición al imperio romano, porqué, porque aquí el único que manda es el emperador, esa es la trampa en la que tratan de hacer caer a Poncio Pilatos”, Fernando Marcín Balsa, Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México.

Proceso que de haberse realizado el día de hoy, a la luz del marco penal mexicano, se hubieran detectado más de 42 violaciones procesales.

“Encontraríamos por lo menos 42 violaciones constitucionales si ese proceso hubiera sido el día de hoy y la comisión de 54 delitos en contra del detenido, comenzando por delitos contra la administración de justicia, hasta homicidio, todo ello cometido en tan solo 12 horas, todo ello dirigido y realizado en perjuicio de un solo individuo, todo ello produciría el enjuiciamiento político de los altos funcionarios que participaron”, José Elías Romero Apis, Presidente Academia Nacional A. C.

Proceso judicial que se da en un contexto de fuerte división del pueblo judío, en donde una buena parte de ellos, pensaba enfrentar al imperio romano para liberarse de él, motivo por el cual, no compartían la visión religiosa de Jesús.

“Como también se puede debatir si tenían o no los judíos, al menos en algún caso, el jus gladi, es decir el derecho a condenar a muerte a una persona en algún supuesto jurídico”, Alejandro Mayagoitia Ston, Instituto Panamericano de Jurisprudencia.

Juicio en el que Pilatos se lavó las manos y en donde el Rey Herodes, evitó otorgar el perdón a Jesucristo, por lo que a final de cuentas, fue condenado a morir en la cruz, por los órganos de justicia del imperio romano.       

José Luis Guerra García

La Segunda Sala de la Corte atrajo un caso sobre la producción de bioenergéticos

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ejerció su facultad de atracción para conocer de un recurso en el que se plantea que el reglamento de la ley de promoción y desarrollo de los bioenergéticos prohíbe la utilización del maíz para producir bioenergéticos, con lo cual se extralimita respecto de la ley en cuestión.

La empresa recurrente señala que la ley de promoción y desarrollo de los bioenergéticos no prohíbe la utilización del maíz para producir bioenergeticos, y dice que, sin embargo, el reglamento de dicha ley si lo hace, extralimitándose y estableciendo una prohibición que no tiene bases ni sustento legal.

Agrega que se infringe la garantía de igualdad, derivada de la imposición de condiciones y requisitos que otras actividades agroindustriales no tienen, como es la producción de bioenergéticos a partir de granos distintos al maíz, como son el sorgo y el trigo.

La empresa plantea que  la prohibición del reglamento, implica en términos constitucionales una restricción a la garantía de trabajo.

La Sala determinó ejercer la atracción por tratarse de un tema de interés en el que se valora, por una parte el aprovechamiento de  insumos para obtener energía alternativa, y por otra el abasto oportuno y suficiente de maíz a la población, considerando que esto se vincula al desarrollo de la actividad agropecuaria y, por tanto al desarrollo de la nación.

José de Jesús Cruz Sibaja

Tesis justicia militar

El oficial de las fuerzas armadas que se ausenta tres días consecutivos sin justificación comete el delito de deserción equiparada.

La Primera Sala de la Suprema Corte estableció este criterio al resolver una contradicción de tesis entre tribunales colegiados.

Para que se configure este delito no es necesario que el militar tenga asignada una tarea en específico.

Una ausencia injustificada pone en duda la lealtad de los militares a las fuerzas armadas.

El deber de presencia se fundamenta en la necesidad de su permanente disponibilidad para el servicio.

Con esta medida se protege la seguridad y la disciplina en el ejército, así como el control de los militares por sus mandos superiores

En otra jurisprudencia la Primera Sala sostuvo que aunque un militar sea dado de baja, si cometió algún delito éste asunto es de competencia exclusiva de los tribunales del fuero militar.

La baja de un militar es independiente al proceso pena que se le siga a un inculpado.

En otro juicio la Corte señaló que dar de baja a un militar solo por estar propenso a contraer infecciones recurrentes, es discriminatorio y viola el principio de igualdad.

La sentencia que concede el amparo a un marinero que tras contraer el virus del sida fue dado de baja, señala que la autoridad podrá realizar exámenes médicos al quejoso para determinar si está incapacitado para el servicio de las armas.

Verónica González