En el primer semestre del año la Primera Sala de la Corte emitió jurisprudencias relacionadas con materia penal

En el Distrito Federal al que maneja bajo el influjo de drogas y comete un homicidio se le castiga hasta con 10 años de prisión.

De acuerdo con la jurisprudencia de la Primera Sala de la Suprema Corte para acreditar este delito no basta con la prueba de orina.

Para determinar que el inculpado estaba bajo los efectos de algún narcótico, es necesario valorar esta pericial junto con otros elementos de prueba como la bioquímica sanguínea.

Ya que la prueba de orina solo demuestra el consumo de drogas, pero no necesariamente que la persona estaba bajo sus efectos al momento de cometer el ilícito.

En otra jurisprudencia en materia penal la Primera Sala de la Corte señala que procede la libertad provisional cuando el homicidio se comete en una riña callejera.

El criterio obligatorio para todos los tribunales federales señala que si en el código penal local no se califica expresamente a al homicidio en una riña como delito grave, procede la libertad bajo caución.

Esta jurisprudencia tiene base en la legislación de Querétaro, Puebla y San Luis Potosí.

Verónica González

Acerca de canaljudicial
Canal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Imagen de Twitter

Estás comentando usando tu cuenta de Twitter. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s

A %d blogueros les gusta esto: