Día Internacional de las viudas

Más de 3 millones y medio de mexicanos se encuentran en situación de viudez, de los cuales el 78 por ciento son mujeres, según datos del censo de población y vivienda 2010.

La Organización de las Naciones Unidas, conmemoró por segundo año, el pasado 23 de junio, el Día Internacional de las viudas.

En particular expresó su preocupación por las mujeres que quedan solas como resultado de conflictos armados y actos violentos.

Además la ONU destacó la precaria situación en la que viven las viudas en materia de bajas coberturas de seguridad social y pocos esquemas de protección social para los hijos de las mujeres más jóvenes.

En el 2010 en México, había un total de 2.91 millones de mujeres viudas, siete de cada diez con más de 60 años de edad.

Para el grupo de mujeres que tienen entre 40 y 59 años hay 728 mil 550 que han perdido su pareja.

En tercer lugar se encuentran 145 mil 935 mujeres que han enviudado con 20 y 39 años de edad.

De acuerdo con el INEGI, los estados con mayor número de mujeres viudas son el Estado de México  con 356 mil 235; el Distrito Federal con 292 mil 564; Veracruz con 236 mil 236; Jalisco con 182 mil 18 y Puebla con 163 mil 604.

De las 67 mil muertes accidentales y violentas registradas durante el 2009, el INEGI reveló que casi la mitad de ellos, fueron de personas que tenían algún vínculo conyugal, es decir, que eran casadas o vivían en unión libre.

Naciones Unidas decidió dar impulso al Día Internacional de las viudas debido a que hay preocupación porque millones de hijos de viudas se enfrentan a situaciones de hambre, desnutrición, trabajo infantil, poca atención a la salud, analfabetismo y trata de personas.

Martha Rodríguez

Eficiencia energética, desde la generación hasta el consumo

Si México no mejora sus estándares de eficiencia energética, enfrentará escenarios muy complicados de desarrollo, advirtieron especialistas en la presentación del estudio: Eficiencia energética, desde la generación hasta el consumo.

“Tendríamos que sacrificar la mejora de la calidad de vida de la humanidad que sacrificar el crecimiento económico o tendríamos que utilizar mucha más energía para sostener ese crecimiento económico, lo que generaría mucho mayor emisión de gases de efecto invernadero”, Jaime Buitrago, Presidente Exxon Movil Ventures México.

En el evento, organizado por la Cámara Americana de Comercio, criticó la política energética del país, principalmente la aplicación de los subsidios.

“Los subsidios no promueven las mejoras en la eficiencia energética, disfrazan muchos de los costos en que se incurren entonces en términos generales los subsidios no son beneficiosos para la eficiencia energética”.

Ante inversionistas y empresarios, urgió al gobierno promover políticas transparentes, para que los consumidores tengan incentivos de uso de energía eficiente.

“Tenemos que reducir y mejorar nuestra eficiencia energética en un 60 por ciento, es decir, la única forma en la cual podemos lograr nuestros objetivos como humanidad de estabilizar las emisiones de CO2”, Frank Zeller, Vicepresidente Relaciones Públicas BASF.

Pronosticaron que para el año 2030, las industrias utilizarán el 50 por ciento de la energía eléctrica del mundo.

Oscar González

Cada año ingresan a México entre 10 mil y 30 mil millones de dólares provenientes de actividades ilícitas

Autoridades estiman que cada año ingresan a México entre 10 mil y 30 mil millones de dólares provenientes de actividades ilícitas.

La mayoría de los recursos entra como dinero en efectivo vía terrestre, por lo que México y Estados Unidos buscan mejorar mecanismos que impidan que ese dinero se integre en la economía formal.

Tal es el caso de la iniciativa de ley para la prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita.

“Contempla la creación de una unidad especializada en investigación en operaciones con recursos de procedencia ilícita que dependa directamente de la oficina de la procuradora general de la república y que a diferencia de la unidad de lavado de dinero estará integrada por analistas financieros”, Irving Barrios Mojica, Subprocurador de Delitos Federales, PGR.

La Procuraduría General de la República considera al lavado de dinero como un delito muy complejo, difícil de comprobar.

“También traen un daño colateral a las economías internacionales, causan inestabilidad económica por la movilización de grandes capitales, hay una desconfianza de la inversión internacional hacia nuestro país lo que se traduce en una afectación a la seguridad laboral”.

Las autoridades recomendaron  a jueces y ministerios públicos que atienden el delito de lavado de dinero, la capacitación y acompañamiento permanente de contadores y asesores financieros, pues es casi nula la flagrancia.

México se encuentra por arriba del promedio internacional en materia de acciones contra el lavado de dinero, según reportes de la Secretaría de Hacienda.

“Estamos por arriba del cumplimiento promedio de todas esas economías esto nos sitúa por arriba de países que típicamente pensaremos que están bien en el tema del combate y prevención de lavado de dinero.

Estamos muy similares al nivel de Italia, por encima del cumplimiento de países como Canadá, como Brasil, Japón, como Argentina”, José Alberto Balbuena, Unidad de inteligencia financiera de la SHCP.

La PGR informó que de diciembre de 2010 a abril de 2011, se aseguraron 171 millones de dólares, 109 millones de pesos y más de 2 millones de euros, procedentes de actividades ilícitas que pretendían integrarse a nuestra economía.

Martha Rodríguez

En la UNAM fue presentada una obra sobre interpretación judicial

Juristas y académicos describieron la importancia de utilizar las sentencias interpretativas para hacer más efectiva la labor de los tribunales constitucionales.

“El intérprete constitucional considera que la norma que examina, hay que interpretar tanto la norma constitucional, como la norma legal, la norma que se somete a interpretación, es decir que se controle a la constitución, si se crea una nueva norma sin afectar su texto”, Héctor Fix-Zamudio, Jurista.

Mediante las sentencias interpretativas, un tribunal constitucional establece cuál es la interpretación que es constitucionalmente aceptable para un precepto legal.

Descarta interpretaciones inconstitucionales, o bien afirma, expresa o implícitamente, la inconstitucionalidad del contenido normativo derivado del texto legal.

En la presentación de la obra “Las sentencias interpretativas del Tribunal Constitucional”, en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, destacaron que la Reforma Constitucional en Materia de Derechos Humanos implica un cambio sustancial para la interpretación.

“Con esta reforma la técnica de interpretación conforme con la constitución ejercicio básico en la utilización de sentencias interpretativas, adquiere una remisión expresa con una norma de contraste renovado cuya amplitud tendrá que ser pronto estudiada por nuestro máximo tribunal”, José de Jesús Orozco, Investigador IIJ UNAM.

Resaltaron que la obra del catedrático español Francisco Javier Díaz Revorio, ha sido un referente para diversos tribunales constitucionales en Iberoamérica.

Mario López Peña

La Segunda Sala resolvió un amparo relacionado con facultades del Jefe de Gobierno del Distrito Federal

Al negar a un quejoso un amparo en revisión, la Sala determinó que  el Jefe de Gobierno del Distrito Federal tiene facultades para emitir el “Acuerdo por el que se suspenden los plazos para la realización de los trámites ante las ventanillas únicas de los dieciséis órganos políticos administrativos del Distrito Federal, en materia de anuncios”.

El quejoso aludió actos del Jefe de Gobierno del Distrito Federal y diversas autoridades, consistentes en negarle la recepción del trámite de solicitudes de expedición de licencias para la fijación, instalación, distribución, ubicación, modificación o colocación de anuncios; así como la clausura y retiro de diversos anuncios.

El Jefe de Gobierno señaló que el acuerdo fue emitido con el objeto de modernización y desregulación administrativa, así como reordenar los anuncios de publicidad exterior, recuperar la imagen y el paisaje urbano del Distrito Federal.

Abundó en que se detectó la instalación de anuncios fuera del marco jurídico y que permanecían varios que constituían un riesgo para la integridad física de los ciudadanos y de sus bienes, lo que vulneraba el orden público y hacía necesario ejercer las acciones que combatieran esa ilegalidad.

La Sala determinó que el Jefe de Gobierno del Distrito Federal sí está facultado para expedir el acuerdo reclamado, independientemente de que se relacione con la suspensión de los plazos de los trámites realizados en las ventanillas únicas de los 16 órganos políticos administrativos del Distrito Federal, pues trata sobre una materia que es de su competencia y que la Asamblea Legislativa  lo habilitó para ejercer su facultad reglamentaria de conformidad con el artículo 10, fracción X, de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal.

José de Jesús Cruz Sibaja

En juicios de violación a menores de edad no es necesario ordenar careos

En juicios de violación a menores de edad no es necesario ordenar careos aunque haya diferencias entre las declaraciones del menor y los testigos.

Así lo establece una tesis aislada de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia aprobada en marzo de este año.

El criterio señala que en todos los casos debe prevalecer el interés superior del niño.

Esto significa que el juzgador debe resolver escuchando la opinión del menor, ponderando las circunstancias de cada caso y allegándose oficiosamente de todos los elementos necesarios para garantizar el bienestar del menor.

En otra tesis aislada, la Primera Sala señala que el interés superior del niño es un principio de rango constitucional que está implícito en la regulación de los derechos de los menores previstos en el artículo cuarto de la constitución federal.

El objetivo de la reforma de este artículo fue adecuar las leyes nacionales con los compromisos internacionales suscritos por el estado mexicano.

La Primera Sala también determino que no en todos los juicios en que están involucrados los menores procede el amparo directo en revisión para analizar la valoración que hizo el tribunal colegiado.

Y es que es un asunto de legalidad que no es susceptible  de revisar por esta vía, ya que determinar la valoración de los hechos es una cuestión de apreciación que no implica una afectación al interés superior del niño.

Verónica González

 

2011 pasará a la historia como el año en que se realizó la reforma constitucional más amplia en materia derechos humanos

9 de junio de 2011, fecha histórica en la protección de los derechos humanos en México.

Se promulgó la reforma que modifica once artículos de la constitución federal.

En palabras del Presidente de la Suprema Corte de Justicia, Juan Silva Meza,  se transformó la esencia de la constitución, para que ahora la persona, el ser humano, ocupe el centro del sistema jurídico mexicano.

“La Suprema Corte de Justicia habrá de ejercer estas nuevas responsabilidades, con un claro entendimiento de la intención que ha impulsado al constituyente permanente al elaborar éstas: nada estará por encima de la protección a los derechos humanos”.

La reforma reconoce la protección de los derechos humanos contenidos en la constitución y en los tratados internacionales.

Todas las autoridades están obligadas a prevenir, investigar y sancionar la violación de derechos humanos.

Se crea la ley de reparación del daño que permite exigir una compensación por daños generados por la actuación arbitraria de la autoridad.

Se incorpora el principio pro derecho, que obliga a los jueces a aplicar el derecho que resulte más favorable para el ciudadano.

“Ante la duda, en los todos los casos, deberá preferirse proteger los derechos humanos de los individuos. Todas las autoridades estarán vinculadas a hacerlos valer y el Estado estará obligado a reparar las violaciones a los mismos. No podrán alegarse limitaciones normativas o materiales, para cumplir con estas obligaciones. Tampoco la incapacidad o el desconocimiento, justificarán la inobservancia del nuevo régimen”.

Los organismos de derechos podrán conocer de asuntos laborales.

Se establece un catálogo de derechos fundamentales que no podrán restringirse ni suspenderse en ningún caso.

Entre ellos el derecho a la vida, a la integridad personal, los derechos de la niñez y el principio de legalidad y no retroactividad.

Los titulares de las comisiones de de derechos humanos serán electos a través de una consulta pública.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos podrá investigar violaciones graves a los derechos humanos.

El decreto que reforma la constitución entró en vigor el 10 de junio de este año.

Verónica González