Controversias constitucionales relacionadas con el Apagón Analógico
28/07/2011 Deja un comentario
El 20 de octubre del 2010 la Ministra Olga Sánchez Cordero admitió las controversias constitucionales que interpuso el Congreso de la Unión en contra del decreto presidencial que adelanta del 2021 al 2015, el llamado Apagón Analógico.
“El tema para la Corte no es ni político, ni social, ni económico, el tema es estrictamente constitucional y es estrictamente jurídico”.
Los legisladores consideran que el ejecutivo federal se excedió en sus facultades, al emitir este decreto.
La Ministra Sánchez Cordero ordenó la suspensión del acto reclamado, es decir, el adelantó del Apagón Analógico.
“Porque si no se concede la suspensión del decreto se quedaría sin materia la pregunta y la Controversia Constitucional que interpusieron las dos Cámaras”.
El Presidente de la República y la Comisión Federal de Telecomunicaciones, la COFETEL impugnaron esta decisión a través de cuatro recursos de reclamación.
El 23 de febrero de 2011 por mayoría de tres a dos la Primera Sala de la Corte rechazó la propuesta del Ministro José Ramón Cossío Díaz para levantar la suspensión del Apagón Analógico, por considerar que el decreto es una norma general contra la que no procede la suspensión.
“Creo que hay la creación de un órgano específico con competencias abstractas para llevar a cabo estos mismas acciones y a mi parecer, cuando se confieren competencias tiene características de normas generales”.
Desde otra perspectiva se dijo que no es posible dividir los efectos de una suspensión.
“Desde mi punto de vista no es aceptable hacer está división, si fuera norma general no procedería la suspensión en su contra en términos del 14 de la Ley Reglamentaria”, Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.
La mayoría en la Primera Sala coincidió en que las normas generales son únicamente las emitidas por el ejercicio de facultades legislativas.
“El decreto impugnado no constituye un reglamento emitido en el marco del 89 constitucional… Se trata de un instrumento de política pública a través del cual se dan lineamientos a la administración pública federal”, Ministro Presidente 1ª Sala, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
“Son actos jurídicos individualizados concretos, acciones concretas, y en este sentido fue que concedí la suspensión”, Ministra Olga Sánchez Cordero.
El asunto fue returnado al Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea y el 29 de junio de este año la Primera Sala confirmó la suspensión del Apagón Analógico.
Porque no se pone en peligro a ninguna institución fundamental para el orden jurídico, ni se produce una afectación grave a la sociedad.
Por lo tanto, el Gobierno Federal no podrá concesionar la banda de 700 megahertz, ni asignar nuevas concesiones y permisos de radiodifusión con señal digital, hasta que la Corte resuelva las controversias constitucionales interpuestas por el Senado y la Cámara de Diputados.
Verónica González