En Aguascalientes la violación a un menor se castiga hasta con ocho años de prisión
10/08/2011 Deja un comentario
Un hombre que fue condenado por este delito, interpuso un amparo por considerar que la ley no prevé la forma en que se deben tomar las declaraciones a los menores, y esto viola el principio de exacta aplicación de la ley.
Al revisar este juicio, la Primera Sala de la Suprema Corte señaló que este principio solo se refiere a la imposición de penas que no estén previstas en la ley exactamente aplicables al delito que se aluda.
Al negar un amparo a una empresa turística, la Primera Sala confirmó la sentencia de un Tribunal Colegiado que declaró válida la norma que reconoce interés jurídico a cualquier persona para impugnar daños a los recursos naturales de la comunidad en la que habita.
En este caso un particular promovió un amparo en contra de Representaciones Turísticas México por la construcción de un desarrollo turístico en el municipio de solidaridad en Quintana Roo.
Los ministros le dieron la razón al particular porque a través de esta norma se protege el derecho al medio ambiente adecuado.
Verónica González