La Suprema Corte ordenó al Gobierno del Distrito Federal que pague una indemnización a Promotora Santa Fe, por la expropiación del predio El Encino.
Por mayoría de seis votos a cinco los ministros determinaron que no es posible devolver el predio, expropiado en el año 2000, con el fin de construir vialidades
“El cumplimiento de la sentencia de amparo en sus términos, acarrea una afectación grave a la sociedad en mayor medida, que el beneficio económico que obtendría la parte quejosa”, Ministro José Ramón Cossío Díaz.
La mayoría en el Pleno se pronunció por que prevalezca el interés social por encima del interés económico del quejoso, pese a que en 2003 ganó un amparo que ordenó la suspensión de las obras.
El gobierno capitalino no acató la orden judicial y por eso fue desaforado el entonces jefe de gobierno Andrés Manuel López Obrador.
Este jueves, la Corte decidió que se abra un incidente de daños y perjuicios y con base en un peritaje se determine el monto que pagará el gobierno capitalino por los 13 mil 400 metros cuadrados que fueron expropiados.
El debate en el Pleno inició cuando el Ministro Luis María Aguilar Morales objetó el estudió que realizaron expertos de la UNAM.
“Ese ejercicio de ponderación no puede válidamente estar a cargo de peritos, y eso suponiendo que se considere que estamos ante una prueba pericial, sino que ello corresponde al Tribunal Pleno”.
“Esas cuantificaciones de doscientos cuarenta a doscientos veinte, ni obligan al juez, ni obligan a esta Suprema Corte, ni mucho menos obligan a los peritos en la parte o tercero en discordia”, Ministro José Ramón Cossío Díaz.
Y es que el año pasado el Ministro Aguilar Morales presentó un Proyecto de Dictamen que proponía el cumplimiento sustituto basándose en las pruebas que se ofrecieron en el juicio.
No obstante, en aquella sesión la mayoría consideró que hacía falta un estudio sobre el costo-beneficio de las obras.
Tras analizar el estudio que realizó la UNAM, cinco ministros reiteraron su postura de devolver el predio a Promotora Santa Fe.
“Si la calle no está hecha, se traducen en proyecciones a futuro que en un momento dado implican razones de utilidad pública que nunca se dieron en el juicio constitucional”, Ministra Margarita Luna Ramos.
“¿Qué mensaje estamos lanzando con esto? En ese país, la Suprema Corte no hace respetar el derecho de propiedad. Y esto para mí es gravísimo”, Ministro Sergio Aguirre Anguiano.
“Con todo respeto, creo que la propuesta del señor Ministro Cossío, asegura otro año de gestiones judiciales… Lo que pretende legalizar es, no solamente un acto ilícito, es un acto delincuencial”, Ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia.
“Me voy a la situación absoluta de protección irrestricta de la propiedad privada, no desconozco que en esta interpretación del cumplimiento sustituto tiene un sentido social que lo justifica”, Ministro Presidente Juan Silva Meza.
Al final, luego de dos sesiones de intensos debates, la mayoría en el Pleno se pronunció por el cumplimiento sustituto.
“No estamos hablando de que no se cumpla la sentencia, sino que se cumpla a través de un método alternativo que la propia Constitución establece”, Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
Así que será el Juzgado Noveno de Distrito en materia administrativa el que resuelva en definitiva este litigio, que lleva más de una década.
Verónica González