Por unanimidad, la Suprema Corte declaró válidas las reformas a la Ley Orgánica del Congreso de Veracruz, aprobadas en enero de 2008.
Los ministros desestimaron los argumentos de diputados locales en el sentido de hubo vicios en el procedimiento legislativos, porque el dictamen se elaboró en un solo día.
“No viola formalidad alguna al no existir, por una parte, precepto legal que establezca un tiempo mínimo para elaborarlo”, Ministro Sergio Valls Hernández
“Estoy de acuerdo con el proyecto. La legislatura fue como “el gaucho veloz”, muy veloz, pero eso no vicia sus actuaciones. Gracias”, Ministro Sergio Aguirre Anguiano
“Tratándose de una ley orgánica, en ningún caso puede haber una regla, ni siquiera de racionalidad constitucional que limite este autogobierno del propio Poder Legislativo”, Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
Los diputados de la Sexagésima Primera Legislatura también impugnaron la norma que permite la conformación de grupos legislativos mixtos.
La Corte señaló que la dinámica derivada de la pluralidad partidista genera la necesidad de este tipo de grupos parlamentarios, sin que se viole ningún precepto constitucional.
“Ya que en primer lugar la Constitución deja al Legislador local la atribución de regular la organización interna del Congreso”, Ministro Sergio Valls Hernández.
Con estos argumentos el Pleno resolvió una acción de inconstitucionalidad, promovida por diputados del Congreso de Veracruz.
En la sesión de este jueves los Ministros analizaron los argumentos del Municipio de Mérida, en contra del Decreto que crea la Coordinación Metropolitana de Yucatán.
El ayuntamiento argumentó que esta figura constituye una autoridad intermedia prohibida por la Constitución.
Luego de estudiar el caso la Ministra Margarita Luna Ramos señaló que no se invaden las competencias municipales.
“No hay violación al artículo 115 de la Constitución, porque no se invade la esfera de competencia del Municipio, ni tampoco la autoridad establecida para efectos de que se aplique el subsidio señalado, tiene el carácter de autoridad intermedia”.
Por unanimidad el Pleno respaldó la propuesta.
El municipio de Mérida también impugnó la expedición del reglamento de la Coordinación Metropolitana de Yucatán.
La mayoría en el Pleno le dio la razón al municipio porque el reglamento no fue refrendado por todas las autoridades que intervendrán en dicha coordinación.
Un ministro objeto el criterio de la mayoría y así se dio el debate en el Pleno.
“¿Por qué el secretario de Desarrollo Urbano tendría que promulgar un Decreto, cuando –insisto- esta unidad administrativa en su carácter de desconcentrado está dentro del ramo de la autoridad del gobernador?… Realmente no encuentro la razón de declarar inconstitucional por falta de refrendo en este mismo sentido”, Ministro José Ramón Cossío Díaz.
“Constitucionalmente al expedir un reglamento están obligados, obligados, tanto el gobernador por un lado, para que esos titulares refrenden como los titulares de refrendar el reglamento, en donde van a tener intervención”, Ministro Fernando Franco González Salas.
Al final por mayoría de diez votos a uno, el Pleno anuló el reglamento de la Coordinación Metropolitana de Yucatán.
Verónica González