Es inconstitucional que la ley prohíba a un profesionista pertenecer a dos colegios o asociaciones al mismo tiempo.
Así lo determinó el Pleno de la Suprema Corte al conceder un amparo a la Asociación Nacional de Abogados de Empresa, la ANADE.
“Se viola la libertad de asociación al negarse la inscripción del registro de los socios que están inscritos en su colegio y además en un colegio diverso”, Ministra Margarita Luna Ramos.
La sentencia de la corte deja sin efectos la resolución de la Secretaria de Educación Pública que negaba el registro de 31 socios de la ANADE, por pertenecer a otro colegio.
Los ministros señalaron que esta norma va más allá de las restricciones que establece la Constitución, relativas a formar agrupaciones ilícitas, violentas o armadas.
“El objeto que está tratando de lograr el legislador en este sentido, no persigue una finalidad constitucionalmente legítima, precisamente porque restringe de manera inadecuada”, Ministro José Ramón Cossío Díaz.
“Creo que esta incursión del poder público en la organización de los colegios de profesionistas no se encuentra justificada”, Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
Desde otra perspectiva se dijo que se trata de una norma abierta a la que hay que dotar de contenido analizando las circunstancias de cada caso.
“Hay sociedades mercantiles en donde se prohíbe, por ejemplo en la de comandita, etcétera, que los socios puedan formar parte de otro, o realizar negocios que realiza la sociedad, etcétera. Entonces, me parece que los juicios generales y absolutos podrían llevarnos a situaciones muy complicadas en otros ámbitos del derecho de asociación”, Ministro Fernando Franco González Salas.
Al final por mayoría de seis votos a cinco la Corte concedió el amparo de la justicia a la ANADE.
En la sesión de este jueves la Ministra Olga Sánchez Cordero presentó un proyecto de dictamen para resolver el amparo que promovió Costco de México en contra de diversos artículos de la Ley para el Fomento de la Lectura y el Libro.
Dicha ley fue expedida por el Congreso de la Unión en julio de 2008… La norma señala que se deberá fijar un precio único para los libros en toda la República y solo hasta después de 18 meses de su edición o importación se podrá bajar el precio.
Esta es la propuesta de la Ministra Olga Sánchez Cordero.
“Declarar infundados los conceptos de violación toda vez que, contrariamente a lo señalado por la quejosa, tales preceptos, desde la óptica del proyecto, no violan su libertad de comercio, porque el hecho de que se establezca un precio único de venta al público no restringe esa libertad”.
La empresa Costco argumentó que esta disposición viola el artículo 28 constitucional porque elimina la competencia y propicia la creación de monopolios.
El análisis de este asunto continuará en la sesión del próximo lunes.
Verónica González