Las reformas a la Constitución de Baja California que protegen la vida desde el momento de su concepción se mantendrán vigentes
28/09/2011 Deja un comentario
Las reformas a la Constitución de Baja California que protegen la vida desde el momento de su concepción se mantendrán vigentes.
En el Pleno de la Suprema Corte no se alcanzó la mayoría calificada de ocho votos, necesaria en una Acción de Inconstitucionalidad, para anular esta norma impugnada por la Procuraduría de los Derechos Humanos y de Protección Ciudadana de esa entidad.
Luego de tres sesiones de análisis y debate, siete ministros coincidieron con el Proyecto de Dictamen elaborado por el Ministro Fernando Franco González Salas que declaraba inconstitucional este precepto.
“La Constitución del Estado de Baja California, al proteger en forma absoluta e incondicional al producto de la concepción, viola necesariamente otros derechos humanos fundamentales particularmente de las mujeres”.
“La norma impugnada al equiparar o al modificar el contenido del titular de los derechos implica avasallar, desconocer, eliminar los derechos humanos de las mujeres… Es cierto que la sexualidad se debería de ejercer de manera responsable; sin embargo, también es cierto que en nuestro país existe insuficiente educación sexual… Negar a la mujer en ciertos supuestos la facultad de interrumpir el embarazo, implicaría continuar con este círculo de marginación y de discriminación; el Estado no puede imponer un determinado modelo de conducta o de virtud, el Estado democrático tiene que respetar la pluralidad y la libertad de todas las personas”, Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
“Existe pues, una obligación constitucional de dispensar un trato –atención- igualitario a todas las personas que se encuentren en el territorio nacional… No debemos soslayar que la protección absoluta a la vida en los términos previstos en la Constitución local crea obligaciones positivas y negativas para el Estado en defensa del no nacido. Lo anterior, pues por una parte se genera la obligación estatal a no desplegar conductas que de alguna manera puedan impedir el libre desarrollo del proceso de gestación… Dada la interdependencia e indivisibilidad de los derechos humanos, necesariamente impacta en la disminución de los derechos de las mujeres que colisionen con esa extensión del ámbito de protección del derecho a la vida, en particular su derecho a la autonomía reproductiva”, Ministro Presidente Juan Silva Meza.
Señalaron que esta norma invade competencias federales y restringe los derechos de las mujeres.
“Las Constituciones locales no pueden so pretexto de tutelar particularmente un derecho, restringir y menos aún anular los demás derechos previstos a nivel federal, ni tampoco retroceder en el reconocimiento progresivo de dichos derechos, pues existen esferas de libertades que la acción pública no puede rebasar”, Ministro Sergio Valls Hernández.
“Una mujer que decide ponerse un DIU o utilizar anticoncepción de emergencia no sabrá en qué casos está ejerciendo un derecho al utilizar un método anticonceptivo y en que otros estará cometiendo un delito privando de la vida a otra persona…editar por ello, inhibe el ejercicio de un derecho sin necesidad de que la autoridad aplique la norma”, Ministra Olga Sánchez Cordero.
Además consideraron que el Congreso de Baja California se excedió en sus facultades.
“Los derechos humanos son para todos y no sólo para los que estén en determinado lugar de la República, son universales, y darles contenidos diferentes además de ser contrario a nuestro sistema constitucional propiciará la injusticia, la desigualdad y la discriminación”, Ministro Luis María Aguilar Morales.
“Cierra toda posibilidad, evita cualquier ponderación, cancela ese –digámoslo así– un diálogo entre un bien jurídicamente tutelado y un derecho que tienen las mujeres, en particular, el libre espaciamiento de sus hijos y consecuentemente con ello se genera una exclusión absoluta”, Ministro José Ramón Cossío Díaz.
Desde otra perspectiva, cuatro ministros sostuvieron que la norma que protege a la vida desde su concepción, no impide que la ley secundaria despenalice el aborto en casos específicos.
“No entiendo la determinación de la Constitución de Baja California, como un absoluto, simple y sencillamente están definiendo a partir de qué momento consideró el legislador está protegiendo la vida. Ahora ¿Esto implica que ya no puede haber despenalización de conductas de carácter abortivo en situaciones especiales? Creo que no”, Ministra Margarita Luna Ramos.
“Nada de esto se ve mermado o afectado en forma directa necesaria e inminente, por la sola emisión de la norma impugnada; la protección legal del individuo desde la concepción, no significa por sí misma un atentado contra el libre ejercicio de la sexualidad y las capacidades reproductivas”, Ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia.
Señalaron que se trata de una norma general, que amplia los derechos previstos en la constitución y los estados tienen facultades para hacerlo.
El Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo fijo por primera vez su postura en este tema.
“La Constitución no lo regula expresamente ni tampoco lo establece como una facultad reservada a la Federación, y mucho menos lo prohíbe en cuanto a que la posibilidad de que sea legislado por los Estados, creo que las entidades federativas, en uso de su libertad de configuración, pueden establecer este punto de inicio de la protección del derecho a la vida”.
“No se trata de una norma punitiva sancionadora o prohibitiva… Aquí quiero hacer un paréntesis en mi breve lectura, no existe Tratado Internacional alguno, y menos aun suscrito por México, que establezca como derecho de la mujer el de abortar”, Ministro Sergio Aguirre Anguiano.
Al final siete ministros se pronunciaron por la invalidez y cuatro en contra, como resultado de la votación la acción fue desestimada, es decir la norma se mantendrá vigente.
Al concluir el debate el Ministro Fernando Franco González Salas se refirió a la forma en que se resolvió este asunto de gran trascendencia para el orden jurídico y la sociedad.
“Aquí todos estamos por la vida. El aborto es un tema que se toca tangencialmente nadie ha estado por el aborto en ninguna de las veces que hemos tocado este tema, hemos dilucidado cuestiones jurídico constitucionales, exclusivamente… Creo que este Pleno ha dado de nueva cuenta un ejemplo de lo que debe ser un debate respetuoso, inclusive frente a posiciones polarizadas absolutamente encontradas y diferentes. Ojalá esto permee el país que es lo que necesita”.
En la sesión de este jueves el Pleno continuará el análisis de este tema, al revisar la demanda que promovieron Diputados del Congreso de San Luis Potosí.
Verónica González