El Senado dio entrada a la nueva Ley de Amparo
06/10/2011 Deja un comentario
Legisladores de diversos partidos, reconocieron el avance trascendental en la materia.
“Podemos hablar sobre cuestiones jurídicas, técnicas obviamente interesantes, pero esto es transformador, revolucionaria como lo fue la reforma constitucional en materia de derechos humanos y las reformas constitucionales en los artículos 103 y 107 constitucionales”, Alejandro Zapata Perogordo, Senador PAN.
La ley secundaria, pretende generar una nueva forma de juicio de amparo y superar las limitaciones que se tenían.
“Sí es una ley complicada, revolucionaria, una ley que, los que saben, la califica bien. que genera un debate amplio, sí, porque hay muchos intereses en la ley de amparo, es muy distinto el interés del quejoso al del mismo juez, al del litigante, al de quien está en otra tesitura y tratamos de hacer una ley equilibrada”, Jesús Murillo Karam, Senador PRI.
El senador del PRD, Tomás Torres, aseguró que debido a la importancia de la reforma, no se puede precipitar la aprobación de la ley secundaria.
“Aun cuando hubiera nueva ley de amparo el martes próximo o ahora mismo, hay un plazo de seis meses. y esta ley, yo lo he dicho, es la reina madre de las leyes procesales en México, así que hay que cuidarla para preservar algo que es un patrimonio intangible y fundamental de la armonía mexicana”.
La ley actualiza el juicio de protección de los derechos humanos en México.
El amparo procede en contra de toda norma, acto u omisión de autoridad que viole los derechos humanos.
Lo podrá promover el afectado o por acciones colectivas.
Se podrán interponer amparos contra particulares cuando cometan actos equivalentes a los de autoridad que afecten derechos.
Se incrementa los plazos para la promoción del amparo de 15 a 30 días, salvo cuando impugnen normas generales autoaplicativas en que será de 45 días.
Se impone la obligación de la autoridad y de los quejosos que obtengan firma electrónica de consultar diariamente el sistema electrónico del Poder Judicial, para efecto de la notificación, entre otras.
Se establece la posibilidad para que el Consejo de la Judicatura determine la “concentración” de diversos juicios en un solo órgano jurisdiccional, cuando dos o más quejosos reclamen y aduzcan sobre un mismo acto u omisión.
Se reglamenta la posibilidad de la declaratoria general de inconstitucionalidad de una norma, con efectos generales, una vez que se hayan dictado tres sentencias en tal sentido y siempre que el Pleno de la Corte así lo determine por mayoría calificada de ocho votos.
La nueva Ley de Amparo será discutida ante el Pleno del Senado, la próxima semana.
Martha Rodríguez