Todos los ciudadanos tienen en las Reformas Constitucionales en Materia de Amparo y Derechos Humanos una herramienta extraordinaria para hacer valer sus derechos.
“Esos derechos hay que ejercerlos plenamente, que no podemos ni debemos aceptar un acto arbitrario de la autoridad que nos vulnere nuestros derechos fundamentales, que hay instancias, que la justicia está más cerca de ellos que tenemos defensoría de oficio para que ellos puedan acceder a la justicia constitucional y que con esta nueva ley de amparo y la declaratoria de inconstitucionalidad por parte de la Corte las leyes que sean inconstitucionales… ya no se le va aplicar a ningún ciudadano y entonces ya no va a haber ciudadanos de primera y ciudadanos de segunda, ciudadanos de primea que podían acceder a la justicia para que ya no se les aplicara una norma y ciudadanos de segunda los que no tuvieron acceso, hoy a todos ya no se les va a aplicar una norma inconstitucional”.
La Ministra Olga Sánchez Córdero, como juez constitucional ha vivido grandes cambios en el sistema jurídico mexicano.
En 1994 tras la reforma constitucional que dio mayores atribuciones a la Suprema Corte, ella y tres de sus colegas fueron testigos del inicio de la Novena Época del Semanario Judicial de la Federación.
Ahora, a cinco años de que concluya su periodo constitucional como ministra de la Corte, será participe en la conformación de la jurisprudencia derivada de las reformas que amplían el reconocimiento de los derechos fundamentales como nunca en la historia de México.
“Yo diría es una revolución, una revolución en materia de derechos humanos de los ciudadanos, y es una revolución en la interpretación del derecho… porque el mismo artículo 1º señala categóricamente que los juzgadores debemos interpretar este nuevo tema de derechos fundamentales, primero conforme a nuestra propia constitución, también conforme a los tratados internacionales en materia de derechos humanos y con un principio pro persona”.
En entrevista con el Canal Judicial, destacó una de las bondades de estas reformas.
El llamado control difuso, o control de la convencionalidad.
“Quiere decir que nuestros jueces de toda la República a todos los niveles van a interpretar el Tratado Internacional lo van a aplicar si es más benéfico para la personas… lo van a traer a la aplicación de los casos que están a su jurisdicción”.
Precisó que no hay confrontación entre la Suprema Corte y el Poder Legislativo por la falta de una nueva Ley de Amparo.
Señaló que los acuerdos emitidos por la Corte solo son para hacer operativo el juicio de amparo mientras se aprueba la nueva normatividad.
“No se ha creado de ninguna manera un vacío legal, ni los gobernados están en estado de indefensión ante la situación de que no hay Ley de Amparo que de un sustento a las reformas constitucionales”.
Verónica González