La SCJN reiteró que el haber de retiro de los juzgadores es una garantía constitucional
06/12/2011 Deja un comentario
Al resolver una demanda promovida por el Poder Judicial de Zacatecas, los ministros anularon
la norma que reducía hasta 80 por ciento los háberes de retiro de los magistrados.
El Ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia explicó los alcances de la sentencia.
“Reconocer la potestad del Legislativo para modificar el haber de retiro siempre y cuando lo haga respetando los atributos de esta remuneración a los servidores retirados”.
En otro juicio el municipio de San Pedro Garza García impugnó el decreto que fija los valores unitarios de suelo aprobado por el Congreso de Nuevo León.
Valores en los que se basa el cobro del impuestos sobre la propiedad inmobiliaria.
La Corte le dio la razón al ayuntamiento.
“El Congreso del Estado de Nuevo León no modificó la propuesta enviada por el Ayuntamiento actor con base en motivaciones objetivas y razonables”, Ministro Sergio Valls Hernández.
Y es que el congreso no estableció los valores unitarios de suelo en 10 de las 320 colonias que integran el municipio, por considerar que éstas eran de muy escasos recursos.
En otro asunto, los Ministros analizaron las facultades del Gobernador de Jalisco para contratar deuda pública.
Por mayoría de seis a cuatro, el Pleno consideró válida la norma que autoriza al ejecutivo estatal a contratar financiamiento adicional para la reconstrucción de infraestructura pública dañada por desastres naturales.
“Aquí básicamente lo que se está planteando es que se está llevando a cabo o permitiendo una autorización que no tiene una repercusión en el gasto que es generador de riqueza”, Ministro José Ramón Cossío Díaz.
En otro juicio, el municipio de Tlajomulco de Zuñiga demandó al congreso local porque estableció un descuento al impuesto predial, cuando la propuesta del ayuntamiento era derogar el gravamen.
La Corte determinó que el legislativo de Jalisco invadió competencias municipales.
“Esta prohibición que se establece de manera expresa para las Legislaturas de los Estados, tiene como clara finalidad el que no quede a su criterio el perjudicar las arcas municipales a través del otorgamiento de estas exenciones o subsidios”, Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.
Verónica González