La acreditación del daño moral en materia penal
19/12/2011 1 comentario
Las víctimas del delito tienen el derecho de la reparación del daño moral.
Por daño moral se entiende la afectación de sentimientos, creencias, reputación y vida privada, entre otros.
Sin embargo, en México no hay una cultura de la reparación del daño moral.
“Se piensa que me pasaron estos y estos hechos, pero no se piensa como que sufrió un daño moral”, María del Refugio González, Dir. Gral. Centro Nacional Derechos Humanos.
Durante la presentación del libro “La acreditación del daño moral en materia penal”, especialistas aseguraron que son los jueces, quienes deben promover esta cultura.
Ellos son los primeros que deben considerar la protección de la víctima.
“O también sería omisión del juez no haber condenado a la reparación del daño a pesar de habérsele dado la intervención”, Paul Martin Barba, Juez 44 Penal TSJDF.
En los códigos penales de Guanajuato y sonora ya se establecen tabulaciones para la reparación del daño moral.
Si se produce daño moral, el responsable tendrá que repararlo con una indemnización económica.
Las sentencias de la Corte Interamericana, sobre reparación del daño moral, dijeron, deben ser un ejemplo para jueces mexicanos.
Mario López Peña
me interesa saber mas sobre el daño moral, donde puedo encontrar mas información, sobre este tema, y ante cual instancia se solicita la protección de la victima.