Cómo cuidar el aguinaldo

El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo es muy claro.

Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual, que deberá pagarse antes del 20 de diciembre, equivalente a por lo menos, 15 días de salario.

Los que no hayan cumplido el año de servicio, independientemente de que se encuentren laborando o no, tienen el derecho a que se les pague la parte proporcional.

Si bien es cierto que el objetivo de esta gratificación consiste en ayudar al trabajador a solventar los compromisos de navidad y fin de año, no es recomendable ponerlo a merced de cualquier gasto.

Época en que las ofertas están a la orden del día, productos novedosos y típicos de la fecha, lo que significa una fuerte tentación.

Pero entonces: ¿Cómo cuidarlo?

Estas son algunas recomendaciones de expertos en finanzas:

Más que evitar gastarse el dinero, lo importante es aprender a controlar compras impulsivas.

Comparar precios, estrategia que reducirá gastos excesivos.

Reservar una parte del aguinaldo para liquidar o reestructurar deudas.

Darle prioridad a lo importante y urgente.

Hacer una lista, estimando cuánto gastar en cada obsequio.

Apegarse al pie de la letra a la lista de compras de las cenas de navidad y año nuevo.

Usar tarjetas de crédito con serenidad.

Siempre exigir recibo y factura.

Solicitar garantía por escrito.

Y al final, pero no menos importante, ahorrar.

Siguiendo estas sencillas recomendaciones, que exigen fuerza de voluntad, tendrá felices fiestas y evitará pedir prestado en la cuesta de enero.

Oscar González

México exporta alrededor de 25 millones de tallo de Nochebuena

La Nochebuena es una flor cien por ciento mexicana que sólo se da en invierno, por ello es característica de la Navidad.

A nivel mundial, se encuentra entre las diez especies en maceta más vendidas.

“El Distrito Federal es uno de los principales productores de Nochebuena, este año estamos estimando la producción en alrededor de 3 millones de plantas lo cual nos va a significar o les va a significar a los productores un ingreso aproximado de unos 90 millones de pesos”, Carlos Arroyo, Delegación de SAGARPA en el DF.

Otros estados también cultivan la Nochebuena como Jalisco, Morelos, Michoacán, Puebla y Veracruz.

Se estima que a nivel nacional se producen 20 millones de Nochebuenas, lo que deja una derrama económica a los productores, por arriba de los 600 millones de pesos.

Existen más de 60 variedades de Nochebuena, de diferentes tamaños.

“Realizan una pigmentación sus brácteas, es decir, durante determinado tiempo, el proceso hay que manejarles una nutrición y un proceso adecuado para que las hojas verdes pinten a rojo… Eso se hace en los invernaderos, los cuidados es controlarle la intensidad luminosa, cortarle el día y largándole la noche, se le tapa principalmente con plásticos negros para que no le dé luz de día”, Erik Martínez, Productor de Xochimilco.

México exporta alrededor de 25 millones de esquejes o tallo de Nochebuena principalmente a Alemania, Canadá, China, Estados Unidos, Francia, Holanda, Japón, Kenia, Suecia y Vietnam.

Los productores recomiendan colocar las plantas donde haya suficiente luz natural, evitar corrientes de aire y calor excesivo, regarlas y no romper las ramas.

Martha Rodríguez.

En 2012 las elecciones se realizarán con vacíos legales denunció investigador de la UNAM

La elección federal de 2012, será un proceso complejo, debido a que el Poder Legislativo no cumplió con su tarea, afirmó el catedrático, Lorenzo Cordova.

“El catálogo de normas que debieron de haberse revisado o creado ex profeso es largo, tenemos una ley de derecho de réplica que no existe, más bien no tenemos una ley de derecho de réplica, no tenemos un catálogo o una ley reglamentaria del artículo 134 para normar lo que hace a la prohibición del uso de propaganda gubernamental para incidir en los procesos electorales”.

Vacíos legales que tendrán que ser subsanados por la autoridad electoral, para garantizar la equidad en la próxima contienda presidencial.

“Porque donde hay una falta de normas será el IFE a través de su capacidad reglamentaria, sobre todo el Tribunal Electoral a partir de la interpretación que tendrá que irlos subsanando y marcando digamos así, los códigos de comportamiento de los actores políticos de cara a la elección”.

Estimó que será una elección muy competida, con solo 3 candidatos, mismos que tendrán que centrar su oferta política en los problemas que aquejan al país y la manera de resolverlos, para que los ciudadanos acudan a las urnas.

“Me parece que el país atraviesa un momento o momentos muy complejos, hay distintos tipos de dilemas el de la inseguridad, la situación económica, los datos que revelan todavía una profunda desigualdad y una gran pobreza que deberían hacer que este proceso electoral pudiera ser asumido como un momento para discutir y repensar el país”.

Puntualizó que por primera vez, la campaña presidencial solo durará 90 días y se estrenará el sistema de comunicación política en medios electrónicos, administrado por el IFE.

José Luis Guerra García

La Segunda Sala resolvió amparo sobre instalación de antenas de telefonía celular

La Sala concedió amparo a comunicaciones Nextel de México e Inversiones Nextel de México, en contra del plan director de desarrollo urbano del municipio de Culiacán, Sinaloa, que impide la instalación de antenas de telefonía celular en zonas urbanas habitacionales y comerciales, haciendo extensiva la concesión del amparo a los actos de aplicación.

En abril de 2007 las empresas citadas solicitaron el amparo y protección de la justicia federal contra diversas autoridades del municipio de Culiacán, Sinaloa.

Esto por la expedición, promulgación y orden de publicación del plan director de desarrollo urbano, que aplica una tabla matriz de compatibilidad de usos y destinos del suelo, relacionada con la instalación de antenas de telefonía celular.

El 24 de septiembre de 2010 el juzgado de distrito emitió sentencia y se planteó la inconformidad de las empresas a través de un recurso de revisión en el que señalaron que el plan director de desarrollo y la tabla matriz, afectan vías generales de comunicación y que ello implica que el municipio de Culiacán está invadiendo una competencia federal, por legislar sobre un tema que corresponde exclusivamente al Congreso de la Unión.

En el recurso de revisión establecieron que la prohibición de instalar antenas de telefonía celular impide la construcción de redes públicas de telecomunicaciones que permitan cerrar el circuito y/o tener cobertura de ese servicio en el centro de Culiacán, y que si bien cierto que el municipio está facultado para determinar y prohibir los usos de suelo, también lo es que la prohibición no puede impedir la prestación de un servicio concesionado.

La Sala estableció que frente al desarrollo urbano está la necesidad de prestar los servicios públicos concesionados cuidando al momento de zonificar, que la prohibición de instalación de antenas de telefonía celular no incida en la prestación de un servicio en el que se encuentre involucrado un bien de la nación como lo es el espectro radioeléctrico.

José de Jesús Cruz Sibaja

La Primera Sala de la Corte negó amparo al periódico La Jornada

En litigios entre medios de comunicación la libertad de expresión está por encima del derecho al honor y la buena reputación.

Por cuatro votos a uno, la Primera Sala de la Corte negó un amparo al periódico La Jornada en el litigio en contra de la revista Letras Libres.

En el 2004 la revista publicó un artículo en el que calificó al periódico de cómplice del terrorismo por el convenio que hizo con una publicación española que, según la revista, pertenece al brazo político del grupo terrorista vasco ETA.

La Jornada solicitó a la revista que probara su dicho o se retractara… Al no obtener respuesta, la demandó por daño moral.

La Primera Sala de la Corte determinó que tratándose de dos medios de comunicación se debe privilegiar la libertad de expresión.

“En una democracia más vale correr el riesgo de los abusos a que los jueces nos convirtamos en sensores de la palabra y en vigía de los medios de comunicación”, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Ministro Presidente 1ª Sala.

“Hay que admitir que las expresiones analizadas son de suyo fuertes y graves sin embargo esta calificación no las convierte en sí mismas en violatorias del derecho al honor”, Ministro José Ramón Cossío Díaz,

“La circulación de las ideas de las opiniones es condición indispensable para el buen funcionamiento de esta democracia”, Ministra Olga Sánchez Cordero.

“Nuestra constitución federal reconoce una gran cantidad de derechos fundamentales pero también debemos ser conscientes de que ninguno de ellos puede tener el carácter de absoluto”, Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.

Uno de los ministros objetó el criterio de la mayoría.

“Expresamente dice que la Jornada está al servicio de un grupo de asesinos hipernacionalistas esto no es otra cosa sino una opinión que desacredita al periódico La Jornada al acusarla de servir a un grupo de asesinos de ahí que el calificativo de cómplice si implica atribuirle una conducta ilícita”, Ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia.

En opinión de la mayoría, la constitución no reconoce el derecho al insulto, pero tampoco prohíbe las expresiones indecentes, escandalosas o simplemente contrarias a las creencias y posturas de las mayorías.

“Eso no significa que esta Suprema Corte editar comparta manifestaciones o los juicios expresados por la revista Letras Libres, lo que se sostiene es que constitucionalmente tiene el derecho a emitirlos nada más pero nada menos”, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Ministro Presidente 1ª Sala.

Verónica González

Vigente decreto de Apagón analógico

El Pleno de la Suprema Corte no alcanzó la mayoría de ocho votos, necesaria para anular el llamado Apagón analógico decretado por el Presidente Felipe Calderón.

“En ese caso, pues no se estaría validado el Decreto por parte de la Suprema Corte, pero tampoco estaría invalidado, simplemente se desestima y el asunto se archiva”, Ministra Olga Sánchez Cordero.

Así que en el 2015 se concretará la transición de la televisión análoga a la digital.

El Senado demandó al Ejecutivo Federal por considerar que invadió competencias exclusivas de la Comisión Federal de Telecomunicaciones.

Siete ministros coincidieron con este argumento.

“En la lógica que llevamos varios años construyendo este País y la hemos reiterado en varios casos, las Comisiones, ésta, y otras Comisiones, se han creado para efectos de separar del ejercicio político, el manejo técnico de las o determinadas actividades”, Ministro José Ramón Cossío Díaz.

Señalaron que la COFETEL es un organismo desconcentrado que goza de autonomía técnica y operativa.

“Implica poner realmente en juego la autonomía de los órganos reguladores del Estado Mexicano, la cual, desde mi punto de vista, con una decisión que validara este Decreto, pues desaparece de facto no sólo para la COFETEL sino para los otros órganos reguladores, lo que me parece extraordinariamente grave”, Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

Desde otra perspectiva se dijo que la digitalización forma parte de las políticas públicas que le corresponden al Presidente de la República.

“COFETEL, en uso de sus facultades no puede modificar una política pública establecida por el Ejecutivo, ni coordinar actividades de las Secretarías de Estado”, Ministro Sergio Aguirre Anguiano.

“Yo no creo que una norma de ley secundaria pueda amputar al Presidente de la República esta facultad constitucional”, Ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia.

“No puede entenderse como un impedimento para que el Ejecutivo Federal implemente programas o políticas públicas concretas en esa materia, pues si así lo sostenemos se pasaría por alto lo establecido en la propia Constitución”, Ministro Sergio Valls Hernández.

Consideraron que la transición a la televisión digital exige tomar en cuenta valores constitucionales y no solamente cuestiones técnicas.

“Corresponde al Ejecutivo Federal dictar las políticas púbicas en materias estratégicas, y esta materia, este tránsito de analógico a digital de este servicio lo es y no puede desconocerse esta importancia que tiene para el orden nacional lo que implica el llamado “apagón analógico” es un concurso que al emitir el Decreto impugnado”, Ministro Presidente Juan Silva Meza.

De acuerdo con la ley para anular una norma en una controversia constitucional es necesaria una mayoría calificada de ocho votos, como en este caso no se obtuvo esta votación, el decreto impugnado continuará vigente.

Verónica González