La sesión de este jueves la presidió el Ministro Decano del Tribunal Constitucional
26/04/2012 Deja un comentario
La sesión de este jueves la presidió el Ministro Decano del Tribunal Constitucional.
La compañía comercializadora Super Express promovió un amparo en contra de diversas disposiciones de la ley del impuesto al activo.
El tribunal colegiado que revisó este juicio lo envió a la Corte.
«Pues consideró que existe una posible antinomia entre el Tribunal Pleno y la 1ª Sala respecto a la construcción de argumentos de constitucionalidad», Ministro Sergio Aguirre Anguiano.
Los ministros descartaron que exista una contradicción de criterios sobre la procedencia del amparo contra leyes.
Esta es la tesis que sostiene el Pleno.
«Se determinó que el problema de constitucionalidad se debe construir a partir de confrontar la Ley de que se trate frente al precepto constitucional», Ministra Olga Sánchez Cordero.
El criterio de la Primera Sala se refiere a una situación distinta.
La inconstitucionalidad de una ley se puede derivar de la contradicción con otro ordenamiento de igual jerarquía, cuando genera inseguridad jurídica.
Por unanimidad, el Pleno decidió devolver este juicio al tribunal colegiado para que dicte sentencia.
En otro juicio el Pleno analizó los argumentos del ex secretario administrativo del Instituto Electoral del Distrito Federal.
En el 2009, tras asumir este cargo le fue iniciado un procedimiento administrativo, ya que previamente había ocupado otro puesto en la administración pública y esto está prohibido en la ley.
El ex funcionario fue inhabilitado por once años y se le impuso una multa de 840 mil pesos.
Se inconformó ante el Tribunal Electoral del Distrito Federal, quien confirmó la sanción.
Entonces promovió un amparo y el tribunal colegiado le dio la razón.
El Contralor del Instituto Electoral del Distrito Federal interpuso un recurso de revisión y el asunto llegó a la Corte.
La Ministra Margarita Luna Ramos propuso desechar el juicio porque en materia electoral no procede el amparo.
«Si bien es cierto que no tiene voto dentro del Consejo lo cierto es que si tiene voz y suple en las ausencias al secretario ejecutivo… Se trata de un funcionario que está involucrado dentro de los órganos que integran órganos electorales», Ministra Margarita Luna Ramos.
Uno de sus colegas coincidió.
«Si vemos el Código Electoral del Distrito Federal en su artículo 88 dispone que el Instituto Electoral se integra, conforme a su estructura, y dice expresamente, por el Secretario Administrativo», Ministro Fernando Franco González Salas.
La mayoría en el Pleno rechazó estos argumentos.
«No podría entender cuál es el derecho político-electoral que se le va a violar a un funcionario por el hecho de que se le sancione», Ministro José Ramón Cossío Díaz.
«Esta resolución que se impugna no tiene carácter electoral, es una sanción administrativa», Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea
«Si ahora sostenemos que no es procedente el amparo pues desde luego esta persona quedaría en estado de indefensión porque ya no estaría en tiempo para promover un juicio de derechos político-electorales», Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.
Por mayoría de siete a dos el Pleno decidió desechar el proyecto de dictamen elaborado por la Ministra Luna Ramos y que sea la Segunda Sala de la Corte la que resuelva en definitiva este caso.
Verónica González