La Corte decidirá quién debe resolver los juicios en los que militares cometen delitos contra civiles
06/08/2012 Deja un comentario
La Corte decidirá quién debe resolver los juicios en los que militares cometen delitos contra civiles.
“Se somete a su consideración el proyecto relativo al conflicto competencial 38/2012 suscitado entre el Juzgado 5º de Distrito en Morelos y el Juzgado 5º Militar adscrito a la 1ª región militar”, Rafael Coello Cetina, Srio. Gral. Acuerdo SCJN.
El coronel José Guadalupe Arias, ex Comandante del Vigésimo Primer Batallón de Infantería, en Morelos encubrió el homicidio de un joven a manos de dos militares.
El coronel fue consignado ante el Juzgado Quinto Militar por su presunta responsabilidad en la desaparición, homicidio e inhumación clandestina del civil.
Pero el juez militar declinó su competencia porque ese día, el 1º de mayo de 2011, el coronel no estaba en servicio.
Por lo tanto, el caso fue remitido al fuero común, pero el juez de distrito tampoco se consideró competente y el asunto llegó a la Corte.
La Ministra Olga Sánchez Cordero señaló que el caso debe resolverse en tribunales civiles.
Pero no con base en el criterio derivado del Caso Radilla, en el que se dijo que los militares que cometan delitos contra ciudadanos deben ser juzgados por tribunales del fuero común.
“Para que esta hipótesis se actualice se requiere necesariamente que se esté realizando alguna labor inherente al trabajo que usualmente se desempeña, no a un elemento de pertenencia tal… Quedó de manifiesto que ese día de la comisión del delito que se le atribuye, estaba disfrutando de la franquicia otorgada con motivo del día feriado”.
En el Pleno hubo diversas opiniones.
“Para mí el tema fundamental se resuelve en términos de la Constitución, insisto, porque la propia Corte Interamericana determinó la validez del parámetro de Constitucionalidad establecido en el artículo 13 de nuestra Constitución”, Ministro José Ramón Cossío Díaz.
“Se trata de interpretar que en estos casos como éste, el análisis de la legislación secundaria permite excluir del conocimiento de la justicia militar este tipo de delitos cometidos por quienes aún perteneciendo al ejército, no están en servicio y eso lo dice el propio Código de Justicia Militar”, Ministro Luis María Aguilar Morales.
Por esto algunos ministros, consideraron que no existe conflicto competencial.
“Lo primero que hay que hacer es determinar, ¿estamos o no en un conflicto competencial? En mi opinión no lo hay, pero dado el tiempo que tiene el asunto creo que deberíamos resolver por economía procesal”, Ministra Margarita Luna Ramos.
Desde otra perspectiva a partir de este caso si se pueden fijar los límites del fuero militar.
Y es que, hay quienes consideran que el Coronel de Infantería, si actúo como un militar en servicio.
“El no tener uniforme para un militar dentro de instalaciones militares lo libera o determina fuero del servicio militar? Pues yo pongo en duda esta situación yo los he visto con sudaderas, con overoles y son militares que están en funciones dentro de un cuartel”, Ministro Sergio Aguirre Anguiano.
“Si el caso es que la mayoría considerara que estamos en presencia de un delito cometido por militar que afecta a civiles pues es la aplicación de los criterios del caso Radilla”, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
El Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo destacó que el proyecto de dictamen no consideró un detalle importante del juicio.
Contra este auto se interpuso un amparo, que fue concedido para los siguientes efectos.
“Uno que queda insubsistente el auto de formal prisión que dicto juez militar; dos que los hechos no corresponde al fuero militar y tres, que estudie una figura típica, pero no el de justicia militar, sino de la ley que resulte aplicable y cuatro que plantee competencia al juez de distrito correspondiente”.
En este escenario algunos ministros señalaron que el juicio podría quedar sin materia, pero la mayoría rechazó esta posibilidad.
“No tiene caso este replanteamiento ni afecta la cosa juzgada si la Corte va a decidir qué juez es el competente y puede ser uno distinto de los que se han negado a conocer del proceso penal”, Guillermo Ortiz Mayagoitia.
“Yo coincido con el ministro Ortiz Mayagoitia, subsiste el tema, ya no estamos en el tema de justicia militar o civil, sino si se trata de justicia federal o local, eso es lo que estaríamos ubicando”, Ministro Presidente Juan Silva Meza.
Con los criterios que establezca la Corte al resolver este caso, se establecerá jurisprudencia para resolver 28 juicios de amparo relacionados con el fuero militar.
El análisis de este asunto continuará en la sesión de este martes.
Verónica González