La Suprema Corte inició el análisis del segundo caso sobre fuero militar
13/08/2012 Deja un comentario
Se trata de un conflicto de competencia entre el Juzgado 7º de Distrito, en Michoacán y el Juzgado Militar adscrito a la Quinta Región Militar.
Tres militares en activo están acusados de falsedad en declaraciones judiciales en su modalidad de simulación de pruebas.
Ya que sembraron droga en el vehículo de una mujer y trataron de inculparla.
Este delito no está contemplado en el Código Penal Militar, y en estos casos la Constitución señala que debe ser la justicia ordinaria la que resuelva.
“Se arriba a esa conclusión tomando en cuenta la naturaleza de esos delitos, los bienes jurídicos lesionados, que son la administración de la justicia y la alteración de la verdad”, Ministra Olga Sánchez Cordero.
“Correspondiendo a un Juez de Distrito de procesos penales federales el conocimiento de la misma por involucrar un delito del orden federal”, Ministro Sergio Valls Hernández.
La semana pasada el Pleno determinó que cuando se afecten derechos de civiles los juicios se resolverán en tribunales federales.
En opinión de algunos ministros en el caso concreto no se da este supuesto.
“Aquí lo que pasó es que la señora que estaban tratando de involucrar le devolvieron sin rechistar su vehículo, aquel en donde habían sembrado marihuana pero jamás dijo esta persona haber sido sujeto pasivo de un delito”, Ministro Sergio Aguirre Anguiano.
“La actuación podría considerarse hecha con la finalidad inmediata y específica de afectar la credibilidad la situación jurídica y aún la libertad de personas civiles que aún en ese sentido se convierte en víctimas directas de dicha actuación”, Ministro Luis María Aguilar Morales.
“Lo que hace el agente del ministerio público militar, lo que hace es que ejerce acción penal en contra de los militares, pero ya no porque comentan delito en contra de civiles, sino porque están cometiendo un delito de engaño dentro de un procedimiento penal”, Ministra Margarita Luna Ramos.
Otros argumentos destacan que el criterio de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, del que se derivó la discusión sobre el tema del fuero militar, no sólo se refiere a los casos en que se violen derechos de civiles.
“Creo que no están desvinculados en la Sentencia del caso Radilla los dos argumentos, sino que están estrechamente vinculados, es decir que no se afecte al orden o disciplina militar y además que haya afectación a derechos humanos de individuos identificados perfectamente como víctimas”, Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.
“Pareciera que está no es la única modalidad, vamos es una, pero la otra y está es también en los casos relacionados con bienes jurídicos castrenses o estrictamente lo relacionado con la disciplina militar como dice el 13 constitucional”, Ministro Presidente Juan Silva Meza.
El análisis de este juicio continuará en la sesión de este martes.
Verónica González