El Tribunal Constitucional estableció hoy un nuevo límite al fuero militar
14/08/2012 Deja un comentario
Cuando los delitos cometidos por integrantes de las Fuerzas Armadas no afecten el orden militar; aunque no estén involucrados civiles, serán juzgados por tribunales ordinarios.
“El tema es no que haya una víctima formalmente conceptualizada desde el punto de vista penal, sino que haya afectación a derechos humanos de individuos ajenos a las fuerzas armadas”, Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.
La semana pasada el Pleno determinó que cuando los militares cometan delitos contra civiles, los jueces federales serán competentes para resolver estos juicios.
“Cuando esta situación se presente en automático, cuando haya víctimas y se lesionen sus derechos humanos en automático conoce la justicia ordinaria, la justicia civil”, Ministro Presidente Juan Silva Meza.
Ambos criterios se establecieron al resolver dos conflictos competenciales entre juzgados militares y civiles.
Este martes, la Corte determinó que el Juez 7º de Distrito en Materia Penal de Michoacán resolverá el caso de tres militares acusados de falsedad de declaraciones judiciales en su modalidad de simulación de pruebas.
“En el presente caso el juez militar carece de competencia jurisdiccional por razón de fuero para conocer de los hechos presuntamente delictivos que se atribuyen a los militares en cuestión… esto es que se surte la competencia a favor del juez federal”, Ministra Olga Sánchez Cordero.
En este caso, los militares sembraron un paquete con tres kilos de marihuana en el vehículo de una mujer y trataron de inculparla.
Dos ministros consideraron que debía ser resuelto por la justicia castrense porque no había víctimas civiles.
“Para exculparse cuando todo indicaba que ellos podían tener participación en delito contra la salud no nada más dijeron esta boca es mía, con clamor hicieron todo lo que pudieron y ofrecieron pruebas”, Ministro Sergio Aguirre Anguiano.
Señalaron que los civiles no inculparon a los militares, la mayoría rechazó este argumento.
“La investigación se originó con motivo de la denuncia presentada por los particulares afectados por la falsedad de las declaraciones de los sujetos activos”, Ministro José Ramón Cossío Díaz.
“La jurisdicción es de un Juez Civil u ordinario porque los delitos que se cometen no son delitos del orden militar”, Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
Por mayoría de ocho a dos, la Corte determinó que en este caso los militares atentaron contra la administración y procuración de justicia.
El criterio que estableció el Pleno señala que el fuero de guerra es excepcional y restrictivo.
La justicia militar sólo puede resolver los casos que atenten contra la disciplina militar; como la deserción, la insurrección o la insubordinación.
En la sesión de este martes el Pleno de Ministros inició el análisis de un Juicio de Amparo promovido por familiares de un hombre que perdió la vida a manos de un militar.
En 2009 durante una inspección en un retén militar en Guerrero, el chofer de un autobús arrancó sin escuchar las órdenes de los militares, quienes abrieron fuego, hiriendo de muerte a Bonfilio Rubio.
La justicia militar lo condenó por homicidio culposo, pero los familiares de Bonfilio interpusieron un amparo para que sea la justicia ordinaria la que dicte sentencia.
En el Pleno está a debate el derecho de las víctimas para promover estos juicios.
“Se le está dando en este artículo 20 una nueva connotación a la víctima y al ofendido, pero tomando en consideración el nuevo sistema penal acusatorio, no para el sistema que se está llevando a cabo en este juicio… Y en este caso con mayor razón porque ni siquiera es la víctima ni el ofendido, es el padre y el hermano el que vienen”, Ministra Margarita Luna Ramos.
“La CIDH ha entendido que esta protección al recurso idóneo incluye a las victimas materiales del delito porque en muchas ocasiones como el caso que nos ocupa es imposible que ellas acudan o porque fueron privadas de la vida o porque como en el caso Rosendo Radilla hubo una desaparición forzada”, Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
El análisis de éste y 27 juicios más continuará en la sesión del próximo jueves.
Verónica González