TEPJF modifica cómputos
24/08/2012 Deja un comentario
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió 349 juicios de inconformidad que interpuso la Coalición Movimiento Progresista, impugnando los cómputos de la elección presidencial en 293 distritos.
Los juicios fueron acumulados en 293 proyectos. En 68 casos se confirmaron los cómputos distritales, en 225 se modificaron al detectarse errores y por la anulación de la votación recibida en 524 casillas, por actualizarse alguna de las 11 causales de nulidad.
Dichas casillas representan apenas el 0.37 por ciento del total de las casillas instaladas el día de la elección.
“Cantidad que es completamente menor al 25 por ciento pues exigido por la ley, de ahí que en cumplimiento a las reglas otorgadas por el legislador, no se actualiza el referido supuesto legal de nulidad de la elección”, Pedro Esteban Penagos, Magdo, Sala Superior TEPJF.
Los magistrados indicaron que realizaron una revisión detallada de todos los planteamientos que hizo la coalición actora, en los que pedía anular la votación recibida en más de 104 mil casillas
Argumentos que en la mayoría de casos, no fueron acompañados de las pruebas que demostraran los ilícitos denunciados.
“Además solicitaron que se declarará la nulidad de la votación recibida en 33,665 casillas y de eso se trata la sesión de hoy de dar respuesta puntual, de estudiar y resolver cada una de las demandas promovidas por la coalición y los partidos actores y contestar conforme a derecho la totalidad de las peticiones de nulidad de la votación recibida en casillas”, María del Carmen Alanis Figueroa, Magda, Sala Superior TEPJF.
Indicaron que la prioridad en estos casos, fue proteger la voluntad ciudadana expresada en las urnas.
“Finalmente, llegamos a privilegiar un principio que es constitucional, el principio de que el voto debe ser emitido con base en la población, un ciudadano, un voto es precisamente lo que se reduce la democracia en nuestro país”, Manuel González Oropeza, Magdo, Sala Superior TEPJF.
“Debe resaltarse que frente a la gran labor ciudadana, las irregularidades detectadas en casilla, por esta instancia jurisdiccional han sido ponderadas y corregidas a través de estas resoluciones emitidas antes del plazo establecido en el artículo 58 de la ley general de medios de impugnación en materia electoral”, José Alejandro Luna Ramós, Magdo, Presidente Sala Superior TEPJF.
Puntualizaron que se ha dado un paso más en el proceso jurisdiccional para dar legalidad a la elección presidencial.
“De ahí de que en esta primera parte lleguemos a la conclusión de que no se concreta ninguno de los supuestos del artículo 77 bis de la ley general del sistema de medios de impugnación, no hemos revisado la última parte que forma también un apartado de la calificación final de la elección presidencial”, Flavio Galván Rivera, MAGDO, Sala Superior TEPJF.
Con ello el Tribunal ya ha resuelto 377 de los 378 juicios de inconformidad promovidos en contra de los resultados de la elección presidencial, quedando pendiente el recurso en el que se pide la nulidad de dicho proceso por la aparente violación de principios constitucionales.
José Luis Guerra García