TEPJF – Elección de Yucatán
12/09/2012 Deja un comentario
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, resolvió que se apega a derecho, la resolución que declaró válida la elección de gobernador en Yucatán y la entrega de la constancia de mayoría y al candidato ganador, Rolando Zapata Bello.
Los magistrados indicaron que el PAN, quien pedía invalidar dicha elección, no demostró los aparentes actos anticipados de campaña en los que incurrió el candidato ganador.
Ni tampoco, la supuesta violación a principios constitucionales, motivo por el cual, confirmaron la resolución de la autoridad electoral de Yucatán.
“Aún de acreditarse la causa hecha valer por el actor en mí opinión, esta solo daría lugar a una sanción administrativa en contra del entonces candidato y en su caso de los partidos políticos que lo postularon, pero los actos denunciados, además de no haber sido acreditados, no serían de una envergadura suficiente para castigar a los electores, que son precisamente las víctimas de la anulación de su voto”, Manuel González Oropeza, Magdo, Sala Superior TEPJF.
“Para aplicar la sanción máxima a un proceso comicial que es la invalidez o la nulidad de una elección, deben de tenerse por acreditadas, primero las irregularidades, después para valorar su impacto en su caso, en la elección en su conjunto de no ser así, pues tiene que confirmarse, determinarse la validez de una elección y tutelar el voto legal emitido por más de un millón de ciudadanos”, María del Carmen Alanis Figueroa, Magda, Sala Superior TEPJF.
“El juicio de revisión constitucional es de estricto derecho, por regla general no hay suplencia de la queja, no obstante ello, no obstante ello, en el proyecto se es exhaustivo en analizar todos los argumentos que expresan los actores”, Pedro Esteban Penagos, Magdo, Sala Superior TEPJF.
El candidato ganador asumirá el cargo el próximo primero de octubre.
En otro asunto, la Sala Superior confirmó la multa por 61 mil 500 pesos, que impuso el IFE a la agrupación Movimiento Indígena Popular por la colocación de espectaculares en los que le daban las gracias a Josefina Vázquez Mota por participar en la elección presidencial.
“La sanción encuentra sustento en que la agrupación política difundió propaganda sin mediar acuerdo de participación con partido político alguno, lo que se traduce ciertamente en una violación al principio de equidad de la contienda”, José Alejandro Luna Ramos, Magdo, Presidente Sala Superior TEPJF.
En esta sesión el Tribunal resolvió 697 medios de impugnación, destacando la multa que impuso el IFE al partido Movimiento Ciudadano por 532 mil pesos, por las irregularidades detectadas en su informe de gastos de precampaña.
Además ordenaron al IFE investigar si Marcelo Ebrard realizó propaganda a favor de López Obrador a través de la difusión de un promocional.
José Luis Guerra García