Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México
19/10/2012 Deja un comentario
Entró en vigor la adición de los párrafos segundo y tercero del artículo 63 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México y el cambio al artículo 299 bis del código financiero de esa entidad, que garantiza al Poder Judicial Local, que su presupuesto anual no podrá ser inferior al 2 por ciento de los ingresos ordinarios de la entidad.