Nueve pensionados del IMSS impugnaron las reglas para exentar del pago del Impuesto Sobre la Renta
06/11/2012 Deja un comentario
Nueve pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social impugnaron las reglas para exentar del pago del Impuesto Sobre la Renta.
El Congreso de la Unión determinó que sólo las pensiones y jubilaciones cuyo monto diario no exceda 15 veces el salario mínimo estarán libres del gravamen.
En cinco juicios de amparo, los quejosos argumentaron que esto viola el principio de equidad tributaria y diversos tratados internacionales.
Al presentar su proyecto de dictamen la Ministra Olga Sánchez Cordero propuso a sus colegas suplir la deficiencia de la queja, es decir, corregir la demanda de los pensionados.
“Pertenecen a un sector social vulnerable y es en función de tal circunstancia que la suplencia contenida en los proyectos busca asegurarles la máxima protección constitucional”.
La Ministra basó sus argumentos en el principio pro persona y en los derechos laborales de los quejosos.
“Yo creo que sí, aunque no por las razones que se invocan en el proyecto… No porque se trate de un asunto laboral sino porque se trata de una prestación social donde se está ordenando un supuesto descuento que en principio podría vulnerar la Constitución”, Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
El Ministro José Ramón Cossío Díaz expuso la primera objeción.
“Se nos tendrían que dar la razones por las cuales el principio pro persona permite levantar una especie de velo y ver cuál es la condición de cada una de las personas que tributan… A final de cuentas los jubilados también reciben beneficios del gasto público”.
Y es que la jurisprudencia de la Corte señala que en materia fiscal no procede suplir la deficiencia de la queja.
“Esto sería altamente delicado porque cualquier sujeto subordinado que tenga un problema de carácter fiscal podría alegar que es trabajador y como tiene que ver con su salario entonces hay que suplirles la deficiencia de la queja”, Ministro Fernando Franco González Salas.
Algunos ministros rechazaron la idea de que los jubilados y pensionados sean un grupo vulnerable.
“Hay ciertamente muchísimos pensionados y jubilados que reciben pensiones abundantes o por lo menos suficientes para una subsistencia muy buena”, Ministro Luis María Aguilar Morales.
Tras un intenso debate, por mayoría de nueve a dos el Pleno rechazó la idea de suplir la deficiencia de la queja.
“Bueno, como hay una abrumadora mayoría en contra de este considerando pues bastará con eliminar de los proyectos los considerandos que se desarrollaron y que no fueron expresamente planteados”, Ministra Olga Sánchez Cordero.
Los quejosos impugnaron porque la ley da un trato diferenciado a los pensionados y jubilados civiles frente a los militares retirados.
En su opinión esta diferencia está injustificada y viola el principio de equidad.
“Los recurrentes busca que se les otorgue un beneficio que está previsto en una ley que por su propia naturaleza está dirigida a los miembros de la milicia nacional”, Ministro Sergio Valls Hernández.
“Conceder el amparo sería casi como extender leyes militares a los civiles otorgándoles un privilegio que ellos no tienen”, Ministro Luis María Aguilar Morales.
“Me parece que resulta un tanto forzada la comparación en cuanto al tema de equidad”, Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.
“Yo creo que estamos en un caso estrictamente tributario y en un caso así tenemos que comparar la condición tributaria de los sujetos que están presentes en este caso… Que la razón por la cual exentaba a los militares era el estado de precariedad de ellos, esto no me parece que sea una razón objetiva para generar en materia tributaria regímenes diferenciados entre personas que han estado contribuyendo en igualdad de condiciones”, Ministro José Ramón Cossío Díaz.
El análisis de los cinco juicios de amparo continuará en la sesión del próximo lunes.
Verónica González