Distinguidos Presidentes de Cortes Supremas, Constitucionales y Regionales reunidos el día de hoy.
Estimados colegas y amigos:
Quiero extender mi agradecimiento a cada uno de ustedes por su presencia en este importante foro de diálogo transcontinental que fortalece el compromiso con una auténtica cooperación jurídica internacional a favor de los derechos humanos.
Esta cumbre, organizada por la Suprema Corte de Justicia de México y mi Oficina, sin duda representa, una oportunidad privilegiada para reflexionar sobre el papel que el poder judicial, especialmente las Cortes Supremas, desempeñan en la protección de los derechos humanos.
Me dirijo a ustedes brevemente a través de este medio, sin embargo, habiendo sido juez hay mucho más que me gustaría comentarles.
Encontrarán una versión completa de esta presentación en el documento preparado para esta Cumbre.
Como todos ustedes saben, tomando como punto de partida la declaración Universal de Derechos Humanos las Naciones Unidas ha desarrollado un importante sistema de protección de derechos humanos, que ha provisto un espacio continuo para la interacción entre los distintos sistemas de protección, tanto nacionales como regionales.
Este sistema universal de protección de derechos humanos incorpora importantes desarrollos jurídicos concretados en los tratados y en las diferentes interpretaciones, recomendaciones y jurisprudencias desarrolladas por órganos de tratados y mecanismos no convencionales, como los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos.
Los poderes judiciales de los Estados miembros de las Naciones Unidas, y, en especial sus magistrados supremos y constitucionales, encuentran dentro del sistema universal, un punto de referencia para la definición del contenido y el alcance de los derechos humanos que tienen responsabilidad de proteger.
Los mecanismos regionales de derechos humanos desempeñan un papel clave en el fortalecimiento de la protección de los derechos humanos, pues han desarrollado jurisprudencia y políticas, que contextualizan los estándares internacionales, y en muchos casos, han avanzado significativamente, ofreciendo una protección aún mayor.
Estimados colegas, un entendimiento común y global de los derechos humanos y de las libertades fundamentales contenidas en la Declaración Universal de Derechos Humanos sólo puede ser alcanzado cuando los Estados armonicen sus constituciones y leyes con el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y establezcan jurisprudencias acordes que busquen la mayor protección posible para el individuo.
Este objetivo exige que los jueces asuman el papel de garantes de los derechos humanos.
De hecho, los jueces actúan como defensores de derechos humanos cuando ejercen sus funciones de manera independiente e imparcial defendiendo los derechos humanos de la las víctimas.
Un ejemplo de valentía y de compromiso con los derechos humanos es el de la Juez Stella Jara de Colombia.
En junio del 2010, esta juez sentenció a un coronel a 30 años de prisión por la desaparición de 11 personas 25 años antes.
Su fallo fue un paso histórico en la lucha contra la impunidad, a pesar de haber sufrido varias amenazas como resultado de su excelente trabajo y de sus inspiradoras jurisprudencias.
Esto destaca lo necesario que es la independencia e imparcialidad en el poder judicial para la protección de los derechos humanos.
En incontables ocasiones, jueces de cortes superiores se han conducido con independencia e imparcialidad para proteger los derechos humanos, salvaguardando el Estado de Derecho ante una falta de entendimiento u oposición por las fuerzas políticas.
Un ejemplo de la administración de los derechos humanos desde un poder judicial es la reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia Mexicana, cuyo fallo que establece que la investigación y enjuiciamiento de las fuerzas armadas, por violaciones de derechos humanos son de competencia civil, no militar, ni de sus instituciones y sus cortes.
El fallo es un ejemplo de la interpretación de la Constitución Mexicana con base en estándares de derechos humanos provistos en instrumentos internacionales y regionales, y de su interpretación por parte de organismos de derechos humanos y cortes competentes.
Estimados colegas. Hoy en día el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, es, sin duda, el principal pilar del Estado de Derecho, y los poderes judiciales son esenciales para salvaguardarlo, combatiendo la impunidad y consiguiendo justicia.
Elogio sinceramente el progreso que se ha logrado en los últimos años dentro de varios de los sistemas de justicia en relación con la investigación y enjuiciamiento de aquellos responsables de serias violaciones de derechos humanos cometidas durante conflictos armados o por parte de regímenes autoritarios.
Es alentador el fallo de la Suprema Corte de Argentina que declaró inconstitucionales unas leyes de amnistía que protegían a los autores de flagrantes violaciones de derechos humanos cometidas durante la dictadura militar.
Fallos similares han sido emitidas por la Corte de Justicia CEDEAO en varios Estados de África Occidental.
Esta Corte se ha distinguido por ofrecer a la gente la posibilidad de acceder a la justicia, en ocasiones por primera vez en sus vidas y por examinar sus denuncias de violaciones de derechos humanos de forma objetiva y justa.
En la consolidación de un sistema de leyes que proteja los derechos humanos, los jueces de Cortes Supremas no sólo tienen la enorme responsabilidad de fomentar la protección de los derechos humanos de todas las personas, sino especialmente de aquellas personas o grupos que ameritan una protección especial, como son las minorías de raza, de religión o étnicas, los niños, los indígenas, las mujeres, los migrantes, y personas con discapacidad entre otros.
No existe duda que lograr un mayor grado de protección para estos sectores de la población dependerá de garantizar del derecho al acceso de justicia en condiciones de igualdad.
Un ejemplo de esto es la aplicación de la pena de muerte.
Como saben, las Naciones Unidas y yo personalmente, nos oponemos a la pena de muerte en todas sus formas y circunstancias.
Habiendo vivido el Apartheid, soy muy consciente de cómo la pena de muerte refleja y refuerza los prejuicios raciales, lo cual fue una de las muchas razones por las cuales la Corte Constitucional de Sudáfrica finalmente la declaró inconstitucional.
El 20 de Abril del 2012, un juez de la Corte Suprema de Carolina del Norte en los Estados Unidos decretó un fallo importante en un sentido similar, al conmutar una sentencia de muerte en la primera implementación exitosa de la Ley de Justicia Racial del Estado.
Desde 2009, esta Ley permite a los prisioneros del pabellón de la muerte de Carolina del Norte sostener una audiencia en la que pueden presentar estadísticas y otras evidencias que demuestren que las sentencias de muerte en el Estado y en el país podrían estar contaminadas por discriminación racial, con la meta de conmutar sus sentencias.
La Corte sostuvo que la fiscalía excluyó deliberadamente a jurados calificados negros y con base en esto conmutó su sentencia de muerte por cadena perpetua.
Los poderes judiciales tienen también un papel vital en garantizar que los derechos económicos, sociales y culturales sean protegidos y en revisar la adopción de medidas retrógradas que puedan tener un impacto negativo en los derechos humanos.
Es alentador ver el compromiso de la Corte Constitucional colombiana, que identificó la falta de condiciones institucionales en el Estado colombiano para garantizar los derechos humanos de la población desplazada, incluyendo el derecho a la vivienda, a la salud, a la educación y la ayuda de emergencia y fomentó una mejoría gradual en sus condiciones de vida.
Este es un claro ejemplo de cómo el poder judicial, y especialmente las Cortes Supremas y Constitucionales pueden contribuir dentro de sus competencias, a crear mejores condiciones de vida para los sectores más vulnerables de las sociedades, reconociendo los principios de la independencia e indivisibilidad de los derechos humanos.
Los exhorto a emplear la autoridad legal y moral que les han sido confiadas, con el fin de promover y garantizar que los derechos económicos, sociales y culturales sean disfrutados por todas las personas.
Como parte del sistema universal de derechos humanos, mi Oficina está comprometida a colaborar con las Cortes Supremas y Constitucionales de diferentes maneras.
Por ejemplo, ha intervenido como amicus curiae en casos de derechos humanos en Cortes nacionales e internacionales.
Recientemente, presentamos un amicusa la Corte Europea de Derechos Humanos en favor de inmigrantes indocumentados en el caso de Hirsi Jamaa et al vs. Italia.
Espero que este fallo motive una revisión de las políticas de “mandar de vuelta” de la que son blanco los migrantes en el mar.
Señoras y Señores,
Los poderes judiciales ejercen una función enmarcada dentro de un sistema democrático existente.
La transparencia, los debates abiertos y la divulgación pública dentro de las funciones judiciales son de vital importancia para el fortalecimiento de su función constitucional, sus fundamentos democráticos y su legitimidad social.
La generación de información para consolidar indicadores en cuestiones judiciales es un gran desafío que debe abordarse con determinación y compromiso.
Mi Oficina, procura facilitar la transparencia y el acceso a la información pública, así pues, les ofrezco la metodología para el desarrollo de indicadores que mi Oficina ha venido consolidando en los últimos años.
Estoy convencida de que la definición de criterios claros para medir el progreso en la protección de los derechos humanos, mediante el establecimiento de indicadores confiables basados en normas internacionales, es una medida que facilitar el desarrollo de programas, políticas y presupuestos, con perspectiva de derechos humanos.
Queridos amigos, hha sido un honor para mi Oficina estar involucrada en la organización de este evento, en conjunto con la Suprema Corte de Justicia de México.
Les deseo todo el éxito durante sus debates y deliberaciones, y les reitero que pueden contar con el apoyo, el consejo y la cooperación de mi Oficina para todo esfuerzo que favorezca un entendimiento común de los derechos humanos y las libertades fundamentales.
Muchas gracias.