Juicios de amparo y conflictos competenciales relacionados con el fuero militar pueden ser resueltos por tribunales colegiados de circuito

La Suprema Corte de Justicia determinó que los juicios de amparo y conflictos competenciales relacionados con el fuero militar ya pueden ser resueltos por los tribunales colegiados de circuito.

Este miércoles se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo general 10/2012 que levanta el aplazamiento de la resolución de estos juicios establecido el 7 de mayo de este año.

El acuerdo señala que los juicios pendientes se resolverán con base en los criterios establecidos por la corte en agosto y septiembre de este año.

Entre ellos; que el fuero de guerra es excepcional y restrictivo, que los militares que cometan delitos contra civiles serán juzgados por la justicia ordinaria.

Que la justicia castrense sólo puede resolver los casos que atenten contra la disciplina militar; como la deserción, la insurrección o la insubordinación.

Y que los familiares de las víctimas tienen derecho a interponer juicio de amparo para la reparación del daño.

Acerca de canaljudicial
Canal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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