El Congreso de Aguascalientes determinó que las aportaciones anuales que reciben los partidos políticos de sus militantes no pueden ser superiores al 25 por ciento del monto que se fije para campaña de gobernador.
La Procuraduría General de la República y el PRD impugnaron esta norma, porque excede el 10 por ciento que fija la Constitución Federal.
El Congreso de Aguascalientes argumentó que ese tope es sólo para simpatizantes.
En la Corte, el Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea precisó los alcances del artículo 116 constitucional.
“Se utiliza el término simpatizante en forma amplia a fin de comprender a todas las personas identificadas con los partidos, por lo que incluye a los militantes, candidatos y demás personas relacionadas”.
Algunos ministros coincidieron con los argumentos del Poder Legislativo de Aguascalientes.
“Los militantes son los que tienen un vínculo formal con el partido y quedan obligados en los términos que fijen los estatutos… Los simpatizantes es el universo del resto de ciudadanía que puede ser inclusive simpatizante en una elección como puede serlo de otro partido en otra elección”, Fernando Franco González Salas, Ministro SCJN.
Por mayoría de ocho a dos, el Pleno invalidó esta norma.
El PRD también impugnó el cobro por la expedición de copias certificadas que establece la Ley electoral de Aguascalientes.
El Ministro Zaldívar Lelo de Larrea propuso anular esta norma con base en el principio de gratuidad que establece el 17 constitucional.
La mayoría en el Pleno objetó este argumento.
“Creo que el tema de las costas judiciales no pasa por aquí, los precedentes que se están señalando tampoco alcanzan esta determinación, no veo por qué si no están en el archivo de la autoridad serian un obstáculo para la justicia”, José Ramón Cossío Díaz, Ministro SCJN.
“El 17 constitucional establece prohibición de que el Tribunal cobre costas pero no establece obligación de subsidiar gastos a aquel que quiera acceder a la justicia no llega tan lejos”, Sergio Aguirre Anguiano, Ministro SCJN.
“Creo que tienen toda la razón los Ministros Aguirre y Cossío, yo propongo al Pleno modificar la propuesta para declarar la validez y les agradezco mucho las observaciones”, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Ministro SCJN.
Por unanimidad la Corte consideró válida esta norma.
También se consideraron válidas las reglas para la integración de las mesas de casillas y el método para seleccionar a los funcionarios de casilla.
Verónica González