Hoy en el Pleno
04/12/2012 Deja un comentario
El conflicto limítrofe entre Puebla y San Andrés Cholula llegó al pleno del Máximo Tribunal.
El Municipio de Puebla demandó al Congreso Estatal por permitir que los habitantes de las 60 colonias que están en disputa paguen el impuesto predial donde más les convenga, ya sean en Cholula o en Puebla.
El ayuntamiento argumentó que esto viola su libertad de administración de la hacienda municipal.
Por mayoría de diez a uno el Pleno de ministros le dio la razón.
“Se propone declarar la invalidez del Decreto impugnado al comprender indebidamente diversos territorios”, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Ministro SCJN.
El Ministro José Ramón Cossío Díaz objetó este argumento, porque en su opinión la demanda es improcedente.
“Es un problema donde el Congreso por inactividad procesal, no ha resuelto un conflicto de límites que es previo a la posibilidad de que vengan a esta Suprema Corte de Justicia”.
La mayoría consideró que este asunto no se refiere directamente al conflicto territorial que mantienen estos municipios desde hace varias décadas.
“El problema es que lo que se está determinando en este Decreto por el Congreso del Estado es lo que constituye la materia de la Controversia y esto no es conflicto de límites”, Margarita Luna Ramos, Ministra SCJN.
Esta fue la primera sesión ordinaria en la que participaron los nuevos ministros Alberto Pérez Dayan y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.
“Qué pasará con aquellos que cubrieron esta contribución y que ahora por virtud de esta determinación, pertenecían al otro municipio y entonces les van a exigir el pago con recargos”, Alberto Pérez Dayan, Ministro SCJN.
“Cualquier situación relativa al pago entra a un ámbito de legalidad, los contribuyentes tendrán las vías correspondientes para lo que tengan que alegar”, Juan Silva Meza, Ministro Presidente SCJN.
“La situación para los particulares sería peor si establecemos este tipo de efectos retroactivos, estamos declarando la invalidez de esta norma que solamente tendrá efectos a futuro”, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Ministro SCJN.
“Creo que es importante hacer una aclaración en la sentencia no obstante que la Ley reglamentaria es clara en el sentido de aceptar la retroactividad de las sentencias creo que es muy importante por certeza jurídica dejarlo claro para los contribuyentes”, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Ministro SCJN.
“Debemos ser muy cuidadosos para no darle a la Controversia Constitucional efectos que no tiene”, Sergio Valls Hernández, Ministro SCJN.
Tras un intenso debate, por mayoría de ocho a tres la Corte determinó que la invalidez del decreto no tendrá efectos retroactivos ni afectará los pagos realizados por los contribuyentes.
En otro juicio el PRD demandó al Congreso de Chihuahua por reformas a la Constitución y a la Ley electoral de esa entidad, porque en su opinión se publicaron y entraron en vigor dentro del plazo que prohíbe el artículo 105 de la Carta Magna.
El Ministro Luis María Aguilar Morales elaboró el proyecto de dictamen.
“Contrariamente a lo manifestado el proceso comicial en el Estado iniciará el 15 de enero del próximo año 2013, ya que el precepto referido fue reformado el 12 de septiembre de este año”.
Por unanimidad la Corte consideró infundados los argumentos del PRD y declaró válida la reforma aprobada por el Congreso de Chihuahua.
Verónica González