Trabajo infantil
17/12/2012 Deja un comentario
Algunas normas en México para proteger a las niñas y los niños, los ponen en condiciones de mayor vulnerabilidad, como es el caso del trabajo infantil, aseguró Mónica González Contró, especialista de la UNAM.
“En México está prohibido el trabajo infantil, hay una prohibición constitucional… Entonces quienes tienen una necesidad económica, están en condición de extrema pobreza, o por cualquier factor desempeñan una actividad, no pueden tener acceso al trabajo formal entonces no tienen horarios adecuados, no tienen derechos laborales”.
Adecuar el marco normativo nacional con los instrumentos internacionales, dijo, no va a solucionar el problema de los derechos de niñas y niños de inmediato.
En ese sentido, explicó, la reforma al artículo cuarto constitucional no favorece la protección.
“Utiliza los términos niñas y niños, sin embargo emplea la expresión interés superior de la niñez que no tiene un significado claro y causa confusión entre derechos individuales y colectivos… En el artículo cuarto limita los derechos a la alimentación salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral y esto no tenía que haberlo hecho, porqué mencionar derechos específicos”.
Indicó que son tres las situaciones idóneas para la garantía de los derechos de las niñas y los niños:
La armonización con tratados internacionales.
La accesibilidad a los mecanismos de protección de los derechos.
Establecer las categorías de exigibilidad de los derechos.
Mario López Peña