20 mil casos de anorexia y bulimia se registran cada año en México

De cada 100 mujeres en México, diez padecen anorexia o bulimia y cinco mueren, la mayoría de ellas, entre los 15 y 23 años de edad.

El sector salud estima que cada año se registran 20 mil casos de estas enfermedades que se convirtieron en un problema de salud pública.

La anorexia y la bulimia, son trastornos de la alimentación.

“Esta enfermedad de veras te mata, yo ya tenía problemas de taquicardia, todos los días me faltaba el aire, estuve como cuatro meses con anorexia purgativa, yo ya vomitaba el agua, podía vomitar hasta cinco veces al días”, Dulce María Perea, Víctima de anorexia.

Se trata de un problema psiquiátrico que de no atenderse oportuna y adecuadamente, puede generar serios problemas de salud, incluso poner en riesgo la vida de la persona.

“Una persona empieza a tener una relación anormal con su cuerpo, alguien que cambia su manera de comer, que expresa con una preocupación excesiva por la manera que tiene de alimentarse, preocupación por el peso, por su cuerpo”, Ingrid Rocha, Programa de trastornos de la conducta alimentaria del INNSZ.

Aunque la edad promedio para el desarrollo de estos trastornos es de 17 años, también se han tenido casos en la población infantil, principalmente cuando están muy expuestos, a los estereotipos de la televisión.

La anorexia consiste en dejar de comer por miedo a engordar y se caracteriza por someterse a dietas rigurosas y actividad física excesiva.

Entre las consecuencias emocionales que provoca esta alteración se encuentran la depresión, irritabilidad y baja autoestima.

La bulimia consiste en ingerir grandes cantidades de alimentos, seguida de la provocación del vómito o la ingesta de laxantes para acelerar el tránsito intestinal.

El tratamiento para estas enfermedades es multidisciplinario ya que la falta de alimento puede dañar varios órganos, aunado de tratamiento psiquiátrico para lograr una adecuada recuperación.

Martha Rodríguez

Capacitan a 7 mil jueces de todo el país

En un hecho sin precedentes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación promoverá un curso de capacitación para siete mil jueces de todo el país.

Los impartidores de justicia de primera instancia aprenderán a defender los derechos humanos, tal como lo señala la reforma constitucional del año pasado.

En este esfuerzo, que iniciará en el primer trimestre del próximo año, participará la Asociación Mexicana de Impartidores de Justicia.

“Es un gran curso de capacitación para poder hacer esta nueva función que la constitución nos ordena a los jueces, es decir, defender derechos a través de la técnica de la interpretación conforme a la constitución, a los tratados y control de convencionalidad”, Armando Maitret, Secretario Ejecutivo de la AMIJ.

Es la labor que antes de la reforma constitucional sólo estaba asignada a los juzgadores federales, a través del juicio de amparo.

“De manera tal que el juez de primera instancia de cualquier entidad federativa va a contar con las herramientas, después de aprobar estos cursos, con las mismas herramientas que tiene el juez federal para defender los derechos de la ciudadanía, eso es lo relevante”.

El curso se realizará en las Casas de la Cultura Jurídica de la Suprema Corte, en los edificios del Consejo de la Judicatura Federal, en las escuelas judiciales de los tribunales superiores de justicia del país y en los centros de capacitación de los tribunales electorales.

Además, se llevará a cabo a través de educación a distancia con contenidos, materiales y metodologías que la Suprema Corte de Justicia ha implementado en su sistema de capacitación.

En una segunda etapa, la capacitación sobre los derechos humanos, se extenderá también a más de 14 mil secretarios proyectistas de todo el país.

Juan Carlos González

Jornadas de justicia penal

El Código Penal del Distrito Federal vigente desde 2002 ha asumido una tendencia antidemocrática ajena a la protección de derechos, aseguró Sergio Correa García, experto en ciencias penales.

“Lo cierto es que no se ha podido lograr un sistema penal funcional para alcanzar los objetivos del derecho penal y de la justicia material”.

Muestra de ello, dijo, es que este Código Penal ha tenido un endurecimiento en las sanciones y el aumento de los tipos penales.

“Para ello se argumentó que el Código Penal de 2002 no atendió debidamente la realidad del DF y que por ello previó penas muy bajas para ciertos delitos como el robo… Se fue transformando en regla el uso de la prisión preventiva, situación que ahora tendrá que corregirse para ajustar a los nuevos criterios de la reforma penal de 2008”.

Dentro de las Décimo Terceras Jornadas sobre Justicia Penal, explicó que el Código Penal del Distrito Federal ha sido reformado más de 25 veces desde 2002.

La reducción de beneficios procesales y penitenciarios, señaló, revela una política criminal represiva y sin alternativas en la capital del país.

“Lo grave es que esta tendencia toma nuevo impulso cada vez que en la ciudad sucede un hecho de cierto impacto social como ha sido el caso de secuestros, robos u homicidios y con el pretexto de combatirlo eficazmente cada vez se aumenta el catálogo de delitos o se incrementan las penas de manera irracional”.

Reconoció que no hay garantías de que el derecho penal alcance frenar por sí solo el fenómeno delictivo.

Mario López Peña

Reunión Nacional de Capacitación, Evaluación y Actualización Administrativa 2012

Con el propósito de facilitar el trabajo de magistrados y jueces federales para lograr una justicia pronta y expedita, en beneficio de la sociedad, representantes de las 64 administraciones regionales y delegaciones administrativas del Consejo de la Judicatura Federal se reunieron en la Ciudad Judicial Federal de Jalisco.

En el marco de la Primera Reunión Nacional de Capacitación, Evaluación y Actualización Administrativa 2012 que se desarrolló en esta Ciudad Judicial, los participantes refrendaron su compromiso de manejar los recursos humanos, financieros y tecnológico con eficacia, eficiencia y honradez, conforme al compromiso asumido por el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, Ministro, Juan Silva Meza.

«La sociedad tiene el derecho a saber cómo y porqué se toman las decisiones públicas, así como exigir a las distintas áreas administrativas que integran el Consejo que rindan cuentas de sus actos, a exigir que los recursos públicos asignados al Estado se utilicen con racionalidad y austeridad”, Gustavo Meouchi, Coordinador de Administración Regional del CJF.

Al inaugurar la Primera Reunión Nacional de Capacitación, Evaluación y Actualización Administrativa 2012, el Oficial Mayor del Consejo de la Judicatura Federal, Sergio Martínez Álvarez afirmó, por su parte, que una administración moderna conlleva equilibrios procedimentales para que todos comprendan lo que se hace y porqué se hace para lograr la eficiencia y la transparencia.

“En los inicios de la décima época de la jurisprudencia, los desafíos de la administración pública adquieren mayor relevancia al representar cambios culturales, organizacionales y normativos».

Elsa González

Acceso a las resoluciones de los órganos de justicia federales

El Poder Judicial es uno de los órganos del Estado en el que más confían los ciudadanos, aspecto que se puede reforzar con la transparencia.

Aseguró el Consejero de la Judicatura Federal, Francisco Cabeza de Vaca, al participar en la mesa sobre acceso a las resoluciones de los órganos de justicia federales.

“En que esa transparencia, esa, esa apertura hacia la ciudadanía realmente consolide y porque no incremente esa confianza que la ciudadanía ha depositado en este Poder Judicial de la Federación”.

Manifestó que en la medida que se conozcan sus sentencias, en esa proporción, mejorará la cultura jurídica de la sociedad.

“Creo que hay muchas resoluciones que deben de enorgullecernos, y que la gente debe de conocer, que deben ser conocidas socialmente y vamos a prevenir muchos conflictos, muchos litigios innecesarios si la gente empieza a conocer las resoluciones, los criterios jurisdiccionales”.

Se afirmó que hoy, el acceso a las sentencias, es muy amplio, solo se reservan en algunos casos datos personales.

El reto ahora, es lograr que su difusión se haga de manera objetiva.

“Tema que por cierto hoy sigue teniendo repercusiones delicadas a propósito de los juicios paralelos que se formulan sobre las decisiones judiciales y la tergiversación de los fallos, con sentido en muchos casos irreal y negativo”, Jorge Meza Pérez, Magdo, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, Cuarto Circuito.

Práctica que si bien resulta cuestionable, es mejor a la opacidad.

“Ciertamente que es deleznable la manipulación que ciertos medios de difusión hacen respecto a la información que dan a conocer a sus lectores, radioescuchas o televidentes, pero más deleznable es cuando el poder público censura la información, la esconde, la manipula, porque ello favorece el actuar autoritario y se antepone a un régimen verdaderamente democrático”,
Gonzalo Higinio Carrillo de León, Magdo, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa y Civil, Décimo Noveno Circuito.

Puntualizaron que con el uso de las nuevas tecnologías, el juicio en línea y el expediente electrónico, la Suprema Corte deberá ir fijando criterios para evitar que se difunda información que pueda dañar derechos esenciales de los ciudadanos.

José Luis Guerra García

Las Salas de la Corte establecieron criterios jurídicos en materia fiscal

En materia fiscal, la Primera Sala de la Corte estableció que si la autoridad cobra impuestos indebidamente los contribuyentes tienen derecho a la devolución de las cantidades enteradas y además al pago de intereses.

Al resolver un amparo, los ministros señalaron que así es como debe entenderse el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación.

En materia mercantil los ministros señalaron que los intereses usurarios deben ser penalizados ya que son desproporcionados.

Al resolver una contradicción de tesis entre tribunales colegiados, se dijo que el cobro excesivo de intereses lesiona el patrimonio de las personas como lo señala la Convención Americana de Derechos Humanos.

Al negar un amparo la Sala determinó que la reducción del plazo para promover un juicio de nulidad, de 45 a 15 días, no viola el derecho de acceso a la justicia.

Ya que el inconforme puede promover juicio contencioso administrativo federal ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa en la vía sumaria.

La Segunda Sala determinó que la inmovilización de depósitos bancarios derivado del cobro de créditos fiscales está sujeta a lo que establece el Código Fiscal de la Federación.

La Segunda Sala rechazó los argumentos de la quejosa en el sentido de que la autoridad puede fijar arbitrariamente el monto sobre el que procede la inmovilización de las cuentas bancarias.

Verónica González

Los impuestos a pensiones fueron impugnados por trabajadores del Seguro Social

El Impuesto Sobre la Renta a pensiones que superan los 28 mil pesos mensuales estuvo a debate en el Pleno del Máximo Tribunal.

Nueve pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social promovieron diversos juicios de amparo en contra del pago de este gravamen.

Señalaron que la norma es inequitativa, porque los haberes que reciben los militares en retiro están exentos del impuesto.

Al resolver los juicios la Suprema Corte declaró válida esta disposición.

Ya que los militares están bajo un régimen de excepción establecido en la Constitución.

“Tiene que estar en disponibilidad para que si el ejército lo requiere en ese momento el tiene que regresar a prestar el servicio que le corresponde, lo cual no sucede de ninguna manera tratándose de cualquier otro pensionado”, Margarita Luna Ramos, Ministra SCJN.

Sin embargo, algunos ministros consideraron que las razones que expuso el legislador para exentar los haberes de militares en retiro fueron insuficientes.

“Creo que en casos como este se puede hacer el análisis de razonabilidad por el juez constitucional con independencia que desde el punto de vista formal el legislador se haya quedado corto o incluso haya argumentado cuestiones que no eran las pertinentes”, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Ministro SCJN.

Por mayoría de nueve a dos el Pleno consideró válida esta norma y rechazó el argumento de los quejosos en el sentido de que los ingresos por concepto de jubilaciones o pensiones no revelan la capacidad contributiva.

“El tributo recae en una auténtica y real manifestación de capacidad contributiva de los sujetos obligados, en tanto se grava el incremento positivo de patrimonio”, Olga Sánchez Cordero, Ministra SCJN.

Los ministros concluyeron que esta disposición no genera una doble tributación, ya que no se trata de una misma fuente gravable.

Verónica González