Gran Bretaña primer país con tratamientos de fertilidad de “tres padres”

Ciudadanos británicos están a favor de convertirse en el primer país que permita tratamientos de fertilidad con «tres padres» a familias que quieren evitar transmitir enfermedades incurables a sus hijos. El procedimiento implicaría, por primera vez implantar embriones modificados genéticamente en las mujeres. Esto se dio a conocer hoy tras una consulta pública a nivel nacional.

Letonia ingresa a Eurogrupo y analizan adhesión de Serbia

Jefes de Estado y de gobierno del grupo de los 27 aprobaron hoy el ingreso de Letonia al Eurogrupo como estado miembro a partir del 1 de enero de 2014. También dieron luz verde para iniciar las negociaciones de ingreso de Serbia.

E.U. cancela beneficios comerciales a Bangladesh

La Casa Blanca impuso hoy sanciones comerciales a Bangladesh por las peligrosas condiciones de trabajo de obreros textiles que han cobrado la vida de mil 200 trabajadores en el último año. Esta decisión podría llevar a la Unión Europea a adoptar una medida similar.

Obama visita África y manifestantes queman bandera de E.U.

El Presidente de Estados Unidos, Barack Obama, visitó hoy Senegal y Sudáfrica. Afirmó que Washington tiene el «imperativo moral» de ayudar a África a alimentarse. Horas antes de su llegada cientos de manifestantes protestaron por la visita y quemaron banderas de Estados Unidos.

Interés legítimo

Como una institución novedosa en la nueva Ley de amparo, calificó la Ministra Margarita Luna Ramos el llamado interés legítimo.

Al participar en el Encuentro de derechos humanos, jurisprudencia y presupuestos de la ética, puntualizó en este sentido.

“Y desde luego desde el momento en que hablamos de interés legitimo no podemos dejar de establecer diferencias entre los otros dos tipos de interés que anteriormente se establecían en la anterior Ley de amparo el interés jurídico que propiciaba la posibilidad de promover el juicio de amparo y que siempre se estableció en la jurisprudencia una diferenciación entre este y el interés simple”.

Recordaron la importancia en cuanto a que  cualquier persona que esté en desacuerdo con el estado ya se puede inconformar.

“Y ahí viene una primera condición que establece el congreso de estado francés de que haya un interés serio que haya una afectación especial”, Jean Claude Tron Petit. Magistrado de circuito.

“Y después de la segunda guerra mundial con toda esta ola de derechos reconocidos internacionalmente la idea de tener un derecho cambió radicalmente”, Juan Antonio Crúz Parcero, Participante ponente.

El punto del cambio, subrayaron, es que las nociones de ahora permiten hablar de derechos humanos en la Constitución y ser  reconocidos en tratados internacionales.

En este sentido recomendaron darse cuenta de los cambios doctrinales para no afectar en todo caso a las políticas públicas.

Oscar González

Control de legalidad

Ministra Olga Sánchez Cordero, en el Encuentro de derechos humanos, jurisprudencia y presupuestos de la ética.

Ministra Olga Sánchez Cordero, en el Encuentro de derechos humanos, jurisprudencia y presupuestos de la ética.

Con la reforma constitucional en materia de derechos humanos, los juzgadores tienen el reto de dar contenido a herramientas novedosas que han surgido en los últimos años, como son las acciones colectivas.

Así lo señaló la Ministra Olga Sánchez Cordero, al participar en el Encuentro de derechos humanos, jurisprudencia y presupuestos de la ética, que se realizó en el Instituto de la Judicatura Federal.

Se refirió a la importancia de realizar el control de legalidad, es decir, de las leyes secundarias como la que regula las acciones colectivas, a la luz de la Constitución.

“No se podría entender el control de legalidad sin la regularidad constitucional, esto significa que efectivamente los juzgadores tienen un gran reto para dar contenido a este tipo de acciones, pero adicionalmente tienen que interpretar la ley de acuerdo con la Constitución”.

Y es que la ley establece que las acciones colectivas sólo proceden para casos que afecten a consumidores y al medio ambiente.

Los especialistas que participaron en la mesa de discusión, consideraron necesario que a través de la interpretación de los jueces, las acciones colectivas puedan abarcar otros derechos como es el de la educación.

“Creemos que hay una gran oportunidad en el Poder Judicial con el tema de control de legalidad, si los jueces van a estar posibilitados en flexibilizar o no estas reglas procesales, que muchas veces hacen que la sustancia y que la justicia quede fuera”, Francisco Xavier Martínez, Centro Mexicano de Derecho Ambiental.

Aseguraron que el acceso a las acciones colectivas debe verse como un derecho humano.

“Un mecanismo concreto para que un representante que pueda ser una sociedad civil en materia de medio ambiente o de consumidores o bien un grupo afectado pueda representar en juicio los intereses de otras personas igualmente afectadas sin que ellas tuvieran que comparecer a juicio”, Adriana Labardini, Directora ALCONSUMIDOR A.C.

Lamentaron que con el esquema que hay en México, las personas que se adhieren a una acción colectiva tarde o temprano tienen que comparecer ante los tribunales para tener acceso a la reparación del daño.

Juan Carlos González

Destaca Ministro Pardo, importancia del recurso de amparo

Durante su participación en el Encuentro de derechos humanos, jurisprudencia y presupuestos de la ética, el Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo destacó la importancia del recurso de amparo.

Frente a magistrados del Consejo de la Judicatura Federal, cuestionó.

“Hasta qué punto la reforma a la nueva Ley de amparo recoge los principios y el diseño de protección de derechos humanos que contiene la reforma constitucional de 2011 y hasta dónde encontramos compatibilidad en los términos de la nueva Ley de amparo con los principios de la ley de 2011 y qué puntos de contacto tienen las reformas constitucionales en amparo y derechos humanos”.

En el Instituto de la Judicatura Federal, los participantes subrayaron que como recurso efectivo, el deber del amparo es ser accesible, sencillo, idóneo con la debida defensa y la reparación del daño.

“El lado bueno es que introduce a las nuevas tecnologías y esa es la pretensión de hacer más fácil el acceso al juicio de amparo y considera la posición de grupos en situación de vulnerabilidad”, Adriana Campuzano, Participante ponente.

Que la nueva ley, afirmaron, hizo avances importantes para acercarse al concepto de derechos humanos.

Destacaron el trabajo legislativo para la Ley de amparo y que ahora toca que la labor jurisdiccional haga los desarrollos interpretativos correspondientes.

“Se hagan los desarrollos interpretativos que hacen falta para que la ley de amparo sea eso un resguardo de un recurso ágil, sencillo, breve, accesible, efectivo para la salvaguarda de los derechos de las personas”, Luis Miguel Cano, Participante Ponente.

Coincidieron en que el amparo es un derecho de garantía que sólo puede suspenderse en los casos en que la Constitución lo indique.

Casos determinados, subrayaron, como el de la improcedencia como es el agravio en una causal de improcedencia.

Añadieron que este recurso debe ser rápido y efectivo siempre en beneficio de la ciudadanía.

Oscar González

Organismos internacionales defensores de DH, reconocen labor de la SCJN

En los últimos dos años, la Suprema Corte de Justicia de la Nación que preside el Ministro Juan Silva Meza, ha recibido el reconocimiento de diversos organismos internacionales defensores de los derechos humanos.

La labor de la Suprema Corte ha sido destacada en el mundo por el impulso que se ha dado a la capacitación de juzgadores federales y locales, para fortalecer el régimen de protección y promoción de los derechos humanos.

También se han reconocido los criterios que ha manifestado sobre el respeto al debido proceso, como única ruta para construir una justicia federal imparcial.

Entre las organizaciones que han distinguido a la Corte están Human Rights Watch que el 8 de noviembre de 2011 reconoció que las sentencias relacionadas al Caso Radilla, fortalecían el Estado de derecho en México.

El 2 de febrero de 2012, el Fondo de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos de la Infancia, UNICEF calificó como inédito, el Protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que afecten a niñas, niños y adolescentes.

El 6 de julio la Organización de las Naciones Unidas y la Corte Interamericana de Derechos Humanos destacaron la labor del Poder Judicial en materia de derechos humanos.

Reconocieron el empeño y la coherencia del Poder Judicial de la Federación en la implementación de las reformas constitucionales en materia de amparo y derechos humanos.

El 22 de agosto de 2012, Amnistía Internacional celebró que los ministros de la Suprema Corte hayan restringido el fuero militar en el caso del indígena de Guerrero Bonfilio Rubio Villegas.

El 10 de septiembre de 2012, Navy Pillay, Alta Comisionada para los Derechos Humanos de Naciones Unidas calificó de histórica la decisión de la Corte de poner límites al fuero militar y que las violaciones cometidas por militares sean atendidas por un juez civil.

El 18 de octubre 2012, la Unión Europea manifestó su beneplácito por el activo papel de la Suprema Corte en torno a los derechos humanos.

Cinco días después, la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos colocó a la Suprema Corte como líder y destacó su esfuerzo por hacer de México un país comprometido con los derechos humanos.

En febrero de 2013, Human Rights Watch exaltó las resoluciones de la Suprema Corte sobre debido proceso, y aseguró que, aun cuando algunos casos pueden generar controversia, muestran la voluntad del Máximo Tribunal en la defensa de los derechos humanos.

El 20 de marzo de 2013, la International Crisis Group aseguró que la Suprema Corte de México se ha ganado a pulso una buena reputación a nivel internacional, por la independencia en sus decisiones.

El 15 de abril de 2013, la Relatoría Especial de Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas felicitó a la Corte por la realización del Protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren derechos de personas, comunidades y pueblos indígenas.

Lorena Sánchez

Control de convencionalidad

El control de convencionalidad hoy se ha convertido en una realidad, afirmó el Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Alberto Pérez Dayán.

Explicó que pese a dicho avance, este tema aún no se encuentra en un punto sobre si los tratados internacionales están por encima de la Constitución.

En el Instituto de la Judicatura Federal explicó que ahora, el juez puede en su estudio de controversia constitucional, advertir la norma de la ley que no se ajuste al texto de la Constitución.

“El gran cambio que ha operado nuestro sistema jurisprudencial radica no sólo en que como antes se conocía y se aplicaban este tipo de atribuciones… Sino hoy también para que quienes no ejercían este control concentrado vean su contenido y en determinados momentos pueda ser la base de su decisión”.

Puntualizó que el uso de  convencionalidad funge como una herramienta que ya se ha extendido.

Los jueces pueden a través de ejercicio del control de convencionalidad en su vertiente de desaplicación de otras normas o de preferencia a las normas convencionales tienen la gran herramienta de que al decidir separarse de la norma y aplicar el contenido de una convención o tratado lo cual a mi manera de entender es un cambio fundamental en la concepción del contenido de los tratados». 

Al participar en el Encuentro de derechos humanos, jurisprudencia y presupuestos de la ética, pidió definir si el control de convencionalidad es obligatorio o si debe alcanzar una doble vertiente.

Ante ello, el Magistrado Salvador Mondragon respondió.

“Es que sí existe esa obligación no hay duda tenemos que hacerlo en primer lugar la Corte Interamericana lo ha diseñado a través de su jurisprudencia y en el ámbito interno esto se ha traducido en una obligación”.

El Magistrado Jean Claude Tron Petit, habló de una falsa discusión, donde se deben reflexionar aspectos de derechos humanos en tratados internacionales.

“No podemos considerar que necesariamente el concepto de que hay tratados es equivalente al tema de derechos humanos, me parece que habría que diferenciarlo”.

Añadieron que el artículo primero constitucional no debe colocarnos en un momento forzoso, de pensar que los tratados internacionales de derechos humanos se contrapongan con la legislación de nuestro país, sino que deben necesariamente, armonizarse en su interpretación y llegar a la norma más favorable.

Oscar González

Acceso a la justicia

El derecho de acceso a la justicia, sigue siendo un objetivo distante para la población de escasos recursos en el país.

Indicaron participantes en el Encuentro sobre derechos humanos, en donde el Ministro Fernando Franco, señaló, que es necesario eliminar aquellos obstáculos que impiden el ejercicio de este derecho.

Para lo cual es indispensable, que la actuación del juez, sea intachable.

“En mi opinión nada justifica, nada justifica, ninguna de las limitaciones de las que se ha hablado, el actuar sin ética de, sobre todo del servidor público”.

Indicaron que el ejercicio de este derecho, se ve obstaculizado por la falta de recurso y por ignorancia.

“En materia penal la discriminación tiene también otras connotaciones, otra connotación denominada selectividad y que implica la criminalización de pobreza es decir, como sabemos el alto porcentaje de personas que llegan a las cárceles a los juicios son personas de escasos recursos que no pueden recurrir a un abogado particular o no pueden reparar el daño causado por el delito”, Jaime Laines, Representante Sociedad Civil.

Justicia que en muchos casos se ve frustrada por el incumplimiento de las sentencia dictada por los jueces, sobre todo en amparo.

“La efectividad de dicho mecanismo judicial se ve comprometida por la falta de cumplimiento de las sentencias concesorias, en el ámbito de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en 2010 por ejemplo, los incidentes de inejecución de sentencias constituyeron el 21.4 por ciento del total de casos radicados, incrementándose en 2011 a 26 por ciento y en 2012 a más del 31 por ciento”, Cynthia Rebeca Sánchez, Directora Análisis SCJN.

Precisaron que el concepto de acceso a la justicia debe cambiar, e involucrar a la sociedad, con el fin de que sus problemas se resuelvan sin llegar a los tribunales.

Si el conflicto nosotros lo seguimos calificando como conflictos penales o como problemas jurídico penales, vamos acabar saturando, como ya se ha visto el sistema, tenemos que devolverle el conflicto a los particulares, tenemos que volvernos responsables de nuestros conflictos y tenemos que aprender a resolverlos sin la necesidad de participación de una estructura institucional”, María Sierra, Profesora Investigadora INACIPE.

Agregaron que el acceso a la justicia debe ser en igualdad de condiciones, los procesos deben ser ágiles y sobre todo ser atendidos por especialistas en el tema en litigio.

José Luis Guerra García