Calidad en el servicio

En un 80 por ciento, en los restaurantes la retención de clientes se puede atribuir a la calidad en el servicio.

En otros sectores como el de seguros de autos y gastos médicos mayores es más importante el precio.

Según Jorge Vera, investigador del Tecnológico de Monterrey, no importa el sector, la calidad es un aspecto que permite a las personas realizarse como empleados, como integrantes de un grupo y como individuos.

Además, dijo, la calidad permite la generación de lealtad de los clientes que es de vital importancia para la generación de utilidades en las empresas.

Puede constituir diferencias importantes en la preferencia del cliente y por lo tanto eso tiene que en la tasa con la que se retienen clientes, y en la tasa con la que se ganan nuevos clientes y eso tienen que ver con ganancias y retenciones de participación de mercados en las empresas”.

Señaló, también, que la calidad en el servicio es un proceso humano que hace sentir a las personas parte de una sociedad.

“Es como una extensión de la cortesía que nos debemos tener entre todos nosotros, entonces la calidad en el servicio también tiene que ver con la forma en que nos comportamos como seres humanos”.

Resaltó que la calidad en el servicio se entiende como cumplir los requisitos que tiene el cliente, ya que satisfacerlos debe ser la parte fundamental de la filosofía de los negocios.

Dijo que el enfoque central de toda empresa debe ser la mejora continua en los productos y servicios ya que la calidad en éstos es la clave del éxito de un negocio.

Emmanuel Saldaña

En México cada año mueren alrededor de 16 mil personas por accidentes viales

En México cada año mueren alrededor de 16 mil personas por accidentes viales

En México cada año mueren alrededor de 16 mil personas por accidentes viales y más de 300 mil resultan lesionadas, de las cuales 40 mil sufren alguna discapacidad permanente.

En todo el país circulan más de un millón 600 mil unidades de transporte público, que en muchas ocasiones son conducidas por choferes que no tienen las habilidades y capacidades necesarias, para garantizar la seguridad de usuarios y peatones.

Son cifras que provocan incertidumbre entre algunas personas que regularmente utilizan el transporte público de pasajeros, sobre todo en temporadas vacacionales.

En el marco del Operativo “Verano Seguro”, el Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes lanzó la convocatoria para el Premio Nacional de Seguridad Vial 2013.

Tiene como objetivo reconocer a los operadores de transporte público que generan confiabilidad y seguridad a los usuarios, bajo el argumento de que la educación vial adecuada salva vidas.

Mediante esta convocatoria, se reconocerá las buenas prácticas de choferes que conducen con seguridad, para que sirvan de modelo a quienes se están formando en esta actividad.

Juan Carlos González

Autoridades hacen recomendaciones para el cuidado de niños durante el periodo vacacional

Para estas vacaciones de verano, autoridades de seguridad pública y el sector salud, emitieron diversas recomendaciones para el cuidado de los niños.

Y es que, en temporada vacacional incrementa hasta en 70 por ciento el número de pacientes en hospitales y centros de salud, la mayoría relacionados con actividades turísticas.

Si las familias piensan salir de viaje, aconsejan preparar un botiquín de vacaciones que debe contener sales de rehidratación oral, barrita de amoniaco para picaduras de insectos, antiséptico, gasas, analgésicos habituales, entre otros.

Además de la revisión exhaustiva del vehículo si se va por carretera, el uso del cinturón de seguridad y evitar manejar cansado o bajo los influjos de alcohol o drogas.

La presencia de niños en los hogares provoca accidentes dentro y fuera, siendo los atropellamientos los más frecuentes.

Se recomienda a los padres de familia no dejar solos a sus hijos en las calles, enseñarles a cruzar, utilizar puentes peatonales y transitar por las banquetas.

En el interior de la casa, a que aprendan a jugar en zonas no peligrosas sobre todo lejos de objetos calientes y siempre acompañados por un adulto.

Las autoridades pusieron a disposición los teléfonos de emergencia en la Ciudad de México, que varían en cada ciudad.

Cruz Roja Mexicana 55-57-57-57

Bomberos 57-68-37-00

Policía 066

LOCATEL 56-58 -11-11

Martha Rodríguez

Congreso Nacional de Prevención del Delito y Participación Ciudadana

La mejor estrategia para la prevención de la violencia de género es la capacitación de funcionarios judiciales a nivel local, aseguró Rocío Santillán investigadora de la Universidad Autónoma Metropolitana.

“Una enorme ignorancia por parte de los jueces, juezas, magistrados y magistradas de los instrumentos en materia de derechos humanos de las mujeres y de las legislaciones nacionales y estatales”.

De acuerdo con un estudio realizado en tribunales superiores de justicia en el país, el 44 por ciento del personal encargado de la impartición de justicia manifestó no conocer ningún instrumento internacional de protección de los derechos de las mujeres.

El 16 por ciento  admitió no conocer ninguna ley en la materia, el 10 por ciento manifestó no saber y el 11 por ciento no respondió.

En el primer Congreso Nacional de Prevención del Delito y Participación Ciudadana, indicó que hay ambigüedad en la Ley general de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia sobre qué autoridades debe emitir las órdenes de protección.

De 58 mil casos de violencia contra las mujeres denunciados en 16 estados, se emitieron solamente cuatro mil 15 órdenes protección a favor de ellas.

“La ley no establece quién puede denunciar, entonces tenemos entidades en las que solamente la víctima puede denunciar y otras en las que sí se da la posibilidad de que cualquier otra persona pueda hacerlo”.

 Urgió a unificar criterios en las normas estatales para brindar certeza sobre a las ciudadanas.

Mario López Peña

Requisitos para emplazar a huelga

La Segunda Sala de la Corte resolvió que la Junta de Conciliación y Arbitraje, solo debe verificar que el pliego de peticiones del sindicato que emplaza a huelga, debe estar dirigido a quien se considera el patrón.

Manifestó que es así como se debe interpretar los artículos 923 y 920 de la Ley federal del trabajo, que establecen que la junta no dará trámite al escrito de emplazamiento, si no se encuentra debidamente formulado.

Indicaron que si la Junta pretende analizar o cerciorarse, que la persona a la que se dirige el escrito de peticiones, materia del inicio del procedimiento de huelga, tiene efectivamente la calidad de patrón ante el sindicato o si se encuentra formalizada la relación de trabajo con ellos, excede sus facultades de revisión, sobre los requisitos que debe tener dicho escrito.

Precisaron que no es en esta etapa, en donde se deben estudiar cuestiones de fondo, para declarar o no, existente la huelga.

Al resolver una contradicción de tesis indicaron que esto no deja en estado de indefensión a la persona a quien se dirige el escrito, pues el artículo 922 de la Ley federal del trabajo, le da un plazo de 48 horas para alegar lo que en derecho proceda, incluso, para demostrar que no tiene el carácter de patrón.

Además, explicaron que el artículo 929, fija un plazo de 72 horas, siguientes a la suspensión del trabajo, dentro de las cuales puede solicitar a la junta, declara la inexistencia de la huelga, por no haberse cumplido con los requisitos previstos en la ley.

José Luis Guerra García

Defensa adecuada durante el reconocimiento de un inculpado

La Primera Sala de la Corte determinó que cuando a través de la cámara Gesell, se lleva a cabo una diligencia de reconocimiento a cargo de testigos, de una persona inculpada en un delito, necesariamente debe estar presente su defensor, de lo contrario, estaría en indefensión, violándose su derecho a una defensa adecuada.

Este criterio se fijó al resolver un amparo en revisión, en el que indicaron que esto es así, ya que el artículo 20, antes de ser modificado, establecía que el responsable de un delito, tiene derecho a la defensa adecuada, desde el momento que es puesto a disposición de la autoridad ministerial.

El quejoso, denunció que al momento de ser sometido a la prueba de reconocimiento, en la que dos personas lo señalaron como el responsable de haberles vendido un auto robado, no estuvo presente su defensor, motivo por el cual se revocó la sentencia recurrida.

Se argumentó que no existe la certeza de que efectivamente se presentaron los testigos o denunciantes que lo reconocieron, ni tampoco se puede afirmar que no fueron inducidos, el expediente se devolvió al tribunal competente.

José Luis Guerra García

Pleno invalida normas discriminatorias

El Pleno de la Corte invalidó disposiciones de las leyes de los sistemas de seguridad pública de Baja California Sur y Jalisco.

Las cuales, establecían como requisito, ser ciudadanos mexicanos por nacimiento para aspirar a ingresar a las instituciones de seguridad y procuración de justicia estatales.

Los ministros por mayoría de 9 a 1, resolvieron que estas disposiciones violaban los principios de igualdad y de no discriminación, motivo por el cual, declararon su inconstitucionalidad.

“El precepto impugnado también resulta contrario al principio de igualdad y no discriminación contenido en el artículo primero constitucional”, Luis María Aguilar Morales, Ministro SCJN.

“En su segundo concepto de invalidez, afirmó que el Congreso del Estado de Jalisco, al restringir el acceso de los mexicanos por naturalización a los cargos de ministerio público, perito o elemento operativo, dentro de las instituciones de seguridad pública estatal viola los principios de igualdad y no discriminación y por ende, conculca el principio de legalidad previsto en el numeral 16 de la constitución federal, puesto que desbordó su marco de atribuciones”, Olga María Sánchez, Ministra SCJN.

Algunos ministros indicaron que solo el Congreso de la Unión, tiene facultades para legislar con el fin de reservar, ocupar ciertos cargos, a los mexicanos por nacimiento, por razones de seguridad nacional y soberanía.

“Cuando se discutió el asunto que presentó el ministro Luis María Aguilar externé que yo me quedaba exclusivamente con el argumento de competencia y me reservo mi derecho para formular un voto concurrente”, Margarita Beatriz Luna Ramos, Ministra SCJN.

“Y como en asuntos similares votaré a favor del sentido, pero por consideraciones distintas que ya he narrado en otras sesiones», Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Ministro SCJN.

“Los caminos efectivamente son el de la competencia o el de la incompetencia estatal y el parámetro de razonabilidad”, Juan Silva Meza, Ministro Presidente SCJN.

De los artículos impugnados, solo se eliminó la parte que señalaba que para ocupar determinados cargos, se requería ser mexicano por nacimiento.

Los efectos de estas resoluciones surtirán efecto a partir de su notificación.

José Luis Guerra García