La naturaleza jurídica del derecho electoral
17/07/2013 Deja un comentario
El derecho electoral es una rama independiente, muy diferente al derecho penal y administrativo.
Lo anterior se menciona en el libro: La naturaleza jurídica del derecho electoral de la autoría de Bertha Leticia Rosette Solís.
Con la premisa de que el fin del derecho electoral no es punitivo, sino de alguna manera preventivo.
“Más que una sanción de contenido punitivo, este tipo de investigaciones y de sanciones, se constituyen en una forma de garantía, creada para que la actuación de cada uno de los agentes destinatarios se adecue a los límites, principios y disposiciones de la materia”.
Se explica que los institutos electorales no son simples gestores, ya que también tienen funciones de control, para garantizar que los comicios sean libres y equitativos, tarea en la que no aplican los principios del derecho penal.
“Finalmente cuando lo que está en juego es el poder, sería ingenuo privilegiar la eficacia del principio de presunción de inocencia y de culpabilidad, al estilo en que se hace con el derecho penal”.
El periodista Eduardo Huchim señaló que la legislación electoral es ambigua y con lagunas, problema que se agudiza si se toma en cuenta que la interpretación de la misma es inconsistente, lo que dificulta garantizar elecciones libres en el país
“Ningún sistema jurídico, ni aún si pudiéramos construir uno perfecto, podrá propiciar y preservar la realización de elecciones libres, auténticas y periódicas como prescribe la constitución, sino hay hombres y mujeres que desde la magistratura preserven, defiendan y hagan cumplir los principios constitucionales por encima de cualesquiera intereses, incluso los partidarios”.
La obra se divide en 3 capítulos y analiza en sus páginas el libro quinto del Código Electoral del Distrito Federal, en el que se establecen las sanciones por violar las disposiciones en esta materia.
José Luis Guerra García