Continúa estado de alerta por posibles atentados terroristas

A raíz del ataque terrorista en contra de uno de sus soldados, Gran Bretaña convocó al Grupo Cobra que es un organismo inter hemisférico para combatir actos terroristas.

Fuerza que examinará el poder de los grupos extremistas en el país.

La rápida respuesta del gobierno británico es una alerta que todos los países deben atender frente al terrorismo, afirmo la investigadora del Tecnológico de Monterrey, Iliana Rodríguez Santibáñez.

Manda una señal importante de que se va a prevenir y reprimir cualquier acto de carácter terrorista, esa es la razón de que Gran Bretaña actúa con inmediatez”.

Señaló que todos los países que colaboran con la OTAN en el combate y prevención al terrorismo están en un foco rojo de alerta.

“Los pone en un blanco superior a cualquier otra nación respecto de ser un objetivo del terrorismo
”.

Estados Unidos, Francia, Gran Bretaña e incluso España ya han sufrido atentados por parte de grupos extremistas.

Dijo que a pesar de blindar las fronteras para evitar ser blanco de ataques, se han observado eventos aislados como el ocurrido en el maratón de Boston en Estados Unidos.

“Es decir, el enemigo ya no proviene de afuera, el enemigo puede estar dentro de casa, que es lo que ocurrió en gran Bretaña, en gran Bretaña los dos terroristas a los que se les imputa la muerte del soldado británico eran ciudadanos nacionalizados británicos vueltos al islam y que en un acto radical de manifestación en contra de los actos en Afganistán matan a este soldado británico”

Recordó que en 2005 y en 2007 Gran Bretaña fue blanco de ataques terroristas.

El más grave, en 2005, cuatro bombardeos en diferentes puntos inhabilitaron las redes de transporte del Reino Unido.

Emmanuel Saldaña

En México la inversión pública en ciencia y tecnología es de 0.4 %

El Rector de la UNAM, José Narró, urgió a estrechar los lazos entre las universidades y las empresas en México para fortalecer la productividad en el país.

“Tenemos que hacer muchos más proyectos, acciones para mejorar la relación entre los sectores productivos, público y privado, no es nada más el privado, también el público, y las instituciones de educación superior”.

No es suficiente, destacó, con la formación de alumnos en doctorado, sino incorporarlos a las tareas productivas del país.

“Articulados el sector productivo, las empresas, el sector empresarial y las universidades vamos a encontrar formas de favorecer incluso la vida económica del país”.

La formación de los estudiantes universitarios, destacó, debe basarse en una actitud emprendedora, que les permitan crear espacios laborales.

Subrayó que se debe trabajar en la producción de patentes, ya que en México más del 95 por ciento de los registros de patentes los solicitan extranjeros.

Para hacer frente al atraso, dijo, es necesario combatir el rezago educativo, la baja cobertura de educación media superior y superior, así como la limitada inversión en ciencia, tecnología e innovación.

En México la inversión pública en ciencia y tecnología es de 0.4 por ciento.

Hay menos de tres investigadores por cada cien mil habitantes.

La cobertura de educación superior es de tan sólo el 33 por ciento.

Mario López Peña

Cátedra Interdisciplinaria de Reforma del Estado “Dr. Ricardo Lagos Escobar”

La universidad es el mejor lugar para responder a las interrogantes para crear un Estado moderno.

Estado capaz de atender las demandas de la sociedad y superar las carencias de los siglos pasados.

Así lo aseguró el ex presidente de Chile, Ricardo Lagos Escobar, en el marco de la instalación de la Cátedra Interdisciplinaria de Reforma de Estado que lleva su nombre.

Lo que se buscaba es que esta fuera un foro crítico y permanente de reflexión, estudio investigación y difusión relativo a la transformación y modernización del estado desde su perspectiva política como desde la económica, social y jurídica, es entonces un desafío mayor el que se propone en tanto que la inter disciplina es la única forma de poder abarcar todas las facetas que tiene el estado

El también Doctor Honoris causa de la UNAM, afirmó que el rol del Estado está cuestionado ante la ideología neoliberal que lo permeó en las últimas décadas del siglo pasado.

Planteó que hoy en día a través de la democracia, la ciudadanía tiene que exigir al dirigente político que cumpla lo que promete.

“El Estado es el instrumento por el cual el gobierno que eligen los ciudadanos está en condiciones de llevar a cabo lo que los ciudadanos mandatan”.

Dijo que se requiere de un Estado con capacidad de regular los mercados, sin abusos y sin corrupción para que los ciudadanos se sientan protegidos.

El Estado, explicó, debe preocuparse por las necesidades de las generaciones futuras y no por las próximas elecciones.

La nueva cátedra es parte del Programa de Posgrado en Derecho de la UNAM, en la Facultad de Estudios Superiores Acatlán.

Emmanuel Saldaña

Constitucionales, artículos 110, 112 y 113 de la Ley del ISR: Segunda Sala

La Segunda Sala de la Corte resolvió que los artículos 110, 112 y 113 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta no violan los principios de legalidad, proporcionalidad y equidad tributaria, al gravar la indemnización que se paga a un trabajador con motivo de la terminación de la relación laboral.

Al resolver un amparo, argumentaron que el objetivo del ISR, son los ingresos, por lo que las personas físicas y morales, deben cubrir este impuestos, respecto de todos sus ingresos sin importar la fuente.

Precisaron que la norma señala de manera precisa solo no se consideran ingresos, los rendimientos de bienes entregados en fideicomisos que se destinen exclusivamente a fines científicos, políticos o religiosos.

Esto implica que el legislador, incluyó como concepto gravable, la liquidación recibida por la conclusión de la relación laboral, misma que incrementa el patrimonio del beneficiario.

Por estos motivos no puede alegarse que estos ingresos están exentos del pago del ISR.

José Luis Guerra García

Primera Sala otorga amparo

La Primera Sala de la Corte otorgó un amparo a dos extranjeros condenados por delitos contra la salud y secuestro, debido a que no contaron con asistencia consular durante el proceso.

Situación que violó sus derechos al debido proceso y a una defensa adecuada, protegidos por la Constitución y el derecho internacional.

Los ministros consideraron que la asistencia consular es esencial, para asegurar la defensa adecuada de extranjeros privados de su libertad, con motivo de un proceso penal, debido a que desconocen el sistema judicial.

Indicaron que el artículo 36 de la Convención de Viena otorga en estos casos, el derecho a la información, libre comunicación, asistencia jurídica y visitas consulares.

En los dos casos, al violarse diversos derechos humanos, se revocaron las sentencias impuestas a los detenidos.

En el primer caso se le condenó por su probable responsabilidad en la Comisión de Delitos contra la Salud.

En tanto que en el segundo caso se le condenó a 30 años de prisión y multa, por el delito de secuestro.

José Luis Guerra García

Seminario sobre la Ley general de víctimas

La aplicación de la nueva Ley general de víctimas implican retos inéditos para los impartidores de justicia.

Durante el Seminario La justiciabilidad de los derechos de las víctimas un debate sobre la aplicación de la Ley general de víctimas se analizaron las obligaciones del Poder Judicial de la Federación en esta materia.

“Se cumple claramente con la obligación que tiene el Poder Judicial de la Federación de difundir la cultura de la legalidad”, Carlos Pérez Vázquez, Coordinador Derechos Humanos SCJN.

Los especialistas se pronunciaron por que esta ley no se quede en el discurso.

“Los Estados no se pueden hacer guajes frente a esta situación, el deber de debida diligencia es estricto, tiene que entrar a investigar y adoptar medidas de protección de la manera más inmediata”. Alma Beltrán, Información en Reproducción Asistida, GIRE.

Consideraron que la capacitación de los agentes del ministerio público y la policía de investigación debe ir mucho más allá de un curso sobre derechos humanos.

Sólo así, dijeron se logrará erradicar la revictimización.

Una niña en Veracruz me platicaba que la ministerio público le decía: oye por qué no estás llorando, por qué cuando me estás contando todo este suceso de agresión no lloras yo no te creo seguro querías bajarle el novio a tu mamá… Es complicado para las mujeres tocar la puerta a los Tribunales y que se encuentren con este tipo de respuestas”.

A decir de los juzgadores la Ley general de víctimas precisa los alcances de la reforma constitucional en esta materia.

“Con la reforma al 20 dice puedes presentar pruebas que acrediten el delito y que demuestren que esa persona es el responsable y consecuentemente para el efecto de que al final tengas la oportunidad de obtener una reparación ya sea económica o en cualquier otro sentido”, Manuel Román Franco, Magistrado.

Los jueces ahora tendrán más herramientas para determinar cómo se reparará el daño ocasionado por la violación de derechos humanos.

Verónica González

Apegadas a derecho disposiciones de Oaxaca y Guanajuato que protegen la vida desde la fecundación: SCJN

El Pleno de la Suprema Corte determinó que se apegan a derecho, las disposiciones constitucionales de los estados de Oaxaca y Guanajuato, que protegen la vida desde la fecundación.

En el caso de Oaxaca, el Municipio de Ixtaltepec impugnó la norma argumentando que violaba derechos humanos de las mujeres, además de invadir atribuciones propias de la autoridad municipal en materia de salud.

Por mayoría de 8 a 2, descartaron que la fracción sexta del artículo 12 de la Constitución de Oaxaca, violara la intimidad y el derecho a decidir sobre el número de hijos de las mujeres.

Respecto a este conjunto de violaciones que alega el municipio, el proyecto propone que estos conceptos de invalidez se declaren infundados, porque las violaciones a derechos humanos que en ellos se reclaman, no pueden combatirse a través de la figura de la controversia constitucional”, Fernando Franco, Ministro SCJN.

A mí me parece que éste no es un tema de conflictos absolutos, como es el derecho a la vida y el derecho de la mujer, sino más bien, es un tema estrictamente federalista”, Alfredo Gutiérrez, Ministro SCJN.

Sí es dable y no solo dable, sino necesario que se analicen los conceptos de invalidez, máxime cuando el tercer párrafo del artículo 1 de la constitución, ordena que todas las autoridades en el ámbito de su competencia, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos”, Arturo Zaldívar, Ministro SCJN.

El Pleno también descartó que se invadieran facultades del municipio en materia de planificación, anticoncepción y de combate a la violencia en contra de las mujeres.

La mera existencia de la norma constitucional local, no actualizaría concretamente una lesión real actual y directa al ámbito competencial municipal”, Sergio Valls, Ministro SCJN.

“En el propio código penal se establece que no es punible el aborto en determinados casos, fracción segunda, cuando el embarazo sea el resultado de una violación”, Margarita Luna, Ministra SCJN.

Quienes se pronunciaron por invalidar la norma, indicaron que las constituciones estatales, no pueden incluir un contenido declarativo de derechos.

Los derechos humanos son para todos y no solo para los que estén en determinado lugar de la república, son y deben ser universales y darles contenido diferente, además de ser contrario a nuestro sistema constitucional, propiciaría la injusticia, la desigualdad la discriminación”, Luis María Aguilar, Ministro SCJN.

El artículo 12, párrafo sexto de la constitución del estado de Oaxaca, configura un derechos a la vida que pensamos excede los máximos de protección previstos a nivel federal”, Juan Silva Meza, Ministro Presidente SCJN.

En el caso de Guanajuato, en donde el Municipio de Uriangato pedía invalidar el párrafo segundo del artículo primero de su Constitución, resolvió que dicha disposición que protege la vida desde la fecundación, no invadía atribuciones del Municipio en materia de salud.

José Luis Guerra García