Declaración patrimonial será pública solo si el funcionario lo autoriza: SCJN
26/07/2013 Deja un comentario
El Pleno de la Suprema Corte desecho un proyecto del Ministro José Ramón Cossío Díaz que proponía que las declaraciones patrimoniales de los funcionarios fueran públicas.
En consecuencia, declaraba la inconstitucionalidad del párrafo tercero del artículo 40 de la Ley federal de responsabilidades de los servidores públicos, que solo permite difundir esta información si lo autoriza el propietario de los datos.
‘En cuanto a si se requiere de la autorización del servidor público, para dar a conocer la información relativa a su situación patrimonial, es una limitante o no de carácter constitucional”.
Dos ministros apoyaban la propuesta, argumentando que ello permitía evitar actos de corrupción y transparentar el ejercicio de la función pública.
Los servidores públicos, todos, nos debemos a la sociedad, tenemos el deber de rendir cuentas, respecto del desempeño de nuestra función, sobre el destino y aprovechamiento de los recursos públicos. Juan Silva Meza, Ministro Presidente SCJN.
“Lo cierto es que atendiendo al propio objetivo de estas declaraciones, esto es conocer la evolución del patrimonio de los servidores públicos y en su caso detectar posible incrementos, aumentos sin causa justificada con el fin de prevenir y combatir la corrupción, por tanto pienso no puede limitarse de manera absoluta el acceso de los ciudadanos a esta información”, Sergio Valls, Ministro SCJN.
Ocho ministros se pronunciaron en contra, al considerar que se trataba de datos personales, que gozaban del principio de confidencialidad.
“Por eso, no comparto de inicio la premisa que sostiene el proyecto en esta parte, respecto a que por su interés general, algunos datos de los servidores públicos, que pudieran calificarse de privados, deben considerarse de información pública”, Luis María Aguilar, Ministro SCJN.
“Como información reservada podrá clasificarse aquella cuya difusión puedan, es un grado de posibilidad, poner en riesgo la vida, la seguridad o la salud de cualquier persona”, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Ministro SCJN.
“Y que la constitución está protegiendo de manera específica esos datos personales que solamente pueden ser difundida en la medida de que el titular del órgano así lo permita”, Margarita Luna Ramos, Ministra SCJN.
Dos de los ministros que votaron en contra, se pronunciaron por conceder el amparo, pero vía interpretación conforme de la norma impugnada.
“Consecuentemente si esto es inconstitucional, simplemente se tiene que apartar y que provocaría, que se tendría que otorgar sin autorización, toda la información de la declaración patrimonial, incluyendo, los datos personales”, Arturo Zaldívar, Ministro SCJN.
El proyecto fue desechado, por lo que el asunto fue returnado a otro ministro para que elabore una nueva propuesta con el criterio de la mayoría.
José Luis Guerra García