Derechos de los pueblos indígenas
04/10/2013 Deja un comentario
Humberto Sierra Porta, juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos aseguró que contemplar la consulta previa de forma absoluta no beneficia del todo a los pueblos indígenas.
Dentro del Curso de formación en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, destacó que una de las principales afectaciones puede ser a su identidad.
“La consulta previa, incluso aunque se entienda como un derecho de los indígenas que puede ser objeto de veto, eso no significa, no exonera la posibilidad de que pueda afectarse su identidad cultural”.
Otro aspecto negativo de la consulta previa, es la posible fragmentación de la soberanía nacional.
“Entender de manera extrema los derechos de los indígenas, la autonomía, la autodeterminación, la posibilidad de tomar decisiones incluso contra la voluntad del estado, del interés general, puede suponer un fraccionamiento del Estado muy serio”.
El reto para los estados en la región, dijo, es armonizar el desarrollo de los estados desde la perspectiva económica con la menor afectación de los derechos de los pueblos originarios.
El riesgo en ese esfuerzo, añadió, es que los estados se queden sin los beneficios para el desarrollo y que los indígenas sientan vulnerados sus derechos de forma definitiva.
A la fecha la Corte Interamericana ha emitido ocho sentencias que regulan los derechos de los pueblos indígenas.
Mario López Peña