Derecho de los niños a ser escuchados
17/10/2013 Deja un comentario
La edad no puede ser una limitante para ejercer el derecho de los niños y las niñas a ser oídos.
Es un derecho plenamente reconocido internacionalmente.
Implica el derecho a expresar sus opiniones en todos los asuntos que les afecten y que sean tomadas en consideración.
“Es un derecho que resulta plenamente aplicable en nuestro sistema jurídico y es un derecho que es vinculante de la autoridad de cualquier nivel en nuestro país”, Pedro León, Asesor Coord. Derechos Humanos SCJN.
Derecho que tiene que ser ejercido en el ámbito judicial, en casos donde están involucrados niñas y niños.
En el caso de divorcio de los padres, el discurso infantil puede ser manipulado por adultos.
El padre que denuncia habla mal del otro, actúa agresivamente hacia el otro y lo critica abiertamente.
Derivado de esta situación, los niños y niñas pueden presentar el síndrome de alienación parental.
“El hijo o hija se establece como aliado del progenitor denunciante, en el síndrome de alienación parental se llama sostén deliberado del progenitor denunciante”, Analía Castañer, Oficina de Defensoría de los Derechos de la Infancia.
Esto puede alterar la narrativa de los niños.
“Es primordial que en el régimen de visitas y la guarda o custodia sean escuchados los menores, los niños y niñas”, Fernando Hernández Piña, Magistrado.
Para una sentencia justa y apegada a derecho, se dijo, es necesario que los jueces tengan un enfoque interdisciplinario.
Este debate sobre el derecho de niñas y niños a ser oídos se realizó en el marco de la Semana Nacional de los Derechos de la Infancia del Poder Judicial de la Federación.
Emmanuel Saldaña