Hoy en la sesión del Pleno
21/10/2013 Deja un comentario
El Pleno de la Corte retomó el estudio de la controversia promovida por el Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, en contra del Congreso y Ejecutivo estatal.
Por la omisión de expedir la ley que regule los medios de control constitucional para resolver conflictos entre municipios y el Estado, y la validez de normas, contrarias a su Constitución.
El proyecto de la Ministra Sánchez Cordero, considera que sí existe dicha omisión, pues a la fecha no se ha emitido la mencionada ley.
“Se acredita plenamente la existencia de la omisión reclamada y por ende, esta omisión implica una violación directa al artículo 115 fracción segunda último párrafo, así como al artículo segundo transitorio publica en el diario oficial de la federación el 23 de diciembre de 1999”.
Sin embargo, los ministros Franco González Salas y Luna Ramos, afirmaron que se trataba de un asunto considerado cosa juzgada.
Pues en una controversia anterior, el Municipio actor, había impugnado la misma omisión y el Presidente de la Corte, ya había dado por cumplida la sentencia dictada en dicho caso.
“Consecuentemente creo que lo que operaría es este segundo párrafo y no la interposición de una segunda controversia”, Fernando Franco, Ministro SCJN.
“Entonces aquí estamos volviendo nuevamente a un acto omisivo, si quieren ustedes parcial, creo que así se le ha denominado por la mayoría, un acto omisivo parcial pero del mismo decreto que fue motivo de juzgamiento en la controversia constitucional 46 de 2002”, Margarita Luna, Ministra SCJN.
Sin embargo, para la mayoría de los ministros, se trata de un nuevo acto de omisión, que aún no ha sido subsanado por el Congreso de Nuevo León.
“Podría parecer que aquí ya hay una condición de cosa juzgada, sin embargo, sin embargo, creo que el peculiaridad para seguir discutiendo el proyecto de la Ministra Sánchez Cordero son estas vicisitudes procesales”, José Ramón Cossío, Ministro SCJN.
“Yo entendí que esta cuestión de cosa juzgada se había votado en la sesión anterior y se había dicho que no estaba determinada la cuestión de improcedencia de cosa juzgada porque se hubiera invocado en la contestación precisamente que no se había analizado”, Luis María Aguilar, Ministro SCJN.
“Yo desde mi perspectiva no advierto que estemos violando el principio de cosa juzgada, sino que ante una determinación que según el presidente de esta corte quedó cumplida la sentencia anterior, pues tiene expeditos sus derechos si está advirtiendo una nueva omisión”, Jorge Mario Pardo, MINISTRO SCJN.
“En tanto que sí hay una determinación constitucional, pero no está la ley reglamentaria, no nos dice cómo va a operar esto y me deja a mí sin tener las posibilidades”, Juan Silva Meza, Ministro Presidente SCJN.
El Pleno continuará con la discusión de esta controversia en su próxima sesión.
José Luis Guerra García