Pensión alimenticia en Morelos
02/06/2014 Deja un comentario
En Morelos, entró en vigor la reforma al Artículo 46 del Código Familiar que establece que los alimentos deberán proporcionarse a la posibilidad del que deba darlos y a la necesidad de quien debe recibirlos. En caso de fijarse mediante un porcentaje, se tomará en cuenta la totalidad de los ingresos del deudor, reduciendo las deducciones de Ley.