El Pleno de la Corte inició el estudio de una acción de inconstitucionalidad, promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en la que pide invalidar diversos artículos de la legislación penal de Nuevo León, por carecer de competencia el Congreso de esa entidad, para legislar en materia de delincuencia organizada, trata de personas y secuestro. (Acción de inconstitucionalidad 21/2013).
Dichas disposiciones prevén la posibilidad de imponer la prisión preventiva en ciertos delitos, restringir las comunicaciones del imputado o sentenciados y acreditar la personalidad de un testigo, solo mediante pruebas de ADN, medidas que se argumenta violan diversos derechos humanos.
El proyecto del Ministro Arturo Zaldívar, considera que solo debe decretarse la invalidez de las normas relacionadas con la trata de personas, pues en los casos de secuestro y algunos delitos de delincuencia organizada, se ha facultado al legislador local para definir la manera de investigar, procesar y sancionar estos delitos.
“Por tanto para el supuesto en que deban aplicarse sus códigos locales procesales se encuentran habilitadas para expedir, las correspondientes normas conforme a las cuales llevar a cabo dichas actividades, en consecuencia se considera infundado el concepto de invalidez, únicamente en este aspecto”, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Ministro SCJN.
Sentido que no compartieron algunos ministros, quienes consideraron que si bien se les otorga competencia para procesar ilícitos de delincuencia organizada, secuestro y trata de personas a las entidades, ello no implica que se les faculte para legislar en estas materias reservadas al Congreso de la Unión.
“Hay la posibilidad de que esos delitos, sean conocidos por autoridades locales en cuanto a su investigación, procesamiento y sanción, y aquí el punto fundamental que yo advierto es que esta disposición, como ya se ha dicho, no es una habilitación para que la autoridad legislativa local, legisle sobre el delito de delincuencia organizada”, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Ministro SCJN.
“Advierto que en realidad lo que se está regulando, quizá indirectamente, son supuestos de delincuencia organizada, que no es competencia estatal, lo que llevaría a invalidar las normas generales impugnadas en lo general, por lo que en esa medida mi posicionamiento inicial es en contra del proyecto”, Sergio Valls Hernández, Ministro SCJN.
“En la medida que debido a la propia naturaleza de las leyes de carácter federal, estas no pueden hacer un reparto competencial, ni aún, como ya lo dije de forma residual, que faculte a los estados de la federación de dictar normas generales, aún de carácter operativo procesal, respecto de una materia, reservada constitucionalmente a la federación”, Olga Sánchez Cordero, Ministra SCJN.
El Ministro Fernando Franco pidió postergar la resolución de este asunto, pues la Comisión Nacional de Derechos Humanos, solo impugna la Ley Estatal al considerarla inconstitucional, pero no la Ley Federal contra la delincuencia organizada, que otorga ciertas competencias a los estados para investigar, procesar y sancionar algunos de estos delitos.
“Y analicemos todas las aristas que tiene este tema, porque al final del día y esto es también lo que quiero subrayar los estados autorizados por el congreso, legislaron en la materia, consecuentemente creo que este es un tema que tenemos que contemplar, porque esto va a tener un efecto general para todos los que hayan legislado”.
Petición que concedió el Pleno.
José Luis Guerra García