Resoluciones de la Primera Sala de la SCJN
25/06/2014 Deja un comentario
La Primera Sala de la Corte declaró la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del Artículo 7 de la Constitución de Baja California, 143 y 144 del Código Civil de esa entidad. (Amparo en revisión 122/2014).
Disposiciones que definían al matrimonio como la unión de un hombre y una mujer, con el fin de perpetuar la especie, lo que excluye a las parejas del mismo sexo.
Lo que atenta contra la autodeterminación y libre desarrollo de las personas, además de violar el principio de igualdad.
Por ese motivo concedió el amparo a dos hombres, con el fin de que el Registro Civil de Mexicali, considere procedente su solicitud de matrimonio.
Los ministros también establecieron que el estudio ex oficio de constitucionalidad y convencionalidad que deben llevar a cabo la autoridad competente de una determinada norma, no es una cuestión subsidiaria. (Amparo en revisión 909/2013).
Se trata de una obligación que tiene como fin velar por los derechos humanos, y que esa vigilancia se traduzca en favorecer en todo momento a la persona con la protección más amplia, sin importar la fuente internacional o nacional de la norma.
Por ese motivo revocó la sentencia de un tribunal colegiado, que consideró que cuando un derecho humano está protegido por la constitución, no es necesario el estudio ex oficio.
Ello obliga al tribunal competente a emitir una nueva sentencia, tomando en cuenta el criterio de la Primera Sala. En este caso se trata de la posible violación a los derechos de una persona, sentenciado por el delito de portación de arma de fuego sin licencia.
José Luis Guerra García