Presentación del libro “Hacia una ley general de población”

La Ley general de población tiene 40 años de antigüedad, por lo que ante los cambios y retos actuales, es impostergable una nueva legislación en la materia, advirtieron académicos de la UNAM.

Fenómenos como la migración infantil, embarazo adolescente, trata de personas, envejecimiento de la población y falta de acceso a los servicios de salud, hacen necesaria una regulación vigente que ataque éstos problemas.

Durante la presentación del libro “Hacia una ley general de población”, realizado por 18 investigadores, el rector de la UNAM, José Narro dijo que no se pueden vulnerar los derechos de los más desprotegidos.

“La propuesta es muy contundente, a México le conviene tener una nueva Ley General de Población… Mientras sigamos teniendo jóvenes, niños, mujeres, ancianos, indígenas, trabajadores, campesinos que no tienen en la vida real cubiertos sus derechos fundamentales, no vamos a poder sentirnos tranquilos”.

El rector dijo que la Universidad colaborará con el Ejecutivo Federal y el Congreso para la elaboración de la Ley general de población.

La secretaria general del CONAPO, Patricia Chemor, destacó que ya hay un proyecto de iniciativa que contempla temas como los nuevos patrones de movilidad, estructura por edad de la población, sector rural, adolescente y grupos vulnerables, entre otros.

“Es claro que el siguiente paso es la transformación y fortalecimiento de la base jurídica y normativa de la política de población de nuestro país, para ello estamos trabajando en la actualización de la Ley general de población la cual si bien presentó avances significativos a lo largo de todos estos años en materia particularmente de reducción de la natalidad, también es cierto que ha perdido vigencia y aplicabilidad ante la nueva dinámica demográfica”.

El libro hace una serie de propuestas para una nueva ley en planeación demográfica, acceso a la salud, relación economía y demografía, migración, trabajadores temporales, proyecciones demográficas y tutela de los derechos humanos.

“Una serie de fenómenos poblacionales que nos llevan a pensar que se tienen que regular muchas actividades, una de ellas es también la distribución de la población, una de ellas es el uso de la tierra agrícola para el desarrollo de viviendas sociales”, Luz María Valdés, Co autora del libro.

Se estima que el crecimiento poblacional en México se ha reducido en los últimos años de 3 a 1.4 %.

En el país hay 120 millones de mexicanos, más los cientos de niños que no son registrados.

Martha Rodríguez

Políticas públicas para la movilidad en bicicleta en D.F.

Diariamente en la Ciudad de México se realizan 120 mil viajes en bicicleta.

Anualmente se registran 517 muertes de peatones y ciclistas a causa de accidentes automovilísticos.

La asociación Bicitekas presentó el documento “Del dicho al hecho: políticas públicas para construir una ciudad más humana”.

Reconoce los avances en la promoción y mejora de las condiciones para transportarse en bicicleta desde 2007.

“Reconocemos, disfrutamos también ver muchos más ciclistas en las calles, pero nos parece que falta concretar puntos clave para aumentar y hacer que la bici sea un transporte opcional para todo mundo”, Agustín Martínez, Presidente Bicitekas A.C.

Sin embargo, demanda al gobierno traducir los discursos a políticas públicas consistentes y presupuestos congruentes.

Actualmente existen en la ciudad 114 kilómetros de ciclo vías.

La mayor parte está concentrada en la zona centro.

“Andar en bici en la Ciudad de México no es tan inseguro, no es tan difícil y la verdad que a diferencia de otras ciudades pues es muy factible, es muy divertido, es económico y es saludable, tiene muchas ventajas”.

En el documento se hacen recomendaciones al gobierno capitalino.

Como etiquetar un mínimo de 120 millones de pesos para construir 40 kilómetros anuales de ciclo vías.

“Por más que se invierte en vialidades para los automóviles no va a resolver los problemas de tráfico y crea nuevos problemas o problemas que sentimos todos, como la contaminación del aire, la pérdida de tiempo, el estrés, los accidentes”, Arely Carreón, Coordinadora Políticas Públicas Bicitekas A.C.

Menos emisión de gases de efecto invernadero, bienestar físico para los usuarios y ahorro en transporte público y gasolina, son algunas de las atractivas ventajas de viajar en bicicleta.

Emmanuel Saldaña

América Latina, región más violenta del mundo

Si bien América Latina sólo posee el 14 % de la población internacional, es también la región más violenta del mundo.

Así lo reconoció Magda Coss, consultora en prevención de la violencia.

México, uno de los países con más altos índices delictivos.

“Es muy difícil para un país como México vivir a un lado, compartir la frontera con el país que es el principal importador, exportador, comerciante, tanto legal como ilegal de armas de fuego”.

Como parte de la idiosincrasia latinoamericana, destacó, la forma en cómo se resuelven los conflictos y de cómo se ejerce el poder con la violencia.

Dijo que uno de cada 50 jóvenes latinoamericanos mayores de 31 años muere de forma violenta.

Y que la violencia es tal, que consume entre el 13 y 15 % del Producto Interno Bruto de la región.

Para el caso de nuestro país indicó.

“Creo que tiene muchas dificultades México para el control de la frontera norte, pero también el control justamente de las transferencias legales que se hacen de armas”.

Para muestra, añadió que nueve de cada 10 víctimas de la violencia en América Latina, son hombres.

Oscar González

Prostitución y trata de personas en México

La problemática de la prostitución y trata de personas en México, es sumamente compleja, por lo que en el ámbito de la impartición de justicia federal debe ser perfectamente delimitada, aseguró la jueza de distrito, Paula María García Villegas.

“Si bien la prostitución siempre está tocando los límites donde hay trata de personas, prostitución infantil, droga, lo cierto es que hay que delimitarla muy claramente cuando se trata de un caso, es decir, ejercicio de este oficio por propio derecho y libremente, aún cuando las condiciones en la que se encuentran la mayoría de las y los sexo servidores en el Distrito Federal son condiciones muy complejas, están en una situación de vulnerabilidad extrema”.

Lamentó que estos fenómenos se sigan registrando en nuestro país, a pesar de los esfuerzos de las autoridades locales, estatales y federales.

“La mayoría también ejercen este oficio porque no tienen otra alternativa de vida, otras tantas porque ingresaron en el oficio siendo menores de edad, explotadas por los proxenetas, pero después ya no tienen otra alternativa de vida, ellas siguen en este oficio porque no tienen salida”.

Este tema fue abordado durante la conferencia Prostitución y trata de personas, organizado por la Asociación Mexicana de Juzgadoras, A.C. en la sede alterna de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al sur de la Ciudad de México.

En la conferencia también estuvo presente la fiscal especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas de la PGR, Nelly Montealegre Díaz.

“Encontramos un incremento en el número de víctimas, seguramente es porque más gente, más personas conocen hoy día que ese es un delito, no es porque haya más trata de personas; se conoce más y también se conocen más los canales de denuncias”.

“Recibimos alrededor de 20 denuncias al mes, pero principalmente la mayoría de ellas son anónimas, son principalmente casos que nos reporta la ciudadanía”.

Puntualizó que cada día se fortalece el trabajo que realiza la PGR con el Poder Judicial de la Federación, para atender a la sociedad en este tipo de delitos.

Miguel Nila

Derechos de la infancia en la impartición de justicia

Con el análisis del Protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren niñas, niños y adolescentes” el Instituto de la Judicatura Federal da inicio a una serie de cursos para juzgadores federales y su personal de apoyo para que tengan mejores herramientas al resolver casos en que estén involucrados menores de edad.

Así lo anunció el magistrado Julio César Vázquez Mellado, director general de dicho Instituto, al inaugurar el curso: “Derechos de la infancia en la impartición de justicia: análisis del protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren niñas, niños y adolescentes”.

“Será la herramienta que la Suprema Corte de Justicia de la Nación pone en manos de nuestros jueces y magistrados federales para que podamos bajar a los casos concretos aquellos derechos fundamentales de los niños, de las niñas y de los adolescentes que les son reconocidos de manera significativa por la Constitución y por la ley”.

Recordó que en febrero pasado la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió la segunda edición del Protocolo, que incluye en sus apartados los convenios internacionales en la materia de los que el estado mexicano es parte.

la primera de siete clases en que consiste el curso, que vía teleconferencia se imparte en 43 sedes del Consejo de la Judicatura Federal, fue: “Los niños, niñas y adolescentes como sujetos plenos de derechos”, a cargo de Paula Ramírez-España, del Fondo de las naciones Unidas para la Infancia, UNICEF.

La especialista comentó que los derechos para los menores de edad son los últimos en llegar.

“Se empieza a reconocer los derechos de la mujer, los derechos de los pueblos indígenas, por ejemplo, pero a los niños, a las niñas, a los adolescentes es a los últimos que les llega este reconocimiento como sujetos de reconocimiento de derechos”.

“Se entiende por niño todo ser humano menor de 18 años de edad, salvo que en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad”, establece la UNICEF en el artículo 1 de la Convención sobre los Derechos del Niño.

Heriberto Ochoa

Interés superior del menor infractor

El sistema de justicia para adolescentes se finca en los principios de reeducar y lograr la reinserción social del menor infractor.

Lo anterior se puso de manifiesto durante el diplomado sobre dicho sistema que realiza el Instituto de la Judicatura de Federal.

Se destacó que lo esencial del sistema, es que el menor comprenda el sentido de la norma y las consecuencias que puede tener, la violación al marco jurídico.

“Por eso los operadores deben tener ese aspecto pedagógico, digo, no para jugar a la escuelita, pero si para hablarle en términos tan comprensibles al niño o al adolescente, que entienda porqué tiene que respetar la norma y qué ocurre en caso que incumpla esa norma”, Patricia Orea Ochoa, Magistrada Justicia para Adolescentes D. F.

Sistema que privilegia el interés superior del menor infractor, la reparación del daño, pero sobre todo busca evitar conductas indebidas.

“Si nosotros buscamos fines reeducar, reinsertar, justicia, motivar, fortalecimiento de la seguridad colectiva, como podemos lograr estos fines, estos fines solo pueden lograrse en el tiempo de las sanciones que den un sentido específico”.

Por eso las medidas que sancionan a los adolescentes infractores restringen derechos y solo en casos extremos de delitos graves, impone como pena la privación de la libertad.

“Las medidas son privaciones de derechos y restricciones de derechos y como tales deberíamos de llamar, como se llaman son penas”.

Por eso el juez en estos casos deberá imponer penas acordes a las condiciones en que se comete el delito, a su gravedad y deberá tomar en cuenta la situación psicosocial del menor infractor, sanción que incluso podrían revocarse, si se estima que se ha logrado la readaptación social.

José Luis Guerra García

Técnicas avanzadas de contrainterrogatorio

Para tener éxito en el sistema penal acusatorio, particularmente en los juicios orales, los abogados deben dominar el contrainterrogatorio y las objeciones.

Así lo señaló el experto en sistema penal acusatorio, Frank Osorio, al impartir la conferencia “Técnicas avanzadas de contrainterrogatorio”.

“Si dominas contrainterrogatorio y objeciones te puedes convertir en el mejor abogado de México”.

Ante estudiantes del Instituto Nacional de Ciencias Penales, señaló que el objetivo del contrainterrogatorio en el juicio oral es desacreditar al testigo de la parte contraria.

Explicó que mientras que en el interrogatorio directo se deben utilizar preguntas abiertas, en el contrainterrogatorio es preferible realizar preguntas sugestivas.

“Las preguntas que se pueden realizar en el contrainterrogatorio son: cualquier tipo de preguntas, esta es otra característica, sin embargo, los expertos sugieren que en contrainterrogatorio se realicen al 99 por ciento preguntas sugestivas… ¿Cuáles son las sugestivas señores? Exactamente, aquellas que sugieren la respuesta”.

En el Instituto Nacional de Ciencias Penales el abogado penalista practicó con los asistentes la forma de hacer preguntas sugestivas en el contrainterrogatorio.

“Verdad que usted se llama Frank Osorio? Sí ¿Verdad que tiene 32 años? Sí señor ¿Verdad que el domingo cumple 33? Eso espero… ¿Verdad también que usted toma los regalos que el juez le hace? Usted no los tomaría? Conteste por favor. Las preguntas las hago yo”.

Aclaró que si el abogado no tiene una preparación adecuada, no debe utilizar preguntas abiertas en el contrainterrogatorio porque el testigo las puede aprovechar para justificar sus mentiras.

Juan Carlos González

Ley general del equilibrio ecológico y la protección al ambiente

Juzgadores y funcionarios judiciales continúan su capacitación para fortalecer la protección del derecho a un medio ambiente sano.

Dentro del Seminario de Derecho Ambiental abordaron la regulación para materiales peligrosos en México.

Los elementos normativos parten de dos instrumentos internacionales, así como de la Ley general del equilibrio ecológico, el reglamento de la Ley general de salud y las normas oficiales mexicanas.

Para determinar actividades altamente riesgosas existen dos listados vigentes desde 1997 sobre sustancias y sus concentraciones.

“Una sustancia en la concentración que diga estos listados empleada en un proceso productivo hace a una actividad altamente riesgosa”, María del Consuelo Juárez, Dir. Legislación y Consulta SEMARNAT.

Reflexionaron sobre los retos del transporte transfronterizo de estos químicos.

“Por cuestiones de seguridad nacional pero también de un riesgo ambiental muy grande en el transporte de estas sustancias su liberación al ambiente, por ejemplo, algo que es altamente corrosivo si se infiltra en el suelo tiene altas repercusiones en los mantos acuíferos”.

Analizaron los artículos 150 y 151 de la Ley general del equilibrio ecológico y la protección al ambiente.

Dichos artículos establecen que la regulación del manejo de materiales y residuos peligrosos contempla su uso, recolección, almacenamiento, transporte, reuso, reciclaje, tratamiento y disposición final.

Y la responsabilidad del manejo y disposición final de los mismos corresponde a quien los genera.

Mario López Peña

La Segunda Sala amparó a un indígena hñahñu

La Segunda Sala de la Corte concedió un amparo a César Cruz Benítez, gobernador tradicional hñahñu de la comunidad indígena de San Ildefonso, Hidalgo.

La protección de la justicia se le otorga, para que el juez que conoció de su caso, reponga el procedimiento, con el fin de que incluya en el expediente, la petición que hizo a nombre de su comunidad y se dé respuesta a la misma en su lengua originaria.

Ya que solo de esa manera se podrá saber si se atendió el fondo de su petición.

En la resolución se explica que para que se colme su derecho de acceso a la justicia, deberá ser asistido por un intérprete y defensor, que conozca su lengua y cultura.

“Yo estoy a favor del proyecto, con todas las razones por las que se está reponiendo el procedimiento la primera de ellas para mandar a requerir un documento y estar en posibilidades de determinar si el derecho de petición, al que hacen alusión es o no correcto, y es o no acorde la contestación y por otro lado, también se está ordenando que para tener una justicia completa e integral, entonces el procedimiento debe continuar con las acciones encaminadas a designar a un perito para traducir al español los escritos presentados por el quejoso y al hñahñu las actuaciones judiciales a fin de que aquel esté en condiciones de hacer derechos en este juicio”, Margarita Luna Ramos, Ministra SCJN.

“Yo también estoy de acuerdo con el proyecto, difiero de la opinión del señor ministro Franco, pienso que el efecto se comprime a la resolución, que es suficientemente amplio, y no solo con lo que dijo la señora ministra, sino también en relación con la cuestión de que deban de estar asistidos por intérprete y asesoría en su idioma”, Luis María Aguilar, Ministro Presidente Segunda Sala.

En contra del proyecto se pronunció el Ministro Fernando Franco González Salas.

“Yo voy a votar en contra, y no porque no esté de acuerdo con una enorme mayoría de las consideraciones que contiene, sino porque en el resolutivo se están dando efectos con los que yo no estoy de acuerdo, porque yo considero que el efecto debe ser mucho más amplio”.

Cruz Benítez promovió el amparo en 2012, cuando fue detenido en un retén de la policía en Hidalgo, quienes no le informaron sus derechos y tampoco le explicaron el motivo de su detención, lo que argumentó, violó sus derechos humanos.

En su demanda pidió que se reconozca el derecho de las personas indígenas a ser notificadas y procesadas en su lengua materna.

José Luis Guerra García

La Primera Sala reasumió su competencia en torno a un asunto sobre el derecho al agua

La Primera Sala de la Corte reasumió su competencia para conocer de una inconformidad, que tiene que ver con el derecho de las personas de acceso y disfrute al agua.

El asunto reúne los requisitos de interés y trascendencia necesarios, para que el Pleno de la Primera Sala conozca del asunto.

En este caso se reclama una decisión de un juez de distrito, que dio por cumplida la sentencia de un tribunal colegiado, que vinculó a diversas autoridades para adoptar las medidas y trámites necesarios para que la quejosa pudiera gozar y ejercer este derecho, al notificarse que ya se había instalado una toma de agua en el domicilio de quien promovió el amparo correspondiente.

Determinación que es cuestionada por la beneficiaria, pues considera que no se cumple con el alcance de la sentencia del tribunal colegiado, que dispuso que el alcance del derecho al agua, se ve satisfecho cuando esta es suficiente, aceptable y asequible, tanto para consumo personal, como doméstico.

Lo que no se satisface con la simple instalación de la toma correspondiente. La Primera Sala habrá de determinar si la sentencia de amparo se cumplió en los términos que ordenó el tribunal competente.

José Luis Guerra García