El Pleno de la Corte resolvió por mayoría de cinco a cuatro, que es válida la fracción segunda del Artículo 69 de la Constitución de Durango, que establece como requisito para ser diputado local, saber leer y escribir.
Descartaron que la medida sea discriminatoria, requisito que consideraron razonable y proporcional, para poder desempeñar esta alta responsabilidad.
“Me parece que la exigencia, la simple exigencia de saber leer y escribir no es un requisito que no cumpla con los estándares que ha fijado la propia Corte mexicana y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, creo que es un requisito razonable, insisto, en términos de la ponderación que se va a ejercer”, Fernando Franco González Salas, Ministro SCJN.
“Y a mí me parece que siendo una restricción razonable, constituye una herramienta indispensable para el ejercicio de la función que se pretende ocupar, en este caso diputado de un congreso local”, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Ministro SCJN.
“Hay una posición inicial del propio proyecto, que encuentra, luego de analizar la legislación constitucional y la convencional, la posibilidad de establecer una condición para acceder a este tipo de cargo”, Alberto Pérez Dayán, Ministro SCJN
“Yo lo que quiero dejar claro a la hora que dé mí voto, es que yo no puedo considerar, ni puedo aceptar que este tipo de requisitos constituyan una discriminación para nadie”, Luis María Aguilar Morales, Ministro SCJN.
Quienes se pronunciaron en contra, sostuvieron que la medida era discriminatoria y atentaba contra el derecho humano a votar y ser votado.
“En principio aquí se está participando de calificar como una restricción discriminatoria, en función de que vulnera definitivamente lo previsto en el primero constitucional, al considerarlo precisamente, en un sector de la población que en atención a su condición social debe ser excluido de esa posibilidad de ser votado”, Juan Silva Meza, Ministro Presidente SCJN.
“Yo lo que observo es que estamos ponderando función contra derechos… De verdad con saber leer y escribir los diputados o los senadores o cualquier representante pueden entender dictámenes, pueden entender la ley de telecomunicaciones”, José Ramón Cossío Díaz, Ministro SCJN.
“En contra por ser un precepto discriminatorio y anuncio voto particular”, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Ministro SCJN.
El Pleno también validó las reformas a diversos artículos de la Constitución de Durango, que reducen de 30 a 25, el número de integrantes del Congreso local y la obligación de devolver los bienes adquiridos con recursos públicos, a los partidos que pierdan el registro.
Concluida la discusión de este asunto, se declaró formalmente clausurado el primer periodo ordinario de 2014.
“Con esta votación hemos concluido con lo programado para las sesiones públicas del primer periodo legal de sesiones”, Juan Silva Meza, Ministro Presidente SCJN.
Se convocó a la sesión de apertura del Segundo Periodo Ordinario de Sesiones de 2014, el próximo 1 de agosto del presente año.
José Luis Guerra García.