Comprobantes fiscales digitales

Para poder hacer deducciones en el régimen de tributación mexicano es necesario contar con un documento fiscal.

Este comprobante existe porque en México no hay un sistema de bancarización incluyente que permita al gobierno acceder a los datos de ingresos y egresos de los ciudadanos.

Actualmente el Código Fiscal establece que la facturación debe ser electrónica.

Todos los contribuyentes que perciban ingresos o efectúen retenciones están obligados a emitir el llamado comprobante fiscal digital a través de internet o CFDI.

“Por una sencilla razón, la autoridad necesita tener la información con mayor calidad y con mayor velocidad… En el mundo electrónico, la información está inmediatamente donde la necesita el usuario”, Javier Vega Flores, Presidente AMEXIPAC.

Los comprobantes fiscales digitales ofrecen las ventajas de inmediatez y seguridad.

“Y esa calidad de certificación la hacemos a través de un timbre fiscal, es un timbre electrónico, qué es un timbre electrónico, básicamente es el equivalente a poner un sello digital a cada documento para validar que ya cumplió con los requisitos que establece la autoridad”.

Éstos comprobantes se realizan en el lenguaje “XML” que contiene la información de la facturación, y es prácticamente inviolable.

Los comprobantes impresos o en archivo PDF sólo sirven como constancia pero no son oficiales ante la autoridad tributaria.

Emmanuel Saldaña

55.5 % de las empresas mexicanas invierten un millón de pesos al año en relaciones públicas

Las relaciones públicas en México dejaron una derrama económica de 5 mil 300 millones de pesos en 2013.

Cifra 26 % superior a la registrada en el 2012.

De acuerdo con la Asociación Mexicana de Profesionales de Relaciones Públicas, en México existen 180 empresas debidamente constituidas en el sector.

“Esto nos indica que la industria de las relaciones públicas va en crecimiento, hemos tenido crecimientos del 20 por ciento años tras año”, Olga Oro, Presidenta PRORP.

Revelaron que 55.5 % de las empresas mexicanas invierten un millón de pesos anuales en relaciones públicas.

El personal empleado en el sector es de 7 mil en agencias y 8 mil 500 en empresas que tienen un área dedicada a las relaciones públicas.

Del personal que labora en el sector, 60 % son mujeres.

La actividad principal del relacionista público es el desarrollo de estrategias de comunicación.

“Es trabajar con la empresa para definir cuál es la mejor estrategia, cómo comunicarlo, cuáles son los mensajes claves que da, y estamos en la cabeza en la planeación”.

Emmanuel Saldaña

Investigación humanística en la UNAM

Dos de los más notables académicos mexicanos reflexionaron sobre el desarrollo de la investigación humanística y social en la UNAM.

El jurista Héctor Fix-Zamudio y el historiador Miguel León Portilla, hicieron un recorrido histórico por los senderos de la investigación universitaria.

En conmemoración de los 60 años de actividades académicas en Ciudad Universitaria, Héctor Fix Zamudio destacó la contribución de los catedráticos españoles exiliados para fortalecer los estudios especializados en la UNAM.

“Sí la investigación se desarrolló y tuvo un crecimiento realmente muy importante”.

Fue en el Instituto de Derecho Comparado, ahora Instituto de Investigaciones Jurídicas, desde donde Fix Zamudio desarrolló sus estudios, fundamentales para la ciencia jurídica a nivel mundial, en materia de derecho procesal constitucional.

Miguel León Portilla, uno de los historiadores e investigadores más serios de la Época Prehispánica a nivel internacional, lamentó los momentos de crisis para Ciudad Universitaria, como la huelga de 1999.

“Aunque de repente parece que la hidra vuelve a sacar una cabeza, nuestra Universidad tiene gran prestigio actualmente en el mundo, tiene una sede maravillosa y aparte es patrimonio cultural de la humanidad”.

Sin embargo, subrayó, la Universidad es más fuerte que nunca.

Mario López Peña

México y Rusia, culturas y sistemas jurídicos comparados

En medio de la crisis política que vive Rusia, investigadores de ese país presentaron en México el libro “México-Rusia, culturas y sistemas jurídicos comparados”.

Con el propósito de entender la realidad actual de ese país, su identidad cultural, su modelo económico y su estructura jurídica en relación con México y países de América Latina.

“En el aspecto jurídico, sistemas jurídicos, nosotros nos parecemos bastante porque somos la base del derecho romano, nuestros institutos se parecen mucho, pero a veces los contenidos más profundos son muy distintos”, Nicolas Mironov, Institute of Priority Regional Projects de Rusia.

A la presentación de la obra asistió la directora de la Facultad de la UNAM y el Director del Instituto de Investigaciones Jurídicas.

“En el campo del derecho parece que tenemos mayores dificultades que en otras disciplinas para tomar conocimiento de las transformaciones jurídicas en otras latitudes quizá a eso se deba que los ordenamientos jurídicos sigan estando estrechamente identificados con los estados nacionales”, Héctor Fix Fierro, Director Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM.

México y Rusia mantienen un intercambio comercial activo en sectores como el automotriz, energético e incluso militar.

“La cooperación entre Rusia y México en la esfera técnico militar, ha tenido una tendencia sólida, la tecnología militar de Rusia que forma parte del armamento de México, ha demostrado su confiabilidad, su altas características técnico tácticas, ha confirmado su competitividad en comparación con los análogos extranjeros en el mercado local, sin duda alguna el futuro de las relaciones México y Rusia en todo un abanico de sectores es seguro y prometedor”, Eduard Rubénovich Malayán, Embajador de la Federación de Rusia en México.

La idea de relacionar la actividad jurídica entre Rusia y México, se extenderá a otras naciones de la región como Brasil.

En la edición participaron once investigadores mexicanos.

Martha Rodriguez

Sociología del derecho

Investigadores de la UNAM reflexionaron sobre los aportes de los abogados en la formación del Estado en México.

En un repaso histórico reconocieron que no ha pasado mucho tiempo de un periodo de nacionalismo jurídico.

Es decir, el estar conformes con la Constitución y las normas mexicanas y pensar que era suficiente para cubrir las necesidades legales en el país.

“México, por ejemplo, se tardó en ratificar los pactos de Naciones Unidas en materia de derechos humanos, con el argumento de que nuestras garantías individuales en la Constitución eran muy buenas, no había una necesidad de adherirse a esos pactos, finalmente se hizo, pero se hizo con bastante… México ratificó en 81”, Héctor Fix-Fierro, Dir. IIJ UNAM.

Fue la crisis de legitimidad, destacó el director del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, lo que derivó en la postura reformista y la apertura de los abogados al derecho comparado.

Para este propósito fueron fundamentales los estudios sobre defensores de derechos, la jurisdicción constitucional y electoral, la carrera judicial, entre otros.

Francisco Ibarra, investigador del Instituto, cuestionó si fue la crisis de legitimidad lo que provocó los cambios jurídicos.

“Nos hemos olvidado de la historia reciente de los juristas… Esta abrumadora legitimidad económica que tenemos del 85 a la fecha, es decir, desde que estalla la crisis y luego viene Carlos Salinas y luego viene el Fobaproa, creo que merma el desarrollo de los estudios jurídicos”.

Es la hegemonía económica, dijo, la que ha determinado la transformación jurídica en el país.

Mario López Peña

El gobierno municipal en la era global

El libro El gobierno municipal en la era global además de hacernos pensar en lo global y actuar en lo local, lleva a reflexionar sobre los problemas ambientales que afectan al territorio nacional, advirtió el magistrado Felipe Fuentes Barrera.

Otro aspecto que resaltó el juzgador, durante la presentación del libro en el Auditorio del edificio Las Flores, fue la falta de conocimiento del gasto público.

“La problemáticas de las finanzas municipales, y es que tenemos municipios con grandes carencias de recursos económicos, con bajo perfil recaudatorio, con grandes carencia de servicios y de obra pública y en muchos casos, irresponsablemente sobreendudados”.

El magistrado Neófito López Ramos alertó sobre la falta de políticas públicas en los 2 mil 428 municipios que hay en el país, sobre todo por ser la primera instancia gubernamental con la que se relaciona el ciudadano.

Los políticos, dijo, se preocupan más por atraer inversión, pero no por cuidar el ambiente.

“Nos sentimos afortunados de pensar que vamos a poder extraer más rápido nuestros recursos naturales, y eso es lo que va a ocurrir. Vamos a extraer más rápido esos recursos y extraerlos más rápido significa que vamos a consumirlos más rápido”.

Benjamín Revuelta Vaquero, uno de los autores del libro, comentó algunos de los problemas a los se enfrentan cotidianamente los alcaldes.

Ejemplificó con el caso del tratamiento del agua en Michoacán, donde solo cinco de los 113 que lo conforman atienden al problema.

“Morelia sí trata el agua: palomita. Pero quienes hayan ido a Morelia o vayan a Morelia o cualquier otra ciudad, bueno, pasa un río por en medio de la ciudad que recibe cerca de 40 descargas, y sí lo trata pero a la salida de la ciudad. Entonces todos esos kilómetros de contaminación son dramáticos y lo mismo pasa en muchas ciudades”.

Rafael Coello Cetina, secretario General de Acuerdos del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, refirió que los autores exponen la preocupación de los munícipes, en el sentido de que si bien las reformas constitucionales y leyes generales, cuando esto no se refleja en los recursos económicos que les otorgan para que cumplan las nuevas disposiciones legales.

Heriberto Ochoa

Simulacro de juicios orales

Un simulacro de juicio oral que se llevó a cabo en el Sexto Foro Nacional sobre Seguridad y Justicia.

Los juicios orales cuentan con la actuación pública de las partes involucradas e intervención directa y constante del juez.

Así, abogados y jueces especialistas en el sistema oral y adversarial, realizaron una simulación de un juicio en el que se imputó a una persona el delito de secuestro.

En un lapso de una hora los actores de este juicio realizaron una audiencia de control de detención, otra más de vinculación a proceso, así como una audiencia oral en la que se revisaron las pruebas del caso.

Al final declararon culpable al imputado.

El ejercicio sirvió como base de análisis de los alcances del nuevo Código Nacional de Procedimientos Penales.

Un instrumento normativo que entrará en vigor en todo el país en 2016, y que establece las bases y reglamentos para la implementación del sistema penal de corte adversarial.

Oscar González

La Segunda Sala resolvió una contradicción de tesis en materia de procedencia del embargo del salario

La Segunda Sala de la Corte determinó por mayoría de votos que sí es posible que una autoridad jurisdiccional ordene el embargo sobre el excedente del monto del salario mínimo para asegurar el cumplimiento de obligaciones civiles y mercantiles contraídas por el trabajador. (Contradicción de tesis 4233/2013).

Precisando que dicha medida sólo será procederá respecto del 30 % del excedente del salario mínimo del trabajador.

En caso excepcional, el embargo podría decretarse sobre la totalidad del excedente, tratándose del pago de pensiones alimenticias, tomando en cuenta que el legislador ha establecido que el salario tiene como finalidad satisfacer las necesidades de la familia.

Aclararon que en el caso de que el salario del trabajador ya hubiera sido embargado parcialmente por una pensión alimenticia, el embargo del 30 % sobre el excedente del salario, se aplicará a la parte que no se haya visto afectada por dicha pensión.

Esta disposición tiene como fin garantizar el mínimo vital de subsistencia al trabajador que se vea afectado por una medida de embargo de su salario.

José Luis Guerra García

La Primera Sala de la Corte resolverá un asunto sobre mala práctica médica en Veracruz

La Primera Sala de la Corte ejerció su facultad de atracción, cuyo origen es la mala práctica médica, que según los padres de un menor, le originó la pérdida de uno de sus brazos. (Facultad de atracción 15/2014)

El hecho se registró en el Hospital Civil de Xalapa, Veracruz y permitirá definir los alcances del juicio de amparo al decretarse las reparaciones necesarias ante violaciones de derechos humanos.

El menor sufrió una caída y fue trasladado a ese hospital para su atención, pero el inadecuado tratamiento le propició que sufriera una infección, misma que le produjo la pérdida de uno de sus brazos.

En diversas instancias se reconoció una violación al derecho humano a la salud, se ordenó la reparación del daño a la víctima y se vinculó a diversas autoridades para subsanar las deficiencias que registra el hospital, para evitar nuevos casos de este tipo.

El asunto permitirá definir los alcances del juicio de amparo a la luz del nuevo artículo uno constitucional.

Si los jueces constitucionales pueden ordenar la reparación del daño y determinar medidas restitutivas, de rehabilitación y no repetición, como lo hace la corte interamericana de derechos humanos.

Si también pueden determinar medidas que resuelvan problemas estructurales en beneficio de la sociedad y que vinculen a diversas autoridades, que no fueron señaladas como responsables.

José Luis Guerra García

El Pleno resolvió una acción de inconstitucionalidad en materia de arraigo

El Pleno de la Suprema Corte determinó que los congresos locales no tienen facultades para legislar en materia de arraigo. (A/inconstitucionalidad 29/2012).

Figura que solo aplica en casos de delincuencia organizada, materia en la que solo puede legislar el Congreso de la Unión.

Por ese motivo, declararon la inconstitucionalidad de la fracción II del Artículo 291 de la legislación penal del Estado de Aguascalientes, que preveía el arraigo en delitos graves.

“Con la entrada en vigor de la reforma de 2009, la Ley federal contra delincuencia organizada, la cual otorga competencias exclusivas a la federación en materia de arraigo, las entidades federativas, sus leyes y ministerios públicos, no están facultadas desde entonces para prever, legislar, ni implementar la figura del arraigo”, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Ministro SCJN.

“En esencia convengo con la propuesta del proyecto, por la declaratoria de invalidez y así votaré”, Juan Silva Meza, Ministro Presidente SCJN.

Los ministros que votaron en contra afirmaron que el Artículo décimo primero transitorio de la reforma constitucional penal de 2008, si facultaba a los congresos locales para legislar en materia de arraigo, en tanto no esté vigente el nuevo sistema penal acusatorio.

“En mi opinión al margen de conveniencias o inconveniencias, creo que la lectura que debe hacerse del marco constitucional en su conjunto, es que a las entidades federativas dentro de este tiempo tránsito, que ya es relativamente muy corto, podía legislar en materia de arraigo por delitos graves”, Fernando Franco González Salas, Ministro SCJN.

El proyecto del Ministro Alberto Pérez Dayán, sugiere que los efectos de esta sentencia, obliguen a reponer todos los procesos en los que se aplicó la norma que fue declarada inconstitucional.

José Luis Guerra García