Copropietarios podrán acudir a juicios de extinción de dominio a defender sus derechos: Primera Sala
06/11/2014 Deja un comentario
La Primera Sala estableció que en los juicios de extinción de dominio, en los que los bienes cuyo dominio se pretende extinguir, sean de propiedad conyugal, deberán ser llamados a juicio para defender sus derechos tanto el copropietario, como el cónyuge.
Pues de acuerdo a la carga probatoria, el cónyuge puede ser considerado tercero afectado de buena fe, que busca salvaguardar sus derechos de propiedad.
Los ministros determinaron que el Gobierno del Distrito Federal, si está legitimado para intentar la acción de extinción de dominio, conforme a lo dispuesto en la constitución federal y en el Artículo cuarto de la ley en la materia.
El hecho de que los bienes que se declaren extintos, pasarán a favor del Gobierno de la Ciudad, es lo que le da esa legitimidad.
Reiteraron que en este tipo de casos lo más importante es el hecho ilícito.
José Luis Guerra García