Reforman Art. 110 del Código Municipal de Chihuahua
06/11/2014 Deja un comentario
Se reformó el Artículo 110 del Código Municipal de Chihuahua, que establece que los bienes destinados a oficinas de gobierno, requieren para su enajenación, la desafectación del régimen de dominio público decretada por el Congreso. En los últimos 6 meses de la administración no podrán desafectarse los bienes del municipio.